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GRAMÁTICAS DEL DERECHO EN TENSIÓN: LAS DISPUTAS POR LA EDUCACIÓN PÚBLICA EN BRASIL

RESUMEN

La juridificación reactiva en Brasil tiene como uno de sus principales ejes desarmar la idea de educación pública, gratuita, laica y de calidad social como un derecho universal e indisponible. El origen de esta juridificación radica en la consolidación del activismo (neo)conservador en América Latina, una reacción de carácter transnacional que articula actores religiosos y políticos en oposición a los avances legales obtenidos por los movimientos feministas, LGBTQI y antirracistas. El artículo analiza esta juridificación a través del considerar al derecho como una arena de disputas legales y simbólicas y como una estrategia conservadora para desmantelar diversos derechos vinculados a la educación.

Palabras-clave
Neoconservadurismo; Derecho a la educación; Derechos sexuales y reproductivos; Plan Nacional de Educación (PNE); Programa Nacional del Libro Didáctico (PNLD)

RESUMO

A juridificação reativa é o eixo mais profundo de desconstrução da ideia de educação pública, gratuita, laica e de qualidade social como um direito universal e indisponível. Sua origem é a restauração (neo)conservadora na América Latina, uma reação transnacional que articula o ativismo cristão com atores políticos não religiosos em oposição aos avanços legais igualitários alcançados pelos movimentos feministas, LGBTQI+ e antirracistas. O artigo conceitua esse processo como uma arena de disputas jurídicas e simbólicas e como uma estratégia de coesão de diferentes movimentos conservadores que têm nos fundamentos do direito à educação um campo de ação privilegiado, como mostram os casos de juridificação analisados no Brasil.

Palavras-chave
Neoconservadorismo; Direito à educação; Direitos sexuais e reprodutivos; Plano Nacional de Educação; Programa Nacional do Livro Didático

ABSTRACT

Reactive juridification is the deepest axis of deconstruction of the idea of public, free, secular and social quality education as a universal and unavailable right. Its origin is the (neo)conservative restoration in Latin America, a transnational reaction that articulates Christian activism with non-religious political actors in opposition to the egalitarian legal advances achieved by feminist, LGBTQI and anti-racist movements. The article conceptualises this process as an arena of legal and symbolic disputes and as a cohesion strategy of different neoconservative movements that have in the foundations of the right to education a privileged field of action, as shown by the cases of juridification analysed in Brazil.

Keywords
Neoconservatism; Right to Education; Sexual and Reproductive Rights; National Education Plan; National Textbook Program

Introducción

Estudios recientes han analizado el fenómeno de la restauración conservadora en América Latina, entendida como una reacción de carácter transnacional que articula el activismo cristiano y actores políticos no religiosos en oposición a los avances legales igualitarios obtenidos por los movimientos feministas, antirracistas y LGBTQI a nivel nacional e internacional (Corrêa; Paternotte; Kuhar, 2018CORRÊA, S. A “política do gênero”: um comentário genealógico. Cadernos Pagu, Campinas, n. 53, e185301, 2018. https://doi.org/10.1590/18094449201800530001
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; Biroli; Caminotti, 2020BIROLI, F.; CAMINOTTI, M. The conservative backlash against gender in Latin America. Politics & Gender, v. 16, n. 1, p. E1, 2020. https://doi.org/10.1017/S1743923X20000045
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; Zaremberg; Tabbush; Friedman, 2021ZAREMBERG, G.; TABBUSH, C.; FRIEDMAN, E. J. Feminism(s) and anti-gender backlash: lessons from Latin America. International Feminist Journal of Politics, v. 23, n. 4, p. 527-534, 2021. https://doi.org/10.1080/14616742.2021.1956093
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). Las singularidades de este proceso son destacadas en el concepto de neoconservadurismo, relacionándolo con movimientos políticos de desdemocratización y de restricción de derechos (Brown, 2019BROWN, W. In the ruins of neoliberalism. West Sussex: Columbia University Press, 2019. https://doi.org/10.7312/brow19384
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; Biroli; Vaggione; Machado, 2020BIROLI, F.; CAMINOTTI, M. The conservative backlash against gender in Latin America. Politics & Gender, v. 16, n. 1, p. E1, 2020. https://doi.org/10.1017/S1743923X20000045
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). Este accionar conservador tiene efectos concretos en el derecho a la educación (Cunha, 2016CUNHA, L. A. O projeto reacionário de educação. 2016. Disponível em: http://www.luizantoniocunha.pro.br/uploads/independente/1-EduReacionaria.pdf. Acesso em: 4 maio 2023.
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; 2023CUNHA, L. A. Retrocesso na laicidade do Estado no quadriênio Bolsonaro (2019–2022). 2023. Disponível em: http://www.luizantoniocunha.pro.br/uploads/independente/1675180498_069651_quadrinio.pdf. Acesso em: 4 maio 2023.
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; Feldfeber, 2020FELDFEBER, M. La restauración conservadora en Argentina: políticas educativas y cambio cultural durante el gobierno de Macri (2015-2019). Revista Temas em Educação, João Pessoa, v. 29, n. 3, p. 135-154, 2020. https://doi.org/10.22478/ufpb.2359-7003.2020v29n3.56388
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; Oliveira, 2020OLIVEIRA, D. A. Regressão conservadora e ameaças às políticas públicas em educação na América Latina. Revista Temas em Educação, João Pessoa, v. 29, n. 3, p. 181-204, 2020. https://doi.org/10.22478/ufpb.2359-7003.2021v30n1.56014
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; Gluz; Rodrigues; Elias, 2021GLUZ, N.; RODRIGUES, C.; ELIAS, R. La retracción del derecho a la educación en el marco de las restauraciones conservadoras: una mirada nuestroamericana. Buenos Aires: CLACSO, 2021. https://doi.org/10.2307/j.ctv2v88fds
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; Carreira; Lopes, 2022CARREIRA, D.; LOPES, B. Gênero e educação: ofensivas reacionárias, resistências democráticas e anúncios pelo direito à educação. São Paulo: Ação Educativa, 2022.; Corrêa; Ximenes, 2022CORRÊA, S.; XIMENES, S. B. Laicidad y secularidad en Brasil: erosión gradual y límites de las normas jurídicas. In: DÁVILA CONTRERAS, M. X.; CHAPARRO GONZÁLEZ, N. (org.). Estrategias de resistencia para defender y reflexionar sobre la laicidad en América Latina. Bogotá: Dejusticia, 2022. p. 74-109.; Viñao Frago, 2012VIÑAO FRAGO, A. El desmantelamiento del derecho a la educación: discursos y estrategias neoconservadoras. Áreas. Revista Internacional de Ciencias Sociales, Múrcia, n. 31, p. 97-107, 2012.).

Vaggione (2005)VAGGIONE, J. M. Reactive politicization and religious dissidence: the political mutations of the religious. Social Theory and Practice, Charlottesville, v. 31, n. 2, p. 233-255, 2005. https://doi.org/10.5840/soctheorpract200531210
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sitúa el origen del neoconservadurismo en la politización reactiva en respuesta al cambio paradigmático operado por la reivindicación y el reconocimiento de los derechos sexuales y reproductivos. Este cambio supone, entre otros aspectos, profundizar la desimbricación entre normas estatales y doctrina religiosa (secularización del derecho). Según el autor, dicha desimbricación moviliza como respuesta la juridificación reactiva en defensa de una moral asumida como natural y universal (Vaggione, 2011VAGGIONE, J. M. Sexualidad, religión y política en América Latina. In: CORRÊA, S.; PARKER, R. (org.). Observatório de Sexualidad y Política. Rio de Janeiro: Abia, 2011. p. 286-336.; 2020VAGGIONE, J. M. A restauração legal: o neoconservadorismo e o direito na América Latina. In: VAGGIONE, J. M.; MACHADO, M. D. C.; BIROLI, F. (org.). Gênero, neoconservadorismo e democracia. São Paulo: Boitempo, 2020. p. 41-82.). El derecho deviene una arena de debate sobre el orden moral y una estrategia en la defensa de un régimen sexual heteronormado.

En muchos países de la región, el movimiento neoconservador impactó en las estructuras del Estado, los poderes ejecutivo, legislativo y judicial a nivel local y nacional, e influyó en los procesos políticos y electorales (Corrêa, 2021CORRÊA, S. Políticas antigênero na América Latina: resumos dos estudos de casos nacionais. Rio de Janeiro: Abia, 2021.). Hay estrategias y agendas comunes: la difusión de pánico moral, el desmantelamiento de las políticas estatales de igualdad de género, las campañas de lobby legislativo y la judicialización conservadora (Campana, 2015CAMPANA, M. N. Mutaciones normativas en el campo jurídico argentino: su rol en el diseño e implementación de campañas de litigio estratégico. Córdoba: Anuario del CIJS, 2015.; Ruibal, 2015RUIBAL, A. M. Movilización y contra-movilización legal: Propuesta para su análisis en América Latina. Política y Gobierno, México, v. 22, n. 1, p. 175-198, 2015.; Monte; Vaggione, 2018MONTE, M. E.; VAGGIONE, J. M. Cortes irrumpidas: la judicialización conservadora del aborto en Argentina. Revista Rupturas, San Pedro, v. 9, n. 1, p. 104-122, 2018. https://doi.org/10.22458/rr.v9i1.2231
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). Los impactos en las políticas públicas varían en cada contexto, dependiendo de factores como la consolidación y tradición secular de las instituciones democráticas1 1 En los siguientes apartados abordaremos la usual distinción entre laico y secular para destacar los límites de la noción de laicidad para la comprensión del fenómeno en estudio. , el nivel de reconocimiento de derechos, la correlación de fuerzas en el ámbito religioso y la resistencia de los movimientos feministas, de derechos LGBTQI y de sus aliados en la ciudadanía (Biroli; Vaggione; Machado, 2020BIROLI, F.; CAMINOTTI, M. The conservative backlash against gender in Latin America. Politics & Gender, v. 16, n. 1, p. E1, 2020. https://doi.org/10.1017/S1743923X20000045
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; Zaremberg; Tabbush; Friedman, 2021ZAREMBERG, G.; TABBUSH, C.; FRIEDMAN, E. J. Feminism(s) and anti-gender backlash: lessons from Latin America. International Feminist Journal of Politics, v. 23, n. 4, p. 527-534, 2021. https://doi.org/10.1080/14616742.2021.1956093
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). A pesar de la diversidad de casos, distintos trabajos han destacado la centralidad de la noción de “ideología de género” como estrategia transnacional que permite la articulación de coaliciones conservadoras, con un papel destacado en las movilizaciones anti-género y en el campo educativo (Miskolci; Campana, 2017MISKOLCI, R.; CAMPANA, M. “Ideologia de gênero”: notas para a genealogia de um pânico moral contemporâneo. Sociedade e Estado, Brasília, v. 32, n. 3, p. 725-748, 2017. https://doi.org/10.1590/s0102-69922017.3203008
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; Corrêa, 2018CORRÊA, S. A “política do gênero”: um comentário genealógico. Cadernos Pagu, Campinas, n. 53, e185301, 2018. https://doi.org/10.1590/18094449201800530001
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; Corrêa; Prado, 2022CORRÊA, S.; PRADO, M. A. M. Ideologia antigênero nas políticas educacionais brasileiras: estatização e transnacionalidade. In: CARREIRA, D.; LOPES, B. (org.). Gênero e educação: ofensivas reacionárias, resistências democráticas e anúncios pelo direito à educação. São Paulo: Ação Educativa, 2022. p. 45-52.; Junqueira, 2022JUNQUEIRA, R. A invenção da ideologia de gênero. Brasília: Letras Livres, 2022.).

Los enfrentamientos en torno al contenido del derecho a la educación y sobre la configuración de las políticas educativas se han convertido en terrenos prioritarios para el activismo moral conservador. Por medio del uso de la noción de “ideología de género”, dichos grupos han logrado obtener vetos a la curricularización del enfoque de género y al reconocimiento de los derechos fundamentales de la población LGBTQI. Para resistir a esta ideología, recurren a la noción naturalista de preeminencia de la familia sobre el Estado en materia de moral y de sexualidad (Faur, 2020FAUR, E. Educación sexual integral e “ideología de género”en la Argentina. Dossier: las ofensivas antigénero en América Latina. LASAForum, v. 51, n. 2, p. 57-61, 2020.). Con este propósito, en 2016 surgió en Perú el movimiento “Con mis hijos no te metas”, que se extendió a varios países del continente (Nouet, 2020NOUET, L. “Con mis hijos no te metas”: la avanzada neoconservadora y el derecho a la educación sexual integral. 75f. 2020. Tese (Licenciatura em Trabalho Social) – Facultad de Ciencia Política y Relaciones Internacionales, Universidad Nacional de Rosario, Rosario, 2020. http://hdl.handle.net/2133/20891.). En Brasil, a partir de 2010, surgen movilizaciones contra el programa Escuela sin Homofobia, por la eliminación del enfoque de género en el Plan Nacional de Educación y en los planes estaduales y municipales que se aprobaron entre el 2014 y el 2016. El movimiento “Escuela sin partido” promueve el veto de esos temas en las directrices curriculares, en los planes didácticos, en prácticas pedagógicas y en políticas locales, medidas difundidas por el activismo religioso anti-género. También bajo el signo de la lucha contra la “ideología de género” se establece una rutina de persecución al profesorado (Ação Educativa, 2018AÇÃO EDUCATIVA. Manual de defesa contra a censura nas escolas. São Paulo: Ação Educativa, 2018. Disponível em: https://manualdedefesadasescolas.org.br/. Acesso em: 5 maio 2023.
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) impidiendo la diseminación de programas de educación sexual, el reconocimiento de la identidad de género o la adopción del lenguaje inclusivo en las escuelas (Junqueira, 2018JUNQUEIRA, R. A invenção da “ideologia de gênero”: a emergência de um cenário político-discursivo e a elaboração de uma retórica reacionária antigênero. Revista Psicología Política, Florianópolis, v. 18, n. 43, p. 449-502, 2018.).

En el Brasil de los últimos años se ha destacado la fuerte presencia de bancadas religiosas en el parlamento, con hegemonía evangélica conservadora y capacidad de veto a nuevas leyes y políticas. Debido a ello, las demandas por los derechos sexuales y reproductivos son encaminadas hacia el Supremo Tribunal Federal (STF). A pesar de notorios avances en temas como la investigación con células madre embrionarias, el aborto de fetos anencefálicos o la unión homoafectiva, es necesario mencionar el carácter disruptivo de la laicidad reflejado en recientes decisiones como es la sentencia que sostuvo la constitucionalidad de la educación religiosa católica y de otras confesiones en las escuelas públicas (Almeida; Ximenes, 2018ALMEIDA, E. M.; XIMENES, S. B. Constituição e interpretação na delimitação jurídica da laicidade. In: D’AVILA-LEVY, C. M.; CUNHA, L. A. (org.). Embates em torno do Estado laico. São Paulo: SBPC, 2018. p. 53-82.; Cunha, 2018aCUNHA, L. A. Três décadas de conflitos em torno do ensino público: laico ou religioso? Educação & Sociedade, Campinas, v. 39, n. 145, p. 890-907, 2018a. https://doi.org/10.1590/es0101-73302018196128
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; 2018b; Corrêa; Ximenes, 2022CORRÊA, S.; XIMENES, S. B. Laicidad y secularidad en Brasil: erosión gradual y límites de las normas jurídicas. In: DÁVILA CONTRERAS, M. X.; CHAPARRO GONZÁLEZ, N. (org.). Estrategias de resistencia para defender y reflexionar sobre la laicidad en América Latina. Bogotá: Dejusticia, 2022. p. 74-109.), obligación inscripta en el concordato con la Santa Sede de 2010 (Cunha, 2009CUNHA, L. A. Brasil: país laico ou concordatário. Rio de Janeiro: Observatório da Laicidade do Estado, 2009. Disponível em: https://patrimonio.uff.br/wp-content/uploads/sites/600/2019/06/textoconcordataole.pdf. Acesso em: 22 julho 2024.
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; Fischmann, 2009aFISCHMANN, R. A proposta de concordata com a Santa Sé e o debate na Câmara Federal. Educação & Sociedade, Campinas, v. 30, n. 107, p. 563-583, 2009a. https://doi.org/10.1590/S0101-73302009000200013
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; 2012).

En el caso más destacado sobre los límites de la patria potestad en educación, en ocasión del análisis de la constitucionalidad de la educación en el hogar (homeschooling), el STF decidió relativizar la obligatoriedad de la asistencia a las escuelas (Oliveira; Barbosa, 2017OLIVEIRA, R. L. P.; BARBOSA, L. M. R. O neoliberalismo como um dos fundamentos da educação domiciliar. Pro-posições, Campinas, v. 28, n. 2, p. 193-212, 2017. https://doi.org/10.1590/1980-6248-2016-0097
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) en favor de la doctrina católica en educación: el principio de la subsidiariedad del estado frente a los derechos naturales de la familia (Cury, 2017CURY, C. R. J. Homeschooling: entre dois jusnaturalismos? Pro-posições, Campinas, v. 28, n. 2, p. 104-121, 2017. https://doi.org/10.1590/1980-6248-2016-0006
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; Junqueira, 2022JUNQUEIRA, R. A invenção da ideologia de gênero. Brasília: Letras Livres, 2022.). De este modo, el tribunal abrió el espacio para la regulación legal del homeschooling y relativizó el derecho que tienen niñas, niños y adolescentes de asistir a la escuela como derecho propio e indisponible (Ximenes; Moura, 2021XIMENES, S. B.; MOURA, F. Homeschooling prova que Bolsonaro tem projeto para a educação. UOL/Entendendo Bolsonaro, 2021. Disponível em: https://noticias.uol.com.br/colunas/coluna-entendendo-bolsonaro/2021/05/31/homeschooling-prova-que-bolsonaro-tem-projeto-para-a-educacao.htm. Acesso em: 5 maio 2023.
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; Ximenes, 2022XIMENES, S. B. Com uma tacada, homeschooling abala dois pilares da educação brasileira. UOL/Entendendo Bolsonaro, 2022. Disponível em: https://noticias.uol.com.br/colunas/coluna-entendendo-bolsonaro/2022/05/19/com-uma-tacada-homeschooling-abala-dois-pilares-da-educacao-brasileira.htm. Acesso em: 5 maio 2023.
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). Entre las razones consideradas aceptables por el STF para la educación en casa se encuentran “la cuestión religiosa, del bullying, de las drogas en las escuelas, de la violencia” (Brasil, 2018BRASIL. Supremo Tribunal Federal. RE 888.815/RS: Inteiro Teor do Acórdão. Tribunal Pleno. Relator: Alexandre de Moraes. Brasil: Supremo Tribunal Federal, 2018., p. 70, traducción propria).

En el contexto reciente del gobierno Bolsonaro (2019 – 2022) el activismo conservador logró avances institucionales en el Legislativo, por ejemplo la aprobación en 2022 del proyecto de ley de reglamentación de la educación en el hogar (homeschooling) en Cámara de Diputados, y en el Ejecutivo a través de vetos a las temáticas de derechos sexuales, reproductivos y ciudadanía LGBTQI en el Programa Nacional de Libros Didáctico (PNLD), del reconocimiento de la “ideología de género” como causa de violación de derechos humanos que podrían ser mencionados en los canales de denuncia existentes como es el “Disque 100” y diferentes medidas administrativas (Corrêa; Prado, 2022CORRÊA, S.; PRADO, M. A. M. Ideologia antigênero nas políticas educacionais brasileiras: estatização e transnacionalidade. In: CARREIRA, D.; LOPES, B. (org.). Gênero e educação: ofensivas reacionárias, resistências democráticas e anúncios pelo direito à educação. São Paulo: Ação Educativa, 2022. p. 45-52.; Santos; Vick, 2022SANTOS, L. M.; VICK, F. A disputa da sociedade civil na política do livro didático pós-2018: aspectos jurídicos da contenção da agenda reacionária. In: CARREIRA, D.; LOPES, B. (org.). Gênero e educação: ofensivas reacionárias, resistências democráticas e anúncios pelo direito à educação. São Paulo: Ação Educativa, 2022. p. 45-52.).

Como se desprende de estos ejemplos, el derecho devino un discurso público privilegiado en la defensa de una moral sexual cristiana y una arena en la cual se producen las principales disputas respecto a las prácticas sexuales y reproductivas. Estas reacciones jurídicas (o juridificación reactiva) ponen en circulación una serie de argumentos y estrategias legales que tienen como principal objetivo la defensa de un orden legal imbricado en la moral cristiana en tanto moral universal (Vaggione, 2011VAGGIONE, J. M. Sexualidad, religión y política en América Latina. In: CORRÊA, S.; PARKER, R. (org.). Observatório de Sexualidad y Política. Rio de Janeiro: Abia, 2011. p. 286-336.; 2020). Además de su papel en la producción de nuevas normativas, la juridificación reactiva, impulsa la articulación y cohesión de los operadores jurídicos de distintas confesiones e ideologías, neoconservadores y neoliberales, en contra la “ideología de género” y en defensa de la prevalencia de la patria potestad y de la familia en la educación (Campana, 2015CAMPANA, M. N. Mutaciones normativas en el campo jurídico argentino: su rol en el diseño e implementación de campañas de litigio estratégico. Córdoba: Anuario del CIJS, 2015.; Ruibal, 2015RUIBAL, A. M. Movilización y contra-movilización legal: Propuesta para su análisis en América Latina. Política y Gobierno, México, v. 22, n. 1, p. 175-198, 2015.; Monte; Vaggione, 2018MONTE, M. E.; VAGGIONE, J. M. Cortes irrumpidas: la judicialización conservadora del aborto en Argentina. Revista Rupturas, San Pedro, v. 9, n. 1, p. 104-122, 2018. https://doi.org/10.22458/rr.v9i1.2231
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).

Otra manifestación importante de esta juridificación reactiva es el uso estratégico de la judicialización. La juridificación abarca la noción de judicialización, pero no se limita a ella (Ximenes; Silveira, 2019XIMENES, S. B.; SILVEIRA, A. D. Judicialização da educação: caracterização e crítica. In: OLIVEIRA, V. E. (org.). Judicialização de políticas públicas no Brasil. Rio de Janeiro: Editora Fiocruz, 2019. p. 309-332. https://doi.org/10.7476/9786557080733
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). El activismo conservador ha intensificado el uso del litigio como camino para evitar y/o revertir los derechos sexuales y reproductivos y, al hacerlo, ha sofisticado el uso de argumentos legales en defensa de determinados valores morales. La ampliación de la legitimación activa para litigar ha redundado en un creciente número de organizaciones de la sociedad civil, entre ellas las que conforman el neoconservadurismo, que canalizan sus demandas a través del poder judicial, ya sea directamente en demandas colectivas o indirectamente presentándose como amicus curiae en casos emblemáticos.

La noción de juridificación y en particular aquella que caracteriza al activismo moral conservador, o sea la juridificación reactiva, son fundamentales para el análisis que profundizamos en este ensayo, razón por la cual presentamos sus significados y orígenes en las próximas secciones. Luego se analizan los aspectos específicos del proceso de juridificación reactiva del derecho a la educación en el contexto nacional brasileño de la última década (2013 – 2022). La hipótesis es que la juridificación conservadora de la educación sexual ha influenciado la producción del contenido del derecho a la educación en el contexto brasileño (derecho como arena), impulsando el activismo jurídico conservador a impactar en el campo educativo (derecho como estrategia). La juridificación reactiva de la educación busca una prohibición legal y principalmente simbólica de temas como el género, la sexualidad, la raza y la crítica a las desigualdades sociales, en articulación con la re-jerarquización de los derechos de la familia sobre las escuelas. La eficacia simbólica de la censura opera incluso cuando no hay una ley o reglamento aprobado, debido al efecto inhibidor que se deriva del propio debate legislativo y de los casos de judicialización de las relaciones escolares por parte de la maquinaria jurídica conservadora (Hayes, 2007HAYES, A. F. Exploring the forms of self-censorship: on the spiral of silence and the use of opinion expression avoidance strategies. Journal of Communication, v. 57, n. 4, p. 785-802, 2007. https://doi.org/10.1111/j.1460-2466.2007.00368.x
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; Cook; Heilmann, 2012COOK, P.; HEILMANN, C. Censorship and Two Types of Self-Censorship. Political Studies, v. 61, n. 1, p. 178-196, 2012. https://doi.org/10.1111/j.1467-9248.2012.00957.x
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; Dora; Varella, 2022DORA, D.; VARELLA, L. Padrões internacionais e regionais de direitos humanos sobre liberdade de expressão e liberdade de cátedra e sua importância para o exercício democrático. In: CARREIRA, D.; LOPES, B. (org.). Gênero e educação: ofensivas reacionárias, resistências democráticas e anúncios pelo direito à educação. São Paulo: Ação Educativa, 2022. p. 91-98.).

En su segunda parte, el texto analiza la interpretación de los contenidos jurídicos y argumentos legales producidos en dos frentes de juridificación reactiva que avanzaron en los últimos años: los debates legislativos en torno a los planes decenales de educación y los retrocesos logrados por el activismo conservador en el PNLD. El objetivo del artículo es comprender este arsenal de medidas legales y judiciales como parte de la juridificación reactiva previamente referida, alejándonos de percepciones de sentido común aún muy extendidas, que tienden a ver en tales agendas expresiones de disputas secundarias en el ámbito educativo o “cortinas de humo” para desviar la atención de lo que realmente importaría. La juridificación reactiva de la educación es, en cambio, el eje más profundo de desconstrucción de la idea de educación pública, gratuita, laica y de calidad social cómo un derecho universal e indisponible.

Juridificación para Más o para Menos Derechos

En términos generales, por juridificación debemos entender la diseminación de la regulación jurídica sobre diferentes aspectos de la vida social, como la familia, la reproducción y la educación (Neves, 2011). Fenómenos antes regulados informalmente en las esferas privadas, comunitarias y religiosas, pasan a ser definidos por reglas generales objetivas, universales y obligatorias con el surgimiento de los Estados nación, que ejercerán, en sus territorios, el monopolio de la producción jurídica en la modernidad occidental. El estado nación moderno se encargaría de regular impersonalmente la comunidad política de ciudadanos portadores de igualdad jurídica de derechos y deberes, lo que presupone separarse de lo religioso a través de la secularización del derecho, fenómeno más amplio que la propia laicidad estatal, ya que algunos estados occidentales persistieron formalmente vinculados a confesiones religiosas (Fischmann, 2009bFISCHMANN, R. Estado laico. Sao Paulo: Memorial da America Latina, 2009b.; Cury, 2018CURY, C. R. J. Por uma concepção do Estado laico. In: D’AVILA-LEVY, C. M.; CUNHA, L. A. (org.). Embates em torno do Estado laico. São Paulo: SBPC, 2018. p. 41-52.).

Esta tendencia a la secularización y al aumento del derecho escrito que caracteriza la modernidad jurídica se origina en los primeros influjos de juridificación de los estados modernos y se acelera con el surgimiento de lo que Habermas (1999)HABERMAS, J. Teoría de la acción comunicativa. Madri: Taurus, 1999. categoriza como el cuarto flujo de juridificación: la construcción del Estado Social y Democrático de Derecho y de los derechos sociales a mediados del siglo XX, como el trabajo y la educación. En este contexto, la multiplicación del derecho escrito opera en dos direcciones complementarias: “entre la extensión del derecho, es decir, la regulación jurídica de nuevos asuntos sociales reguladas hasta el momento de manera informal, y el adensamiento del derecho, es decir, la desmenuzación de una materia jurídica global en varias materias particulares” (Habermas, 1999HABERMAS, J. Teoría de la acción comunicativa. Madri: Taurus, 1999., p. 504).

Surge así, con la conformación del Estado nación moderno, el instituto de la escolarización obligatoria, siendo la asistencia a la institución escolar una exigencia estatal en detrimento de una libertad familiar que se basaba en la mera ausencia de regulación (Horta, 1998HORTA, J. S. B. Direito à educação e obrigatoriedade escolar. Cadernos de Pesquisa, São Paulo, n. 104, p. 5-34, 1998.). La asistencia a la escuela y la enseñanza en la lengua nacional pasan a ser reguladas en el marco de la construcción de un monopolio estatal sobre la producción de normas jurídicas en materia de educación. Posteriormente, sobre todo con la expansión del Estado Social y Democrático de Derecho, emerge la disciplina del derecho educativo, es decir, la juridificación de la enseñanza y de los derechos educativos, con el establecimiento, cada vez más detallado, de estrictas condiciones de funcionamiento, requisitos profesionales, horarios mínimos obligatorios a cada asignación, normas curriculares, etc. (Ximenes, 2014XIMENES, S. B. Direito à qualidade na educação básica: teoria e crítica. São Paulo: Quartier Latin, 2014.). Es en este campo de expansión normativa (extensión y adensamiento) donde entran en disputa movimientos sociales de distintos orígenes e ideologías, con los feminismos, movimientos LGBTQI y movimiento negro de un lado y las reacciones conservadoras del otro, o sea, disputas entre gramáticas juridificantes opuestas, expansivas de derechos o reactivas y contenedoras de tales expansiones.

El Derecho como Escenario de los Conflictos Morales

El proceso de ampliación de lo jurídico en el Estado occidental moderno se construye sobre la narrativa, en gran medida mítica, de su separación de lo religioso. Se trataría de la formalización del interés nacional, o del interés público, o incluso de la igualdad jurídica entre los ciudadanos, no de la reproducción de principios religiosos específicos.

Tal narrativa, sin embargo, oculta los propios límites normativos de la laicidad estatal como criterio de interpretación del contenido de las normas producidas, sobre todo las que regulan la familia, la sexualidad y la reproducción. Es necesario, pues, complejizar el análisis de la construcción formalmente laica del derecho occidental, basado en el mito de la oposición binaria entre normas religiosas y jurídicas y lograr una comprensión material del contenido mismo de las normas, ámbito en el que religión y derecho se imbrican y desimbrican en un proceso dinámico, no lineal y continuo (Vaggione, 2020VAGGIONE, J. M. A restauração legal: o neoconservadorismo e o direito na América Latina. In: VAGGIONE, J. M.; MACHADO, M. D. C.; BIROLI, F. (org.). Gênero, neoconservadorismo e democracia. São Paulo: Boitempo, 2020. p. 41-82.). Sin desconocer la importancia de la laicidad para comprender las temáticas aquí analizadas, nos interesa centrar el análisis en/desde el derecho como arena que tiene sus propias lógicas y dinámicas que permiten comprender que más que retirada de lo religioso, lo que existe es “una persistencia, transformación y, a veces, fragmentación y dispersión de la religión bajo lo que todavía podría denominarse dinámicas ‘secularizadoras’” (Sullivan; Yelle; Taussig-Rubbo, 2011SULLIVAN, W. F.; YELLE, R. A.; TAUSSIG-RUBBO, M. After secular law. Redwood City: Stanford University Press, 2011., p. 12, traducción propia).

El hecho de que lo religioso esté jurídicamente subordinado a la regulación del Estado moderno no significó, necesariamente, desimbricar el derecho de su basamento religioso. En muchos casos ha ocurrido lo contrario, es decir, la incorporación de la norma religiosa al derecho estatal formalmente secularizado, naturalizando lo religioso como principio universal. Esta absorción de lo religioso se presenta con mayor frecuencia en las formas de regular el orden sexual. Es lógico que el derecho, al menos al momento de construcción del estado nación, haya recogido la moral católica en temas vinculados a la sexualidad, el parentesco o la reproducción. Lo que queremos marcar es que esta juridificación invisibiliza el registro de lo religioso ya que el mismo se metaboliza y naturaliza como derecho secular.

En los países latinoamericanos este fenómeno se vincula a la presencia política y cultural, por momentos hegemónica, de la Iglesia católica. Así, lo que en su origen fueron principios morales religiosos que ordenaban la jerarquía sexual fueron incorporados al derecho nacional, transmutados en normas jurídicas generales y abstractas, fortaleciendo su circulación como elementos de la cultura y la moral nacional y, en consecuencia, velando sus orígenes confesionales.

En vista de este entrelazamiento, la secularización del derecho tiene dos dinámicas relativamente autónomas: una funcional, relacionado con el monopolio estatal y formalmente laico de la producción jurídica y la otra material, vinculada al contenido de la regulación jurídica producida2 2 Ver Arlettaz (2015) para un estudio sobre estas dinámicas respecto a la forma de regular el matrimonio en Argentina. . O sea, el momento de separación funcional, o de absorción por parte del Estado de funciones otrora en manos de la Iglesia Católica no implicó, necesariamente, que el derecho se vaciara de contenido moral religioso. Incluso podría pensarse que el momento de separación funcional fue posible, precisamente, por la recepción de las normas morales religiosas como parte del derecho estatal. La Iglesia delegó en el Estado la custodia de sus normas morales. Esta combinación de separación funcional e imbricación material fue la que imperó al momento de regular la familia, el parentesco o la reproducción. La separación, como dinámica de laicización, se articuló con la delegación hacia el Estado de la protección de los principios morales católicos.

La incorporación de los principios morales religiosos al derecho estatal no es sorprendente en una región donde la Iglesia detentó una influencia hegemónica sobre la moral, particularmente en las formas de regular la familia, la sexualidad o la reproducción. Por ello, cualquier reforma legal que busca distanciar las normas legales de las normas morales pretendidamente universales, confronta de manera directa a la Iglesia Católica. Temas como el divorcio vincular o, más recientemente, el matrimonio para las parejas del mismo sexo o la legalización del aborto, entre otros, buscan profundizar la distancia entre ambas normas. Estos temas visibilizan los límites de la separación entre lo religioso y lo secular en la producción jurídica (o la crítica a los límites de la laicidad estatal) y evidencian el papel del derecho moderno en la invisibilización de ciertos principios religiosos (Montero, 2009MONTERO, P. Secularização e espaço público: a reinvenção do pluralismo religioso no Brasil. Revista Etnográfica, Lisboa, v. 13, n. 1, p. 7-16, 2009. https://doi.org/10.4000/etnografica.1195
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).

Los movimientos en defensa de los DSyR politizan como religiosos valores que, al haberse juridificado, circulan como naturales, objetivos y universales. Al buscar modificar el derecho, estos movimientos politizan como herencia religiosa aspectos protegidos por la ley y, al hacerlo, proponen una nueva articulación entre derecho, ética y moral sexual, opuesta a la postura oficial de la Iglesia Católica y a su apelación a concepciones biologizantes y naturalistas de la sexualidad. Esta postura, inscripta en el derecho, legitima las jerarquizaciones y opresiones en los campos del género y de la sexualidad, pero también en la naturalización de las relaciones jerárquicas y de dominación entre adultos y niños, a través de la reproducción de la idea de la prevalencia de la patria potestad en materia de educación.

Por eso, en gran medida el impacto de los movimientos feministas y LGBTQI, y las reacciones que se generan, debe ser analizado en el derecho en tanto escenario del conflicto moral. No sin tensiones y desacuerdos, estos movimientos juridificaron sus demandas y priorizaron el activismo legal para la acción política. El uso estratégico del litigio y la elaboración de argumentos legales son caminos para desmontar los resabios heteropatriarcales inscriptos en el derecho. Más allá de las notables diferencias entre los países de la región, los DSyR ingresan a los debates públicos e inauguran otra temporalidad sobre el papel del Estado en la regulación del orden sexual.

Al juridificar sus demandas, estos movimientos amplían la noción de sujetos de derechos vinculados a las decisiones sexuales y reproductivas y pluralizan la propia noción de ciudadanía. Personas que parecían sólo estar sujetas al derecho debido a sus prácticas ilegales o incluso criminales son transformadas en sujeto de derechos con reconocimiento estatal. Las personas trans, por ejemplo, cuya existencia corpórea se limitaba al afuera de la legalidad, buscan ser reconocidas como sujetxs y, por tanto, portadorxs de derecho a la identidad de género auto percibida. Las parejas del mismo sexo salen de la invisibilización como forma de supervivencia para reclamar, entre otros, derechos patrimoniales. A estos ejemplos se agrega la incorporación de los niños, niñas y adolescentes y, también, de las personas consideradas incapaces, como sujetos de DSyR. Estas personas que quedaban a merced de regímenes tutelares son consideradas también como portadores de derecho en temas vinculados a la sexualidad y la reproducción que deben ser protegidos por el Estado, como el derecho a la educación sexual y a las políticas de salud específicas adecuadas. Precisamente, el reconocimiento de la capacidad progresiva de personas cuya autonomía decisional era negada implica, también, un cambio fundante en la construcción del orden familiar y, consecuentemente, de los principios educativos.

En y desde el derecho estos movimientos discuten algo más que reglas formales ya que también ponen en tensión el basamento que estructura el orden sexual. El paradigma de los DSyR busca democratizar este orden a través de desmontar las jerarquías sostenidas por un engranaje de discursos morales, religiosos y científicos. En particular critican los principales valores sobre los que se ha sostenido el andamiaje legal a lo largo de las últimas décadas, tales como la complementariedad entre hombres y mujeres o la articulación esencial entre sexualidad y reproducción. A cambio, se proponen otra serie de principios valorativos que deben resguardarse desde el estado como son la autonomía, la libertad o el deseo.

Las modificaciones jurídicas propuestas confrontan la hipermoralización que caracteriza al orden sexual. A través del derecho se legitima un pluralismo ético en oposición a la existencia de una moral única que, anclada en la naturaleza debe ser reconocida por el estado. Esta juridificación busca desmontar el exceso de moral que es portado en el derecho secular. No solo se busca una autonomía funcional, de diferenciación de roles y responsabilidades, sino también una construcción del derecho que se autonomice de la defensa de valores morales anclados en la herencia católica. Estos valores, otrora asumidos como universales, buscan ser reinscritos en su particularidad para dar lugar a otra concepción de lo legal. El derecho sirve también como canal para la expansión de normatividades éticas que desbordan la doctrina católica.

No es sorprendente, entonces, la fuerte reacción de distintos sectores frente a la inclusión en la agenda pública de los DSyR; reacción que amalgama actores y argumentos tanto religiosos como no religiosos. Estos actores consideran que está en juego una forma de pensar y habitar el mundo en el cual el derecho tiene una función simbólica y material determinante y no sólo una determinada tradición religiosa. En estas reacciones conservadoras se busca potenciar la función del derecho como jerarquizador del orden sexual que permite diferenciar entre lo prohibido y lo permitido o entre lo bueno y lo malo. Sin esta jerarquía, la familia, la libertad e, incluso, la sociedad misma corren riegos de fragilización.

Para estos actores, el derecho se vuelve una arena privilegiada en la búsqueda por conservar valores morales considerados bajo amenaza. Este activismo moral conservador re-juridifica la defensa de la vida, la familia y a la libertad frente al avance de los movimientos feministas y LGBTQI a través de renovar las formas de intervención pública. El proceso de juridificación reactiva pone en funcionamiento una maquinaria que, aunque tiene continuidades con los usos conservadores del derecho, inaugura nuevas formas de activismo legal y judicial. El derecho es una arena en la defensa de la moral y también funciona como una estrategia para cohesionar grupos políticos neoconservadores, religiosos o no, con el objetivo de recuperar o no perder la influencia interrumpida por los feminismos y los movimientos LGBTQI. Así logran cohesionar una maquinaria legal neoconservadora que actuando en los ámbitos legislativo y judicial, con renovadas tácticas de lobby y litigio, niegan los avances normativos y la vigencia práctica de los DSyR en los distintos campos de políticas públicas, como es el educacional.

Una Renovada Dogmática Jurídica Conservadora de los Derechos

El éxito de esta operación de juridificación reactiva se vincula a la capacidad que alcanzan los actores jurídicos neoconservadores (juristas, organizaciones civiles religiosas o no, universidades – especialmente las confesionales, autoridades judiciales etc.) de producir argumentos legales que, practicados, compartidos y consolidados en libros, pareceres legales, fallos judiciales y leyes, constituyen una renovada dogmática jurídica conservadora de los derechos. En este proceso, la protección legal de la “vida desde la concepción” es una de las principales facetas de la juridificación reactiva en su lucha contra la “cultura de la muerte”. Se ha producido un proceso de ciudanización del feto a través de nuevas estrategias legales que buscan ampliar el reconocimiento formal del embrión como persona humana (Vaggione, 2020VAGGIONE, J. M. A restauração legal: o neoconservadorismo e o direito na América Latina. In: VAGGIONE, J. M.; MACHADO, M. D. C.; BIROLI, F. (org.). Gênero, neoconservadorismo e democracia. São Paulo: Boitempo, 2020. p. 41-82.). Los certificados de defunción o la adopción, por citar ejemplos, son rearticulados a partir del incorporar al feto como persona humana. El otro eje relevante es la protección de la familia natural frente al avance de la ideología de género. En reacción a los intentos de incluir una definición amplia y plural de la familia, el activismo conservador se moviliza para sostener un orden matrimonial basado en la complementariedad entre hombre y mujer.

Otra estrategia legal que caracteriza a la reacción conservadora es la defensa de la libertad como valor vulnerado. Debido al objetivo de este ensayo, nos interesa plantear algunas de las formas en que la libertad es instrumentalizada para confrontar el reconocimiento de los DSyR y su implementación en los distintos campos de políticas públicas. En particular, la defensa de la libertad adquiere su importancia como forma de resistir la denominada “ideología de género” en tanto eufemismo para nominar a los movimientos feministas y LGBTQI y sus demandas. El activismo moral neoconservador considera a esta ideología como parte de un proyecto que no sólo horada la familia y la vida sino también la libertad como valor fundante de la sociedad. Sin desconocer que la defensa de la libertad se inscribe de formas diferentes de acuerdo con los actores, los momentos y las temáticas en debate, por su conexión con las definiciones del derecho a la educación, analizaremos brevemente tres facetas de la libertad que son parte de la juridificación reactiva: la libertad religiosa, la libertad de conciencia y la libertad de los progenitores (Vaggione, 2022VAGGIONE, J. M. Derecho y religión: la instrumentalización neoconservadora de la libertad. Ciencias Sociales Y Religión, Campinas, v. 24, e022023, 2022. https://doi.org/10.20396/csr.v24i00.8671843
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).

En primer lugar, existe una marcada politización de la libertad religiosa como principio vulnerado frente al avance de los derechos sexuales y reproductivos. Se considera que estos derechos enmascaran un posicionamiento antirreligioso que lesiona el derecho de los individuos a manifestar y actuar en base sus creencias religiosas. El conservadurismo moral utiliza términos como “secularismo radical”, “ideología secular” o “cristofobia” para explicitar que no sólo se trata de una reforma legal sino que a través del derecho se vulnera, también, la libertad religiosa. Si en algún momento eran los privilegios de la Iglesia Católica los que lesionan la libertad religiosa, en el proceso de juridificación reactiva el riesgo proviene de los feminismos y sectores LGBTQI y su ideología antirreligiosa. Esto permite que conservadurismos católicos y evangélicos puedan postergar sus diferencias frente a la ideología de género como amenaza compartida y movilizarse legalmente a favor de expandir la defensa de la libertad religiosa. Se busca así ensanchar los derechos religiosos como contrapartida a los DSyR.

La defensa de la libertad de conciencia es el otro instituto legal que se instrumentaliza de formas renovadas como muralla legal frente a los derechos sexuales y reproductivos. Al no poder evitarse la sanción de estos derechos, la estrategia legal es vaciarlos de eficacia a través de generalizar y expandir el uso de la libertad de conciencia. Desde esta mirada, las leyes que reconocen el aborto o los derechos para las parejas del mismo sexo, son ilegítimas y, por tanto, la objeción más que un derecho se considera una obligación moral (Juan Pablo II, 1995JUAN PABLO II. Carta Encíclica Evangelium Vitae. Valor e inviolabilidad de la vida humana. Vaticano, 1995. Disponível em: http://www.vatican.va/holy_father/john_paul_ii/encyclicals/documents/hf_jp-ii_enc_25031995_evangelium-vitae_sp.html. Acesso em: 5 maio 2023.
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). Funcionarios públicos, efectores de salud o, incluso, instituciones médicas, son considerados como sujetos cuya libertad de conciencia podría ser lesionada si no se reconoce un amplio derecho a la objeción que, en general, colisiona con el acceso a los derechos sexuales y reproductivos. En el ámbito educativo, por ejemplo, se sostiene que,

[…] ningún alumno o profesor, bajo el pretexto de combatir o prevenir el bullying homofóbico, puede ser obligado a utilizar conceptos e ideas de las teorías de género, ya sea en actividades, dinámicas, evaluaciones, o en las clases impartidas, que hieran sus convicciones religiosas y morales

(Anajure, 2020, p. 26, traducción propria).

Finalmente, la otra estrategia legal es sostener que la ampliación de derechos impulsada por los movimientos feministas y LGBTQI vulnera y limita la libertad de los progenitores para tomar decisiones respecto a sus hijos e hijas. Como lo mencionamos previamente existen distintas campañas en la región en defensa del papel de los progenitores en las decisiones de las personas menores de edad o, presentadas de otra forma, campañas que consideran que la familia está siendo avasallada por la expansión de derechos y la intromisión del estado. El acceso de niños, niñas y adolescentes a derechos, tales como la educación sexual basada en el reconocimiento de la autonomía progresiva, es considerado como un adoctrinamiento en la ideología de género. La defensa de la familia, o al menos de una concepción adultocéntrica de la misma, a través de fortalecer la patria potestad, es otra forma en que la juridificación reactiva busca defender una cosmovisión moral en crisis.

La Juridificación Reactiva en el Derecho a la Educación en Brasil

Carreira (2017)CARREIRA, D. Igualdade e diferenças nas políticas educacionais: a agenda das diversidades nos governos Lula e Dilma. São Paulo: Ação Educativa, 2017. analiza en detalle el proceso de inscripción de las demandas por derechos sexuales y reproductivos en el campo de las políticas educativas brasileñas durante los gobiernos de Lula (2003 - 2010) y de Dilma (2011 - 2016). Para la autora, los movimientos feminista y LGBTQI, junto con otros movimientos considerados “identitarios”, encontraron al principio una separación entre sus proposiciones para la educación y las que tenían el Partido de los Trabajadores (PT), situación que comienza a cambiar en términos institucionales con la creación de la Secretaría de Educación Continuada, Alfabetización, Diversidad e Inclusión en el Ministerio de Educación (Secadi/MEC)3 3 En 2011 la Secad incorpora la Secretaría de Educación Especial (SEE) y se transforma en Secadi. En 2019 la Secadi es extinta en los primeros días del gobierno de Bolsonaro. .

Al mismo tiempo que se diseñaba la institucionalidad de la Secadi, se constituyó un importante escenario de movilizaciones y deliberaciones en los procesos de conferencias nacionales de educación, con creciente presencia de los movimientos sociales feministas, LGBTQI, antirracistas, entre otros. La primera Conferencia Nacional de Educación Básica (Coneb) se realizó en 2008 y se organizó en 5 (cinco) ejes, entre los cuales el Eje “IV - Inclusión y diversidad en la educación básica” condensaba las agendas de la Secad y de la SEE en aquel momento (Brasil, 2008BRASIL. Ministério da Educação. Conferência Nacional de Educação Básica: documento final. Brasília: Ministério da Educação, 2008. Disponível em: http://portal.mec.gov.br/arquivos/conferencia/documentos/doc_final.pdf. Acesso em: 5 maio 2023.
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). Según los registros, el Eje IV fue el que movilizó la participación del mayor número de delegados presentes en la Conferencia. La Coneb marca la entrada de nuevos sujetos políticos en los foros de deliberación de la política educativa nacional, especialmente los movimientos LGBTQI, con la gran movilización impulsada por las plenarias del Eje IV se fortalece la agenda de la diversidad dentro del MEC (Daniliauskas, 2011DANILIAUSKAS, M. Relações de gênero, diversidade sexual e políticas públicas de educação: uma análise do Programa Brasil Sem Homofobia. 161f. 2011. Dissertação (Mestrado em Educação) – Faculdade de Educação, Universidade de São Paulo, São Paulo, 2011. https://doi.org/10.11606/D.48.2011.tde-06072011-095913
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; Carreira, 2017CARREIRA, D. Igualdade e diferenças nas políticas educacionais: a agenda das diversidades nos governos Lula e Dilma. São Paulo: Ação Educativa, 2017.).

La agenda de derechos impulsada por feministas y movimientos LGBTQI aparece en el documento final de la Coneb 2008, destacando: la necesidad de construir normas educativas, directrices curriculares y políticas públicas que promuevan la cultura del reconocimiento de la diversidad de género, identidad de género y orientación sexual; la inclusión de estudios de género y diversidad sexual en los cursos de formación de profesores de educación básica; la superación de los enfoques discriminatorios y la valorización de la diversidad en el contenido de los libros didácticos (Brasil, 2008BRASIL. Ministério da Educação. Conferência Nacional de Educação Básica: documento final. Brasília: Ministério da Educação, 2008. Disponível em: http://portal.mec.gov.br/arquivos/conferencia/documentos/doc_final.pdf. Acesso em: 5 maio 2023.
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).

En 2010, se realizó la 1ª Conferencia Nacional de Educación (Conae), con el objetivo oficial de obtener subsidios para la construcción del Plan Nacional de Educación (PNE) que sería enviado al Congreso Nacional para deliberación. En esta Conferencia, Carreira (2017)CARREIRA, D. Igualdade e diferenças nas políticas educacionais: a agenda das diversidades nos governos Lula e Dilma. São Paulo: Ação Educativa, 2017. registra un mayor diálogo y articulación entre los segmentos que componían el eje 6 “justicia social, educación y trabajo: inclusión, diversidad e igualdad” y una mayor difusión, al menos formal, de las demandas de valoración y reconocimiento de la diversidad en los demás ejes de la conferencia.

En el Eje VI de la Conae se aprobaron 25 propuestas de políticas públicas sobre “género y diversidad sexual”. Entre ellas: la incorporación del enfoque de género en todos los programas de formación docente, así como en los programas de posgrado y en los organismos de financiación a la investigación; la garantía de recursos presupuestarios necesarios a la implementación del programa Escuela sin Homofobia en todo el país y de las políticas públicas de educación presentes en el Plan Nacional de Promoción de la Ciudadanía y de los Derechos Humanos de las personas LGBT lanzado en mayo de 2009; la inserción de criterios eliminatorios para obras que transmiten prejuicios sociales, étnico-raciales, género, identidad de género, orientación sexual y otras formas de prejuicio, en el ámbito del PNLD y programas similares; la construcción nacional de una propuesta pedagógica sobre género y diversidad sexual, con la participación de entidades del ámbito educativo; el desarrollo de programas dirigidos a ampliar el acceso y la permanencia y a combatir la evasión en la educación de grupos específicos, como travestis y transexuales y la superación del lenguaje sexista en los documentos de la propia Conae (Brasil, 2010aBRASIL. Ministério da Educação. Construindo o sistema nacional articulado de educação: o Plano Nacional de Educação, diretrizes e estratégias de ação. Brasília: Ministério da Educação, 2010a. Disponível em: http://pne.mec.gov.br/images/pdf/CONAE2010_doc_final.pdf. Acesso em: 5 maio 2023.
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).

Sin embargo, el proyecto de ley del PNE enviado a la legislatura en los últimos días del segundo gobierno de Lula fue criticado por las organizaciones participantes de la Conae al desconocer, y en muchas partes oponerse, a las deliberaciones aprobadas en la Conae realizada meses antes. Esta crítica fue recurrente hasta la sanción de la Ley nº 13.005/2014, en el marco del último año del primer mandato de Dilma, en vísperas de su reelección y de la 2ª Conae (Gomes; Britto, 2015GOMES, A. V. A.; BRITTO, T. F. Plano Nacional de Educação: construção e perspectivas. Brasília: Edições Câmara, 2015.).

Fueron casi cuatro años en que los movimientos sociales y organizaciones educativas actuaron para rescatar las deliberaciones de la Conae e inscribirlas en la ley del PNE. En contraste con los demás sectores que obtuvieron muchas enmiendas expandiendo metas y estrategias del PNE, para el campo de los derechos sexuales y reproductivos el resultado fue negativo. El largo período de discusión del PNE en el Congreso Nacional entre 2011 y 2014, al que se suman los procesos de aprobación de los planes estaduales y municipales de educación entre 2014 y 2016, se constituyó en un contexto político clave para la articulación neoconservadora en oposición explícita a las formulaciones y demandas de derechos sexuales y reproductivos que comenzaban a afirmarse de manera orgánica y articulada en la política educacional.

Neutralización de las Desigualdades y Ciudadanía Confesional: la “Prohibición” de Género en el Plan Nacional de Educación (PNE)

La presentación oficial del proyecto de ley del PNE y su tramitación inicial se vio influenciada por las elecciones de 2010, durante la cual se movilizó el pánico moral en contra al aborto, los DSyR y el programa Escuela sin Homofobia. Este programa fue lanzado por el MEC en el 2008, en el contexto del programa interministerial Brasil sin Homofobia (Brasil, 2008BRASIL. Ministério da Educação. Conferência Nacional de Educação Básica: documento final. Brasília: Ministério da Educação, 2008. Disponível em: http://portal.mec.gov.br/arquivos/conferencia/documentos/doc_final.pdf. Acesso em: 5 maio 2023.
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). El programa, ejecutado en colaboración con organizaciones de la sociedad civil, consistía en encuestas de opinión, orientaciones para gestores educativos y actividades de formación para educadores. El mismo, produjo una colección de materiales educativos compuesta por manuales impresos y material audiovisual cuya distribución y producción fue suspendida en el 2011 por orden de la presidenta Dilma. Esta suspensión fue en respuesta a la movilización política conservadora en el Congreso, de la cual el entonces diputado federal Jair Bolsonaro (PP-RJ) fue un destacado portavoz. Desde entonces, el programa se encuentra interrumpido y fue calificado peyorativamente como el “kit gay” (Vianna; Bortolini, 2020VIANNA, C.; BORTOLINI, A. Discurso antigênero e agendas feministas e LGBT nos planos estaduais de educação: tensões e disputas. Educação e Pesquisa, São Paulo, v. 46, e221756, 2020. https://doi.org/10.1590/S1678-4634202046221756
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).

En este contexto, la única mención al género y a la sexualidad en el proyecto oficial del PNE de 2010 fue en la estrategia 3.9, vinculada a la meta que buscaba aumentar el acceso escolar de la población entre 15 a 17 años en la enseñanza secundaria: “Implementar políticas de prevención a la deserción, motivadas por prejuicio y discriminación a la orientación sexual o identidad de género, creando una red de protección contra formas de exclusión asociadas” (Brasil, 2010bBRASIL. Projeto de Lei nº 8.035, de 20 de dezembro de 2010. Aprova o Plano Nacional de Educação para o decênio 2011–2020 e dá outras providências. Brasília: Câmara dos Deputados, 2010b. Disponível em: https://www.camara.leg.br/proposicoesWeb/fichadetramitacao?idProposicao=490116. Acesso em: 5 maio 2023.
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).

Durante la tramitación en la Cámara Federal, sin embargo, se presentaron decenas de enmiendas parlamentarias para ampliar las agendas de género y los derechos sexuales y reproductivos en el PNE. Entre las propuestas de políticas públicas incorporadas en el plan decenal, estaban el estímulo a la participación de las mujeres en programas de posgrado en áreas mayoritariamente ocupadas por hombres; la prevención, detección y combate a la violencia doméstica y sexual; la educación sexual dirigida a la prevención del embarazo precoz, en conjunto a la asistencia escolar de estudiantes embarazadas; la incorporación del lenguaje inclusivo en todo el texto y el énfasis incorporado en las directrices generales del artículo 2º del PNE: “III - superación de las desigualdades educacionales, con énfasis en la promoción de la igualdad racial, regional, de género y de orientación sexual” (Brasil, 2010cBRASIL. Redação Final: Projeto de Lei nº 8.035-B de 2010. Aprova o Plano Nacional de Educação – PND e dá outras providências. Brasília: Câmara dos Deputados, 2010c. Disponível em: https://www.camara.leg.br/proposicoesWeb/prop_mostrarintegra?codteor=1033265&filename=Tramitacao-PL%208035/2010. Acesso em: 5 maio 2023.
https://www.camara.leg.br/proposicoesWeb...
). Esta enmienda al artículo 2º, III, del PNE fue la que movilizó y aglutinó a los grupos neoconservadores que actuaron en la segunda etapa de la tramitación del proyecto legislativo en el Senado Federal, entre 2013 y 2014 (Martins, 2014MARTINS, P. S. A história do PNE e os desafios da nova lei. Brasília: Edições Câmara, 2014.; Carreira, 2017CARREIRA, D. Igualdade e diferenças nas políticas educacionais: a agenda das diversidades nos governos Lula e Dilma. São Paulo: Ação Educativa, 2017.).

En el Senado, todas las menciones al género y a la sexualidad fueron excluidas, incluyendo la estrategia 3.9 que estaba en el proyecto original. El ítem III del artículo 2º adquirió su redacción definitiva y aparentemente neutra que borraba la referencia a raza, al género y a la orientación sexual “con énfasis en la promoción de la ciudadanía y en la erradicación de todas las formas de discriminación” (Brasil, 2014BRASIL. Lei nº 13.005, de 25 de junho de 2014. Aprova o Plano Nacional de Educação – PNE e dá outras providências. Brasília: Câmara dos Deputados, 2014. Disponível em: https://www.planalto.gov.br/ccivil_03/_ato2011-2014/2014/lei/l13005.htm. Acesso em: 5 maio 2023.
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).

De forma complementaria, en el Senado, se aprobó una calificación de la ciudadanía que agregaba un énfasis a la redacción original en la directriz del ítem V del mismo artículo: “V - formación para el trabajo y la ciudadanía, con énfasis en los valores morales y éticos en que se basa la sociedad” (Brasil, 2014BRASIL. Lei nº 13.005, de 25 de junho de 2014. Aprova o Plano Nacional de Educação – PNE e dá outras providências. Brasília: Câmara dos Deputados, 2014. Disponível em: https://www.planalto.gov.br/ccivil_03/_ato2011-2014/2014/lei/l13005.htm. Acesso em: 5 maio 2023.
https://www.planalto.gov.br/ccivil_03/_a...
). Así, apropiándose de la estrategia de especificación legal inaugurada por los feminismos y movimientos LGBTQI en la tramitación inicial del PNE, el activismo neoconservador, en el tramo final de aprobación del PNE, logró restablecer el orden “natural”: discriminación como un concepto aparentemente neutro en términos políticos y ciudadanía como un concepto aparentemente laico, pero infundido en valores unívocos e incuestionables para “la sociedad”, como son los principios anti pluralistas del campo religioso hegemónico.

A diferencia de las estrategias del PNE aprobadas en la Cámara Federal, que apuntaban a políticas públicas específicas en materia de género y sexualidad, y que fueron simplemente silenciadas, el principio jurídico4 4 Para Alexy (2008) un principio es una norma jurídica que, diferente de las reglas habituales del derecho positivo que prescriben obligaciones directas y sanciones aplicables a su incumplimiento, señalan una dirección a seguir, un mandamiento de optimización a través del derecho cuyo cumplimiento puede adoptar distintas formas de juridificación. En esta concepción, la inclusión de la “la promoción de la igualdad racial, regional, de género y de orientación sexual” cómo un principio jurídico tiene el efecto jurídico de indicar una dirección para las políticas públicas aunque de inmediato no genere ninguna obligación legal específica en este campo, diferente, por ejemplo, de lo que ocurría en la estrategia 3.9, ya comentada. presente en las directrices III y V del artículo 2º del PNE ha sido activamente instrumentalizado por la coalición conservadora desde entonces. Mientras los movimientos proponentes de las enmiendas en la Cámara indicaban, a través de la inscripción de un principio jurídico, la necesidad de seguir produciendo un abanico de políticas transversales, acciones afirmativas e indicadores específicos; los grupos neoconservadores interpretaron esta redacción como un intento de imponer la ideología de género a todo el PNE y a toda la educación.

La confrontación abierta entre ambas visiones en el marco del trámite final del PNE y la victoria de las posturas conservadoras fueron instrumentalizadas en una nueva interpretación jurídica. Según la interpretación inaugurada en la discusión del PNE, al excluir el énfasis en el género y la orientación sexual, por un lado, y al afirmar los valores morales y éticos de la ciudadanía, por otro, la Ley del PNE finalmente aprobada estaría tácitamente prohibiendo la difusión de la “ideología de género” en la educación brasileña5 5 Esta interpretación es objeto de la ADI 5.668, en el Supremo Tribunal Federal (STF). .

Esta interpretación se encuentra explicitada en el denominado “Dictamen Técnico-Jurídico de Anajure [Asociación Nacional de Juristas Evangélicos] sobre Planes Educativos Estatales y Municipales”6 6 En esta parte, traducción libre del “Parecer Técnico-Jurídico da Anajure [Associação Nacional de Juristas Evangélicos] sobre os Planos Estaduais e Municipais de Educação”. . Según el documento, el artículo 8º de la Ley 13.005/2014 determina que los planes locales deben ser aprobados en “consonancia con las directrices, objetivos y estrategias previstos en este PNE” (Brasil, 2014BRASIL. Lei nº 13.005, de 25 de junho de 2014. Aprova o Plano Nacional de Educação – PNE e dá outras providências. Brasília: Câmara dos Deputados, 2014. Disponível em: https://www.planalto.gov.br/ccivil_03/_ato2011-2014/2014/lei/l13005.htm. Acesso em: 5 maio 2023.
https://www.planalto.gov.br/ccivil_03/_a...
). De este modo,

[…] tal teoría [de género] no fue aprobada y contemplada en la Ley nº 13.005, del 25 de junio de 2014, versión final que aprobó el Plan Nacional de Educación, por voluntad expresa del Congreso Nacional, como hemos comentado anteriormente aquí, para que, por el principio de la jerarquía de las leyes y en vista de la base constitucional y legal para la vigencia de los planes educativos estatales y municipales, éstos no pueden aprobar lineamientos, metas y estrategias, en este sentido, distintas a las del PNE

(Anajure, 2015ASSOCIAÇÃO NACIONAL DE JURISTAS EVANGÉLICOS (ANAJURE). Parecer Técnico-Jurídico da Anajure sobre os Planos Estaduais e Municipais de Educação. Brasília: Anajure, 2015. Disponível em: https://anajure.org.br/wp-content/uploads/2015/06/Parecer.PNE_.PEE_.PME_.Final-2-1.pdf. Acesso em: 5 maio 2023.
https://anajure.org.br/wp-content/upload...
, p. 20).

Sobre esta base, la Anajure orientaba a los grupos legislativos y juristas a actuar para que los planes educativos fueran aprobados de conformidad con el PNE, con el debido respeto a los “valores morales y éticos” y

[…] sin la nefasta ideología de género en sus textos, en el respeto a la primacía constitucional e infra constitucional conferida a la familia en lo que se refiere a la educación moral de los hijos y con miras a preservar la dignidad de la persona humana de los niños, niñas y adolescentes

(Anajure, 2015ASSOCIAÇÃO NACIONAL DE JURISTAS EVANGÉLICOS (ANAJURE). Parecer Técnico-Jurídico da Anajure sobre os Planos Estaduais e Municipais de Educação. Brasília: Anajure, 2015. Disponível em: https://anajure.org.br/wp-content/uploads/2015/06/Parecer.PNE_.PEE_.PME_.Final-2-1.pdf. Acesso em: 5 maio 2023.
https://anajure.org.br/wp-content/upload...
, p. 33).

En caso de incumplimiento de este precepto, Anajure iniciaba procesos de judicialización de la legislación aprobada.

A pesar de cuestionables técnicamente, estas tesis jurídicas producidas en la discusión del PNE se aplican ampliamente en las movilizaciones neoconservadoras que se extendieron por todo el país, acompañando la formulación y aprobación legislativa de los planes educativos estaduales y municipales. En este momento, de idea de prohibición tácita al género comienzan a surgir propuestas de prohibición legal expresa.

Durante la tramitación de los planes educativos a nivel estatal y municipal se concretiza la alianza entre el neoconservadurismo religioso, con creciente influencia en la bancada evangélica del Congreso Nacional, con los grupos conservadores ya existentes, supuestamente laicos, como “Escola sem Partido”. Hasta este momento era una coalición de poca relevancia en el debate legislativo y judicial (Ação Educativa, 2016AÇÃO EDUCATIVA. A ideologia do movimento Escola sem Partido: 20 autores desmontam o discurso. São Paulo: Ação Educativa, 2016.).

Es también en esta etapa de discusión donde la jerarquía de la Iglesia católica se pronuncia oficialmente sobre los planes educativos y se suma a las movilizaciones. En junio de 2015, el Cardenal-Arzobispo de São Paulo publicó el artículo “Educação e questão de gênero” (Educación y cuestión de género) (Scherer, 2015SCHERER, O. Educação e questão de gênero. Estadão, 2015. Disponível em: https://www.estadao.com.br/opiniao/educacao-e--questao-de-genero/. Acesso em: 5 maio 2023.
https://www.estadao.com.br/opiniao/educa...
) y días después se hizo pública una nota oficial de la Confederación Nacional de los Obispos de Brasil (2015)CONFERÊNCIA NACIONAL DOS BISPOS DO BRASIL (CNBB). Nota da CNBB sobre a inclusão da ideologia de gênero nos planos de educação. Brasília: CNBB, 2015. Disponível em: https://www.cnbb.org.br/cnbb-divulga-nota-sobre-a-inclusao-da-ideologia-de-genero-nos-planos-de-educacao/. Acesso em: 5 maio 2023.
https://www.cnbb.org.br/cnbb-divulga-not...
.

Vianna y Bortolini (2020)VIANNA, C.; BORTOLINI, A. Discurso antigênero e agendas feministas e LGBT nos planos estaduais de educação: tensões e disputas. Educação e Pesquisa, São Paulo, v. 46, e221756, 2020. https://doi.org/10.1590/S1678-4634202046221756
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caracterizan los 25 planes estaduales y distrital aprobados tras el PNE (2014 y 2016) en cuatro tipos, conforme el contenido de género: en un solo caso hay veto expreso, en otros tres estados hay omisión del término género y de cualquier concepto relacionado con él. En la mayoría de los estados - catorce - hay una incorporación parcial y “restrita, por vezes reiterando perspectivas binárias, por vezes evocando a precedência da família sobre a escola. Em nenhum destes planos aparecem referências às demandas LGBT” (Vianna; Bortolini, 2020VIANNA, C.; BORTOLINI, A. Discurso antigênero e agendas feministas e LGBT nos planos estaduais de educação: tensões e disputas. Educação e Pesquisa, São Paulo, v. 46, e221756, 2020. https://doi.org/10.1590/S1678-4634202046221756
https://doi.org/10.1590/S1678-4634202046...
, p. 9). Finalmente, en otros siete estados se explicitan los temas de género y sexualidad desde una perspectiva igualitaria, tal como se propone en el documento final de la II Conae (Brasil, 2015BRASIL. Fórum Nacional de Educação. Conferência Nacional de Educação 2014: documento final. Brasília: Ministério da Educação, 2015. Disponível em: http://fne.mec.gov.br/images/DocumentoFinal29012015.pdf. Acesso em: 5 maio 2023.
http://fne.mec.gov.br/images/DocumentoFi...
) que analizamos a continuación.

Luna (2017)LUNA, N. A criminalização da “ideologia de gênero”: uma análise do debate sobre diversidade sexual na Câmara dos Deputados em 2015. Cadernos Pagu, Campinas, n. 50, e175018, 2017. https://doi.org/10.1590/18094449201700500018
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señala que en el 2015 se difundieron en el Congreso Nacional propuestas legislativas con el objetivo de prohibir expresamente el debate sobre género en las escuelas. Según la autora, tales proposiciones tienen en común la crítica a la “insubordinação às diretrizes estabelecidas pelas duas casas legislativas ao coibirem o debate sobre gênero e sexualidade nos programas escolares, no entanto, enfrentaram resistência dos educadores” (Luna, 2017LUNA, N. A criminalização da “ideologia de gênero”: uma análise do debate sobre diversidade sexual na Câmara dos Deputados em 2015. Cadernos Pagu, Campinas, n. 50, e175018, 2017. https://doi.org/10.1590/18094449201700500018
https://doi.org/10.1590/1809444920170050...
, p. 28). El debate en el ámbito federal se reproduce en las legislaturas locales, lo que lleva a la aprobación de una serie de leyes que censuran el debate sobre género en las escuelas, normas que serían, en parte, declaradas inconstitucionales por el STF (Carreira; Lopes, 2022CARREIRA, D.; LOPES, B. Gênero e educação: ofensivas reacionárias, resistências democráticas e anúncios pelo direito à educação. São Paulo: Ação Educativa, 2022.; Ximenes; Sena; Moreira, 2022XIMENES, S. B. Com uma tacada, homeschooling abala dois pilares da educação brasileira. UOL/Entendendo Bolsonaro, 2022. Disponível em: https://noticias.uol.com.br/colunas/coluna-entendendo-bolsonaro/2022/05/19/com-uma-tacada-homeschooling-abala-dois-pilares-da-educacao-brasileira.htm. Acesso em: 5 maio 2023.
https://noticias.uol.com.br/colunas/colu...
).

El Desmantelamiento de Derechos Antidiscriminatorios en el ProgramaNacional del Libro Didáctico (PNLD)

Pocos meses después de la aprobación del PNE y luego de que el proceso electoral reeligiera a Dilma (PT) se realizó la 2º Conae, otro momento destacado de incidencia política y articulación entre los movimientos feminista, LGBTQI, antirracista y del campo educativo. En esta ocasión los movimientos sociales del campo de la diversidad participaron incluso de los espacios de organización de la Conae, como fue el Foro Nacional de Educación (FNE) y la Comisión Organizadora vinculada al mismo. Además, todas las etapas anteriores de la Conae (conferencias municipales, regionales, estaduales y libres) se realizaron durante el período de grandes debates en torno a la elaboración del PNE, hecho que reforzó en el campo de la educación la visibilidad de las demandas por DSyR.

En este contexto se inició un proceso de articulación formal del llamado campo de la diversidad, que tiene como resultado el “Grupo Tranças das Diversidades na Educação”, expresando sus demandas en un Manifiesto Público, divulgado en 2014 durante la 2ª Conae (Tranças das Diversidades na Educação, 2014TRANÇAS DAS DIVERSIDADES NA EDUCAÇÃO: grupo de diálogos sobre direitos humanos, diversidade, inclusão e sustentabilidade. Manifesto Político. Nova York: Mimeo, 2014. Disponível em: https://www.geledes.org.br/wp-content/uploads/2014/11/manifesto_tranca_atualizadofinal.pdf. Acesso em: 5 maio 2023.
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). Además de esta agenda común, las organizaciones que integraban el grupo también movilizaron propuestas propias, como fue el caso de la ABGLT, aprobando mociones a favor de la divulgación de materiales educativos del programa Escuela sin Homofobia y la inclusión de 17 de mayo como el día de la lucha contra la homofobia en el calendario escolar (Carreira, 2017CARREIRA, D. Igualdade e diferenças nas políticas educacionais: a agenda das diversidades nos governos Lula e Dilma. São Paulo: Ação Educativa, 2017.).

De esta manera, se observa que los movimientos sociales en torno a los derechos sexuales y reproductivos también fueron impactados en su organización con el propósito de enfrentar a la coalición neoconservadora y su creciente capacidad de influencia en los espacios institucionales. La estrategia común fue continuar con el proceso de juridificación, extendiendo protecciones a grupos y situaciones antes no reguladas, o densificando directrices y principios generales en políticas públicas.

A partir del 2015, especialmente en el 2016, con el golpe parlamentario que destituyó a Dilma de la presidencia, se cerraron los espacios institucionales para la producción de políticas antidiscriminatorias y se inició una agenda de desmantelamiento de los DSyR en los poderes ejecutivo, legislativo y judicial (Carreira; Lopes, 2022CARREIRA, D.; LOPES, B. Gênero e educação: ofensivas reacionárias, resistências democráticas e anúncios pelo direito à educação. São Paulo: Ação Educativa, 2022.).

Una las demandas originada en los movimientos feministas y LGBTQI, cada vez más presente en los debates de las Conferencias y en los manifiestos políticos (como el del “Grupo Tranças”), apuntaban al Programa Nacional del Libro Didáctico (PNLD). Esta demanda consistió en la eliminación de prejuicios de género, raza, orientación e identidad sexual existentes en los materiales didácticos que eran aprobados en dicho programa, combinada al incentivo para la incorporación de enfoques positivos de diversidad de raza y de género, críticas a las desigualdades y contenidos de educación sexual. Estos elementos pasaron a puntuar positivamente en la evaluación de las obras sometidas al MEC.

En el PNLD, las editoriales registradas presentan obras didácticas y literarias para una evaluación coordinada por el MEC, con el asesoramiento de expertos vinculados a las universidades. Las obras se evalúan según criterios de idoneidad técnica y los objetivos del programa, tras su aprobación, están disponibles para la elección por las escuelas públicas de todo el país. Las escuelas las reciben gratuitamente y las entregan a los alumnos a través de la financiación del gobierno federal. Desde 2013, los anuncios de licitación del programa incluyen cláusulas que eliminan las obras que violan los derechos humanos. En la licitación de 2021, sin embargo, la primera formulada enteramente por el gobierno Bolsonaro, tales cláusulas de eliminación son retiradas y se neutralizan las directrices relativas a la promoción afirmativa de la igualdad de género y raza. El Tabla 1 compara los principales cambios entre las llamadas de 2017 y 2021:

Tabla 1
Comparación entre cláusulas equivalentes en el ámbito de evaluación de las obras sometidas al PNLD: Trechos seleccionados (2017 y 2021).

Vick (2022)VICK, F. O caso do PNLD 2023: a técnica jurídica da ofensiva antigênero no material didático. In: SEMINÁRIO CORPO, GÊNERO E SEXUALIDADE, 8., SEMINÁRIO INTERNACIONAL CORPO, GÊNERO E SEXUALIDADE, 4., E LUSO-BRASILEIRO EDUCAÇÃO EM SEXUALIDADE, GÊNERO, SAÚDE E SUSTENTABILIDADE, 4., 2022, Campina Grande. Anais […]. Campina Grande: Realize, 2022. Disponível em: https://mail.editorarealize.com.br/artigo/visualizar/87651. Acesso em: 5 maio 2023.
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señala que el PNLD 2021 representa la ocupación de la burocracia del MEC por sectores neoconservadores, operando una inversión de la técnica de evaluación de obras con el efecto de dejar a la discrecionalidad de los evaluadores la ponderación de posibles contenidos discriminatorios o contrarios a los derechos humanos en los materiales didácticos.

Al analizar comparativamente el contenido de las disposiciones de los edictos del PNLD a la luz del sentido de la juridificación reactiva, el enfoque debe centrarse no sólo en la legislación derogada y los derechos igualitarios silenciados con ella, sino en el significado de la juridificación en sustitución. El caso de la convocatoria PNLD 2021 presenta, en este sentido, una riqueza incomparable de detalles sobre principios de derecho del dogma conservador aplicados a la educación.

En lugar de la prohibición de la discriminación por razón de género, orientación sexual, raza etc., se proponen las ideas de respeto a todos y, de algún modo, neutralizar la lucha contra las desigualdades y la violencia orientando la acción del Estado hacia la promoción de valores considerados universales, como el patriotismo y la ciudadanía. En lugar de la prohibición del adoctrinamiento religioso y la afirmación de la separación entre Iglesia y educación pública, se propone el respeto a las libertades resignificadas por el neoconservadurismo (Vaggione, 2022VAGGIONE, J. M. Derecho y religión: la instrumentalización neoconservadora de la libertad. Ciencias Sociales Y Religión, Campinas, v. 24, e022023, 2022. https://doi.org/10.20396/csr.v24i00.8671843
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): la prevalencia del sentimiento religioso sobre el Estado laico y de la libertad de las familias en la educación.

Las orientaciones afirmativas a favor de las mujeres, los negros y los pueblos originarios, así como la cultura y la historia afrobrasileña e indígena se neutralizaron a favor de “hombres y mujeres” y de las “matrices culturales de Brasil”, consideradas equivalentes en términos de objetivos curriculares. En lugar de la protección del enfoque de género contra los discursos sexistas, homofóbicos y transfóbicos y la no violencia contra las mujeres, primó la sutil afirmación de que tales agendas no caben en el PNLD, programa que tiene la función de cumplir con el derecho a la educación de los estudiantes en una relación destacada con las familias. En lugar de proteger el tratamiento curricular de las relaciones étnico-raciales, se reafirma la vieja diversidad cultural heredera de la ideología de la democracia racial. En lugar de la valoración de la diversidad en otros ámbitos, se sostiene la idea de respeto a las diferencias.

En el fondo, al extraer el efecto eliminatorio de las acciones contrarias a los derechos humanos, el neoconservadurismo (re)afirma en términos prácticos que en los campos de la familia, la sexualidad y la reproducción no hay espacio para los derechos humanos, sino sólo para la mera reproducción de los derechos naturales de la familia y del orden sexual. Se genera así una legislación formalmente laica y materialmente confesional.

Conclusiones

Los movimientos feministas y LGBTQI politizaron distintas decisiones vinculadas a la sexualidad, la familia y la reproducción, antes confinadas a lo privado, cuando no prohibidas o criminalizadas. En particular, el avance de los derechos sexuales y reproductivos habilitó un nuevo paradigma que, entre otras cuestiones, amplía la brecha entre las regulaciones legales y las religiosas, en particular la católica, sobre el cuerpo sexuado. Esta ola de juridificación de las decisiones sexuales y reproductivas implicó, de formas más o menos directas, el desmontaje de la herencia católica naturalizada como basamento del derecho estatal.

En las últimas décadas estos movimientos impactaron en el diseño de las políticas educativas, abriendo un largo abanico de conflictos en un campo en que la normatividad religiosa elevada a norma cultural juega un papel central. La regulación de la educación y de la familia (y sus formas de articulación) son dos temáticas en las cuales la Iglesia Católica conservó su influencia sobre el Estado; o, podríamos decir, dos temáticas donde las normas morales, religiosas y estatales se imbricaron al momento de la construcción del derecho. La naturalización de la relación tutelar padres-alumnos; la presuposición de una organización sexual binaria, complementaria y excluyente; la reproducción de los papeles de género en las tareas escolares cotidianas de educar y cuidar, entre otras, fueron receptadas y mantenidas a través de la regulación sobre la educación. O sea, el momento de separación Estado e iglesia es un momento en el cual ciertas temáticas, al regularse legalmente, son reguladas en sintonía con la doctrina católica, en un pacto de delegación implícita por el cual el Estado se “encarga” de proteger públicamente la moral ciudadana y la iglesia se aboca los creyentes.

Esta estructura educativa se desestabiliza por la creciente reivindicación de los derechos sexuales y reproductivos en la educación; reivindicación que se materializa cada vez más en un conjunto articulado de demandas con el propósito de reconocer y proteger grupos hasta entonces excluidos o silenciados (extensión del derecho) o para materializar principios jurídicos y compromisos políticos generales en políticas públicas antidiscriminatorias y de acción afirmativa en la educación (adensamiento del derecho). No sin contradicciones, este fenómeno es bastante visible en la creciente participación de sectores feministas y LGBTQI en las políticas educativas brasileñas de los gobiernos del PT. Así, propuestas de políticas como la educación sexual integral, la educación antirracista y antidiscriminatoria implican una forma de desmontaje y crítica a una concepción tradicional de la educación.

Frente a los pretendidos cambios en el diseño de la educación, se intensificó una reacción conservadora en defensa de sus concepciones morales como basamento para las políticas educativas. Esta reacción transformó al derecho en una arena prioritaria para evitar y/o desmantelar la inclusión de nuevas regulaciones sobre las prácticas educativas. La defensa de la familia y la lucha contra la ideología de género son dos pilares de la política educativa neoconservadora. Los artículos analizados del PNE dejan ver una reafirmación del pacto de delegación Estado-iglesia en un doble movimiento: la exclusión del género (y de los derechos sexuales y reproductivos) es acompañada de la afirmación estatal de una ciudadanía compatible con los principios religiosos, “con énfasis en los valores morales y éticos en que se basa la sociedad” (Brasil, 2014BRASIL. Lei nº 13.005, de 25 de junho de 2014. Aprova o Plano Nacional de Educação – PNE e dá outras providências. Brasília: Câmara dos Deputados, 2014. Disponível em: https://www.planalto.gov.br/ccivil_03/_ato2011-2014/2014/lei/l13005.htm. Acesso em: 5 maio 2023.
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).

La permanente acción legislativa del activismo jurídico conservador, su capacidad de producción de agendas y de acción organizada en los tribunales, la persecución de profesores y agentes públicos, son hechos que se presentan con destacada virulencia en Brasil. Esta juridificación reactiva pone en circulación renovados argumentos y estrategias legales con el propósito de re-moralizar la política educativa. Con la revisión de los parámetros legales del PNLD en 2021 esta maquinaria legal conservadora logra imponer su gramática a través de la estructura burocrática del Ejecutivo federal.

La acción coordinada de la maquinaria jurídica conservadora va más allá de un mero movimiento “desjuridificador”, es decir, retirar derechos o suprimir protecciones a grupos discriminados y explotados - dimensión en sí misma relevante tanto jurídica como simbólicamente -, sino que supone una intensiva juridificación reactiva en sustitución de derechos reconocidos o reivindicados. Es decir, más que suprimir derechos fundamentales construidos bajo la gramática pluralista, democrática y materialmente laica de los derechos sexuales y reproductivos; se trata de inscribir derechos fundamentales que habían sido relativizados y que, según la gramática neoconservadora, nunca habrían perdido vigencia, pues serían derechos inmanentes a la propia condición humana en un claro movimiento dogmático de renaturalización de lo jurídico (Vaggione, 2018VAGGIONE, J. M. The catholic church’s legal strategies: the re-naturalization of law and the religious embedding of citizenship. Rio de Janeiro: Sexuality Policy Watch, 2018.; 2021VAGGIONE, J. M. Juridificación reactiva: la re-cristianización a través del derecho. Centro de Estudios Latinoamericanos Avanzados; Consejo Latinoamericano de Ciencias Sociales, 2021.). Las formas en que el derecho construye e implementa las políticas públicas en educación devinieron en un campo de conflicto donde posturas en tensión, incluso en oposición, se movilizan por hacer primar su cosmovisión política y moral. Este conflicto es sin dudas sobre el orden sexual pero también evidencia fuertes desacuerdos sobre las formas de entender el rol del estado, de la familia y de la escuela en un sistema democrático.

Notas

  • 1
    En los siguientes apartados abordaremos la usual distinción entre laico y secular para destacar los límites de la noción de laicidad para la comprensión del fenómeno en estudio.
  • 2
    Ver Arlettaz (2015)ARLETTAZ, F. Matrimonio homosexual y secularización. México: Instituto de Investigaciones Jurídicas, 2015. para un estudio sobre estas dinámicas respecto a la forma de regular el matrimonio en Argentina.
  • 3
    En 2011 la Secad incorpora la Secretaría de Educación Especial (SEE) y se transforma en Secadi. En 2019 la Secadi es extinta en los primeros días del gobierno de Bolsonaro.
  • 4
    Para Alexy (2008)ALEXY, R. Teoria dos direitos fundamentais. São Paulo: Malheiros, 2008. un principio es una norma jurídica que, diferente de las reglas habituales del derecho positivo que prescriben obligaciones directas y sanciones aplicables a su incumplimiento, señalan una dirección a seguir, un mandamiento de optimización a través del derecho cuyo cumplimiento puede adoptar distintas formas de juridificación. En esta concepción, la inclusión de la “la promoción de la igualdad racial, regional, de género y de orientación sexual” cómo un principio jurídico tiene el efecto jurídico de indicar una dirección para las políticas públicas aunque de inmediato no genere ninguna obligación legal específica en este campo, diferente, por ejemplo, de lo que ocurría en la estrategia 3.9, ya comentada.
  • 5
    Esta interpretación es objeto de la ADI 5.668, en el Supremo Tribunal Federal (STF).
  • 6
    En esta parte, traducción libre del “Parecer Técnico-Jurídico da Anajure [Associação Nacional de Juristas Evangélicos] sobre os Planos Estaduais e Municipais de Educação”.
  • Trabajo desarrollado con el apoyo del Conselho Nacional de Desenvolvimento Científico e Tecnológico (Brasil) en el ámbito de la Convocatoria nº 9/2022 y del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Tecnológicas (Argentina).

Referências

  • AÇÃO EDUCATIVA. A ideologia do movimento Escola sem Partido: 20 autores desmontam o discurso. São Paulo: Ação Educativa, 2016.
  • AÇÃO EDUCATIVA. Manual de defesa contra a censura nas escolas São Paulo: Ação Educativa, 2018. Disponível em: https://manualdedefesadasescolas.org.br/ Acesso em: 5 maio 2023.
    » https://manualdedefesadasescolas.org.br/
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Editor de sección: Vicente Sisto https://orcid.org/0000-0003-4510-4041

Fechas de Publicación

  • Publicación en esta colección
    23 Set 2024
  • Fecha del número
    2024

Histórico

  • Recibido
    13 Jun 2023
  • Acepto
    04 Set 2023
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