Este artículo examina las experiencias de los estados y del Distrito Federal acerca de las entidades que operan los sistemas de pensiones de su propia seguridad social (RPPS). En primer lugar, describe los orígenes y justificaciones de la necesidad de unicidad gerencial de los RPPSs. Luego, a partir del referencial teórico y normativo se sistematizan las propiedades conceptuales de "entidad gestora única". Por medio de un cuestionario aplicada a los representantes de los RPPSs de los estados y Distrito Federal, se averiguó cuales tienen entidades previsionales que atienden a las propiedades conceptuales presentadas en este artículo. Los resultados muestran que pocas entidades previsionales pueden ser consideradas como entidad de gestión unificada y que la fragmentación de las actividades de otorgar y pagar las pensiones debe ser revisada para proporcionar mayor eficiencia, transparencia y control en la gestión de RPPSs.
seguridad; servidor público; la unidad de gestión