Resumen
Este artículo tuvo como objetivo verificar si el Comité Paralímpico Brasileño (CPB) cumple con los principios de la legislación vigente en lo que se refiere a la implementación de proyectos de interés social financiados con fondos públicos (2010-2016). Desde 2012, el CPB ha ostentado el título de Organización de la Sociedad Civil de Interés Público (OSCIP), lo que prescribe la implementación de actividades de interés público y rigor en el proceso de rendición de cuentas. Los datos de informes de rendición de cuentas de los fondos obtenidos a través de Términos de Colaboración y de la Ley Agnelo/Piva se contrastaron a la luz de la Planificación Estratégica y del Estatuto Social del CPB. Los resultados indican aspectos contradictorios entre las especificaciones legales que rigen las actividades de las organizaciones de interés público y las normas de financiación de los comités deportivos nacionales.
Palabras clave:
Deportes para personas con discapacidad; Organizaciones; Financiación gubernamental