Resumen
Este documento discute el proceso de criminalización de la migración en tránsito vivido en México desde que el país reconoció esta categoría de migrante en los 1990s. Según Stumpf (2020), la crimigración se basa en instituciones y sistemas existentes y en funcionamiento continuo, así como en una infraestructura establecida para aumentar o reducir las detenciones y deportaciones de personas migrantes. Se presenta como la profundización lógica del paradigma de Seguridad Nacional y la externalización de fronteras implementado después de 9/11 (Koulish, van der Woude, 2020). En la estrategia de gestión migratoria mexicana conviven este paradigma con el de Seguridad Humana cuyas principales acciones chocaron con el discurso antiinmigrante de Estados Unidos, sobre todo durante el gobierno de Donald Trump. De ahí cabe la pregunta ¿cómo el Estado mexicano ha adaptado la gestión de fronteras y migrantes en su territorio, al ser parte del perímetro de seguridad norteamericano? La idea que guiará este trabajo es que sin que México haya establecido un discurso que los criminalice, en la práctica el migrante en tránsito ha sido ilegalizado y criminalizado durante el proceso de construcción de esta categoría como parte de la gestión migratoria nacional.
Palabras Clave: migración de tránsito; crimigración; externalización de fronteras; seguridad nacional; seguridad humana; México
Abstract
This paper reviews the process of criminalization of transit migration experienced in Mexico since the country acknowledged this category of migrant in the 1990s. According to Stumpf (2020, p. 100), crimigration is based on existing and continuously functioning institutions and systems, as well as on an established infrastructure to increase or reduce detentions and deportations of migrants. It is presented as the logical continuation of the national security paradigm and the externalization of borders implemented after 9/11 (Koulish, van der Woude, 2020). The Mexican migration management coexists, since 2011, with the Human Security paradigm whose main actions clashed with the anti-immigrant discourse of the United States during Donald Trump’s administration. Hence, the question arises: how has the Mexican State adapted the management of borders and transmigrants in its territory, being part of the U.S. security perimeter? The idea that will guide this paper is that without Mexico having established a discourse that criminalizes migrants, in practice the migrant in transit has been illegalized and criminalized during the process of construction of this category as part of the domestic migration governance.
Keywords: transmigration; crimmigration; borders externalization; national security; human security; Mexico
El migrante en tránsito en México empezó a construirse en la ley, en la política y en la estadística en la década de los 1990s. Aunque la figura ya existía en la Ley General de Población (LGP) de 1974, a partir de 1993 México se asumió como país de tránsito y ha creado instituciones para el manejo y gestión de la creciente transmigración -fundamentalmente centroamericana- (Guevara Bermúdez, 2014). Al hacer esto, se abandonó la visión del país expulsor de migrantes, para construir la categoría de migrante de tránsito en un discurso político ambiguo y lleno de eufemismos en su gestión. Este trabajo hace una revisión de la literatura sobre la migración de tránsito para discutir cómo México ha establecido una política de gestión transmigratoria adaptada a las presiones de Estados Unidos y, en menor medida, de las organizaciones de la sociedad civil de protección de migrantes. Eso ha implicado la convivencia de los paradigmas de Seguridad Nacional y de Seguridad Humana para responder a diferentes momentos de crisis. La idea que tratamos de reforzar es que, aunque México no ha utilizado un lenguaje que criminalice a la migración en tránsito, sus acciones sí han intensificado su gestión en principios que ilegalizan y criminalizan a los transmigrantes.
El enfoque mexicano de gestión migratoria en la región norteamericana no puede en-tenderse fuera del patrón de dependencia (North, 1990) iniciado por Estados Unidos en 1994. Fue en ese año que la administración demócrata de Bill Clinton lanzó la Operación Hold the line y la construcción del muro fronterizo entre Estados Unidos y México. Por su parte, México ha reforzado acciones de contención migratoria, ilegalización de los migrantes y militarización de las fuerzas que detienen los flujos migratorios (Candiz, Bazok, 2021; Anguiano, Lucero, 2020). La dinámica doméstica de crecimiento de organizaciones del crimen organizado y su creciente control territorial se asocia con la migración y el tráfico de migrantes lo que, sumado a un discurso lleno de eufemismos, con la criminalización migratoria se pretende proteger los derechos humanos de los transmigrantes (Torre, 2019; Anguiano, Lucero, 2020). Junto a esto, a partir de 2011 cuando se aprobó la Ley de Migración, la gestión migratoria reconoce y se apoya en organizaciones de protección a migrantes que han establecido a lo largo del país casas santuario para facilitar, defender y proteger el movimiento de migrantes hacia el norte, incluyendo la asesoría en la solicitud de refugio desde 2013 (Bazok, Candiz, 2020).
En estos casi 30 años, México aceptó la externalización de fronteras de Estados Unidos y militarizó el control migratorio a través de:
-
La formalización de las instituciones de control migratorio en los años 1990 a 2001;
-
El establecimiento de un perímetro de seguridad en América del Norte, entre 2001 y 2008, en el que se empezó a criminalizar la migración, como respuesta a la reorganización de las instituciones de seguridad estadounidenses;
-
La crisis por las violaciones de derechos humanos de las personas migrantes en tránsito en México entre 2009 y 2013;
-
La crisis de las caravanas iniciada por los niños migrantes no acompañados en 2014 y la llamada crisis de refugiados en 2019-21;
Con excepción del tercer momento que tuvo un origen doméstico, esta cronología nos permite identificar las situaciones que forzaron medidas estatales extraordinarias. A partir de ellas, se ha acentuado la externalización de fronteras de Estados Unidos a México, lo que lleva a la criminalización y militarización de la gestión migratoria mexicana sostenida en las instituciones creadas ad-hoc (Bazok, Candiz, 2020). Segundo, con base en esta estructura institucional se ha intensificado la crimigración, el aumento de detenciones y deportaciones de migrantes transitando por México, que en la estadística a partir del gobierno de López Obrador ilegaliza y contabiliza por su ‘situación migratoria irregular’1. Desde el inicio del milenio los eventos de deportación desde México suman más de 2 millones 749 mil deportaciones de personas, fundamentalmente originarias de los países del norte de Centro América; 18.2% de los cuales, es decir medio millón de personas, fueron deportadas solamente entre enero de 2019 y noviembre de 2023, que incluyen 4 años y 11 meses del sexenio López Obrador.
Nota Metodológica
Este trabajo surgió de un intento por organizar un trabajo comparativo del proceso de crimigración, tal como lo define Stumpf (2020), en distintos países en la primavera de 20232. A partir de esta invitación, empezamos a revisar y releer a los principales autores del tema de gestión de fronteras, transmigración y política migratoria mexicana que ha sido del interés personal de la autora desde que colaboró con Juan Artola en la sede mexicana de OIM entre 2007 y 20093. De tal manera, hemos seguido a los autores pioneros en el estudio de estos temas en México como Rodolfo Casillas, Martha Rojas, Maru Anguiano y Daniel Villafuerte, entre otros. La lista se ha ido incrementando con el paso del tiempo.
Nos basamos inicialmente en la lista de políticas mexicanas creada por Anguiano y Lucero (2020) y la fuimos incrementando con búsquedas en ResearchGate y otros índices como Redalyc y Scielo para detectar temas específicos que fuimos identificando. No hicimos una contabilización de los resultados o del número de autores y artículos leídos, porque nos enfocamos en que los temas identificados en la línea del tiempo fuesen lo más exhaustivos posible. Esto nos permitió hacer énfasis en los detalles y temas que fueron surgiendo desde la definición de una política de transmigración en México, de los actores que influyeron en la definición de políticas y acciones del gobierno mexicano, de los actores que iban apareciendo en el tiempo como interlocutores del Estado, así como los paradigmas que definían las legislaciones y estrategias que se iban implementando. La idea era definir si estas acciones de política podían incluirse en la lógica estadounidense de crimigración. El trabajo de revisión bibliográfica y sistematización nos llevó más de un año, ya que, al ser un tema de actualidad, descubríamos nueva literatura constantemente, por lo que decidimos detener el análisis en 2021 y, aunque mencionamos alguna vez al gobierno Biden, ya no lo incluimos.
Organizar el seguimiento longitudinal de la política de transmigración mexicana nos permitió identificar los puntos de quiebre con los que se profundizó la lógica de la securitización, el espacio que se pretendió dar a de seguridad humana, hasta la intensificación de la crimigración en México, tal y como se discute con detalle más adelante. Así, proponemos cuatro momentos en los que el gobierno ha ahondado en sus acciones y políticas los principios de securitización y criminalización migratoria como salida a crisis o presiones de Estados Unidos. En la siguiente sección presentamos los conceptos básicos que guían nuestro análisis. En la tercera parte se presentan los 4 momentos que marcan la profundización de la criminalización en la gestión de la migración en México en este milenio. El trabajo discute el alcance del concepto de crimigración en el caso mexicano y concluye en la última parte.
Definiendo la Crimigración
Para los fines de este trabajo consideramos que el Estado Mexicano define al migrante en términos políticos como “una persona cuyo movimiento o cuya presencia ,#091;en el territorio,#093; es considerada como un problema” (Anderson, 2019). En consecuencia, las personas son llamadas “migrantes ilegales” para significar que “un migrante ha cometido un crimen, no pertenece y alguien más (frecuentemente el que lo define así) ha sido engañado (…) ,#091;presentando,#093; a los inmigrantes ilegalizados como no deseados, no permitidos o como delincuentes racializados" (Bauder, 2013, p. 2). Bauder (2013) señala que “una persona puede ser ilegalizada de múltiples maneras. Una de ellas es que entre al país sin un permiso legal para hacerlo. (…) los mexicanos que quieren cruzar a Estados Unidos requieren de una visa como inmigrantes o no inmigrantes, lo que les proporciona un estatus legal. De esta manera, el gobierno 'ilegaliza' a los migrantes que no tienen un permiso de entrada y les niega un estatus legal ,#091;en el país,#093;”. Este mismo modelo se reproduce en México con los migrantes en tránsito, al reconocer en la Constitución y la ley su derecho al tránsito, pero al imponerle condiciones imposibles de alcanzar en los reglamentos crea su ‘condición irregular’ en el país (Torre, Yee, 2018).
La ilegalización de los migrantes permite justificar un discurso de criminalización dentro del paradigma de seguridad nacional, securitización y externalización de las fronteras vigente desde 2001. De acuerdo con Stumpf (2020, p. 100), se “sustituye la imagen del inmigrante trabajador que cruza la frontera en busca de una vida mejor (…) por la de un extranjero que se ubica en el límite entre lo que se puede y lo que no se puede controlar y lo convierte en un objeto de miedo”. Así, la crimigración se construye en una narrativa que tiende a asociar migrantes con delincuentes y exagera el daño que los primeros pueden causar a las comunidades en las que se asientan (Stumpf, 2020). Conforme se profundiza la securitización y externalización de las fronteras, en México definida como ‘frontera vertical’ (Anguiano, Trejo, 2007), se asocia la migración con actos potencialmente criminales que representan riesgos para las comunidades (Chacón, 2021). De esta manera, la seguridad nacional, la seguridad pública y la seguridad fronteriza dejan de diferenciarse en el discurso político y se traduce en la criminalización de los migrantes (Herrera-Lasso, Artola, 2011). Con ello las políticas que iniciaron en los años 1990s en México y Estados Unidos han escalado de la gestión y la contención, a la criminalización en la definición de un problema global y regional, así como su impacto a nivel nacional y local.
A pesar de ello, las personas migrantes -mayoritariamente de los países del norte de Centroamérica- que transitan por territorio mexicano desafían las fronteras de al menos tres países para alcanzar los Estados Unidos (Bazok, Bélanger, Rojas, Candiz, 2015). Al hacerlo, obligan al país a redefinir la concepción tradicional de migrante -que hasta los años 1990s se refería a los mexicanos que buscaban una mejor vida en Estados Unidos- para incluir a las personas ilegalizadas que transitan por México para alcanzar este país (Rojas, 2020). Al mismo tiempo, refuerzan una gestión migratoria en la que cada vez es más borrosa la distinción entre lo doméstico y lo internacional, así como la línea que divide las fronteras internas y las externas (Chacón, 2021; Koulish, van der Woude, 2020). De este modo, los migrantes en tránsito reconocidos en la ley -cuyo movimiento indocumentado es una falta administrativa- son criminalizados al ilegalizarlos y negarles los derechos garantizados en la Constitución (Guevara Bermúdez, 2014).
México ha aceptado la refronterización, es decir, que Estados Unidos extienda sus fronteras cada vez más hacia el sur (Hernández, Porras, Morante, 2019). A nivel doméstico, la política migratoria es una facultad exclusiva del gobierno federal en ambos países, que en México involucra cada vez más actores locales y al ejército en la implementación de políticas migratorias4. Así como “las restricciones actuales ,#091;dictadas por México,#093; a los derechos de las personas migrantes son medidas que pueden calificarse como punitivas o criminalizantes ,#091;…,#093; al pretender disuadir a las personas para no ingresar sin documentos migratorios vigentes, por lo que les pueda ocurrir en su tránsito por el país” (Guevara Bermúdez, 2014, p. 84) o por su asociación con organizaciones de tráfico de personas. Estos elementos tienden a profundizar la fusión de estrategias de control del crimen organizado con las del control e ilegalización de la migración, dando lugar al fenómeno de la crimigración.
Presentar la migración como un riesgo a la seguridad tiene sus propias contradicciones. Herrera-Lazo y Artola (2011) consideran que es “inevitable que el tema de la seguridad tenga un alto efecto contaminante sobre el migratorio (…) Esta confusión, ciertamente propiciada por los planteamientos y contradicciones de la política estadounidense, ha llevado a que cuando se habla de migración y seguridad usualmente no se explicita si se trata de seguridad nacional, seguridad pública, seguridad de los migrantes o seguridad de la frontera.” De esta forma, así como Anderson (2019) plantea la diferenciación del migrante en las definiciones legales, en las estadísticas y en el debate público, es preciso notar que la unilateralidad de la definición de seguridad y su relación con la migración propicia la criminalización de migración y migrantes al presentarlos como un riesgo al que cada persona o grupo atribuye un significado. Es así que, al formar parte del perímetro de seguridad de Estados Unidos, México ha sido establecido como un espacio de riesgo a la seguridad, soberanía y orden de ese país por sus vínculos, reales o retóricos, entre el crimen organizado y la migración en tránsito irregular.
Esta falta de claridad facilita también que Estados Unidos emprenda, y presione a otros a emprender, acciones inmediatas y permanentes para el control de -reales o potenciales- riesgos domésticos, de fronteras, regionales o globales. En esto, la noción de crisis es fundamental. Las estrategias contra el crimen común no se presentan como crisis, pero la migración sí se maneja como una crisis dentro de la perspectiva crimigratoria. Así “cuando la criminalidad y la migración se convierten en asuntos de seguridad nacional se espera que el Estado las prevenga (…) Combinadas, securitización y crimigración crean un entrecruzamiento de autoridad para utilizar el poder preventivo de la securitización, el poder punitivo del control del crimen, así como la amplia autoridad administrativa del control migratorio” (Stumpf, 2020, p. 106). La atención de la(s) crisis obliga al Estado a crear medidas permanentes y de fuerza para atenderlas. Si se vuelve una crisis de seguridad nacional o humana, aún más. Como veremos más adelante, el manejo de crisis ha forzado al Estado mexicano a compensar entre la relación entre crimigración y las acciones de organizaciones protectoras de los migrantes que visibilizan las condiciones de vulnerabilidad del tránsito migrante. Estas acciones y reacciones se dan balanceando los principios del paradigma de seguridad nacional y los del paradigma de seguridad humana5. En el primer caso, se crean “estructuras de gran tamaño” para reforzar un régimen crimigratorio (“super-size” enforcement regimes) (Koulish, van der Woude, 2020) sostenidas en el ejército; en el segundo, para generar, desde abajo, espacios santuario de protección y visualización de la vulnerabilidad de las personas migrantes (Bazok, Candiz, 2020), que se discuten en el siguiente apartado.
Criminalizando la Trans-Migración en México: La respuesta a cuatro situaciones de crisis
En este apartado describimos el proceso de criminalización de la transmigración seguido en México desde los años 1990s. El análisis se realiza de manera cronológica, lo que nos permite trazar el proceso en el que ha profundizado el paradigma de seguridad nacional en la gestión migratoria mexicana y reforzado la criminalización de la migración en el país. Este proceso también ha implicado la inclusión de nuevos actores que van de los gobiernos de los países centroamericanos expulsores, las organizaciones de la sociedad civil (OSC) que trabajan para proteger a las personas migrantes, los militares para sustituir a policías federales y luego a los oficiales que administran las agencias de contención migratoria, entre otros.
La formalización de las instituciones y la contención migratoria: los años 1990 a 2000
La movilidad de personas centroamericanas en México es un proceso que inició en la década de los años 1970s. Resulta de una acumulación de causalidades que ha mantenido el movimiento de personas y familias vigente por más de 50 años (Rojas, 2020). Se reforzó cuando, en el contexto de la Guerra Fría, los Estados Unidos apoyaron acciones bélicas en Guatemala, El Salvador, Nicaragua y entrenaba la contra nicaragüense en Honduras. En este contexto, México empezó a recibir en Chiapas y Tabasco desplazados guatemaltecos y también se convirtió en el país por el que transitaban mayoritariamente personas de los países del Norte de Centroamérica (NCA) con el objeto de alcanzar los Estados Unidos.
México se reconoció como país de tránsito de migrantes durante la década de los años 1990s, en el contexto de las negociaciones del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN)6. El punto de partida fue establecer en el artículo 42 de la Ley General de Población (LGP) la categoría de transmigrante, con lo que formalizó la existencia de un tipo de migrante que no buscaba establecerse, sino recorrer el territorio para alcanzar los Estados Unidos (Torre, Yee, 2018). Con apoyo de Estados Unidos, México formó una infraestructura institucional y burocrática especializada en la gestión migratoria (Bazok, Candiz, 2020). En 1993, creó el Instituto Nacional de Migración (INM), como un organismo autónomo descentralizado de la Secretaría de Gobernación (Anguiano, Lucero, 2020). “En el decreto mediante el cual se creó esta dependencia, el entonces presidente de México, Carlos Salinas de Gortari (1988-1994), refería que ‘el país ya se había convertido en un país de tránsito para inmigrantes centroamericanos, de origen asiático y de otras nacionalidades’ por lo que debían llevarse a cabo ‘acciones preventivas y operativas para su control’ (DOF, 19 de octubre de 1993)” (Rojas, 2020, p. 20-21). De esta manera, se instalaron delegaciones del INM a lo largo del país para controlar, detener y deportar a las personas migrantes, desde las fronteras y puntos de internación aéreos o marítimos, hacia ‘rutas y puntos provisionales’ en el territorio utilizadas por las personas en tránsito (Anguiano, Lucero, 2020).
Un transmigrante fue definido como toda persona en tránsito hacia otro país que, con un estatus de no-migrante, podría permanecer en México hasta por 30 días. El reglamento de la ley, sin embargo, los autorizaba a transitar por el territorio mexicano siempre que contaran con un permiso de admisión al país al que se dirigiesen, lo que era básicamente imposible de obtener (Torre, Yee, 2018). Así, el reglamento simplemente ilegalizaba la presencia de los migrantes en tránsito en el territorio mexicano, a pesar de garantizar su presencia en la Ley. Estas medidas ampliaron las atribuciones de la Secretaría de Gobernación para vigilar la entrada y salida de extranjeros y penalizar y expulsar a los que no pudiesen cumplir con los requisitos legales (Torre, Yee, 2018). Estas decisiones representaron los primeros pasos para criminalizar de facto a los migrantes en tránsito por México que buscaban alcanzar, sin papeles, los Estados Unidos. Su situación en México se convirtió en una legalidad ilegalizada o en una legalidad liminal (Rojas, Bazok, 2020; Menjívar, 2006). Es decir, el migrante en la Constitución y en la Ley goza de derechos, pero en la reglamentación de esas normas se ilegaliza su presencia en el territorio y justifica su expulsión.
La detención migratoria se ha concentrado en la frontera sur mexicana. Aquí se diferencia la regulación del flujo laboral tradicional en el trabajo agrícola, del control de la transmigración que se pensó se detendría cuando finalizaran los conflictos bélicos en los países de origen (Torre, Yee, 2018). En la práctica, la gestión de la migración ha implicado: la regularización del movimiento transfronterizo a través de formas migratorias para ordenar el movimiento de trabajadores agrícolas temporales y para la retención, detención y deportación de los migrantes en tránsito en la Frontera Sur mexicana (Rojas, 2020; Anguiano, Lucero, 2020). Igual que Estados Unidos, México se centró en definir políticas de detención del cruce fronterizo para evitar que se adentren en el territorio mexicano en dirección al norte. Es así que, en febrero de 1998, implementó la Operación de Sellamiento que buscaba detener migrantes sin documentos, controlar e inspeccionar todo tipo de vehículos con el argumento de detección de armas y drogas (Rojas, 2020), es decir asociar el control de la migración con el control del crimen organizado.
Según Anguiano y Lucero (2020), las políticas mexicanas pasaron de la gestión a la contención migratoria. Al formalizar una política dirigida a mantener un movimiento circular de trabajadores centroamericanos migrantes en el sur del país y buscar contener la migración de tránsito concentrando las acciones en los estados mexicanos que hacen frontera con Centroamérica. A pesar de que se formalizó al migrante en la ley como sujeto de derechos, el movimiento migrante hacia el norte se ilegalizó al imponer condiciones imposibles para justificar la presencia y movimiento de estas personas por el territorio. Finalmente, se formalizaron las estancias, oficinas y burocracias para extender en todo el territorio nacional puntos de revisión, detención y deportación de migrantes en situación ilegalizada. En este período el migrante en las estadísticas fue definido como ‘migrante devuelto’.
De la contención migratoria a la Securitización de las fronteras: la creación de un perímetro de seguridad para América del Norte (2001 a 2008)
Este período inicia con los ataques terroristas de 9/11 y concluye con la crisis económica global en 2008. Con el primer evento inicia la implementación de políticas que propiamente entremezclan seguridad nacional, seguridad de las fronteras, seguridad pública y criminalización de la migración. Estados Unidos definió a los migrantes como un riesgo a su seguridad interna, fronteriza y nacional7. Estableció controles domésticos, bilaterales e internacionales dentro del paradigma de seguridad nacional, seguridad pública y seguridad fronteriza, así como de las instituciones que los definen e implementan. Incrementó de manera sustantiva los recursos materiales y humanos para contener y deportar a migrantes (Mittlestad, Speaker, Meissner, Christi, 2011). En respuesta a la crisis económica, Estados Unidos emprendió la deportación masiva de migrantes ilegalizados.
En 2003, Estados Unidos creó el Departamento de Seguridad Interna. Esta nueva dependencia incluyó las agencias de seguridad nacional, seguridad pública y gestión migratoria, definió un perímetro de seguridad que externalizó las fronteras de Estados Unidos al norte y al sur para prevenir nuevos ataques terroristas y estableció controles más estrictos a viajeros e inmigrantes (Mittlestad, Speaker, Meissner, Christi, 2011). Uno de los aspectos más importantes de este cambio fue el establecimiento de “bases de datos interfuncionales en las que convergen los servicios de inteligencia y la aplicación de la ley, remodelando la implementación de las leyes de inmigración a escala federal, estatal y local mediante una recogida e intercambio de información mayor” (Mittlestad, Speaker, Meissner, Christi, 2011). Esto facilitó reunir los datos que derivaron de programas con E-Verify, Comunidades Seguras, los acuerdos g287, redadas en los centros de trabajo, revisiones en la calle, multas de tránsito entre muchos, con los que se hostigó la vida cotidiana de personas indocumentadas y llevaron a su expulsión del país.
En el contexto binacional, según Herrera-Lasso y Artola (2011), “Estados Unidos invirtió muy poco en la cooperación con México en materia de seguridad. Su política de control de la frontera como parte de la seguridad fue estrictamente unilateral. México no fue ni consultado, ni tomado en cuenta al momento de definir políticas y programas.” A nivel bilateral y regional los intercambios se concentraron primero en el control fronterizo. En este contexto, se firmaron acuerdos como el Plan de Acción para Seguridad Fronteriza (2001), el Plan de Fronteras Inteligentes, el Plan de Acción de la Alianza para la Frontera México-Estados Unidos (2002) y el Plan de Acción entre México y Estados Unidos para la Cooperación sobre Seguridad Fronteriza (2004) (Torre, Yee, 2018; Anguiano, Lucero, 2020; Herrera-Lasso, Artola, 2011). La región comercial norteamericana se reconvirtió en un perímetro de seguridad estadounidense con la Alianza para la Seguridad y la Prosperidad de América del Norte (2005). En 2008, con apoyo y financiamiento de Estados Unidos, entró en vigor la Iniciativa Mérida que reforzaba en México la estrategia antinarcóticos, seguridad fronteriza y antiterrorismo, construcción y fortalecimiento de policías y fiscalía y apoyo financiero a otros programas (Anguiano, Lucero, 2020).
México empezó a actuar a partir de 2001 como espacio de contención de migrantes en tránsito hacia Estados Unidos. Rojas (2020, p. 18) asegura que “para el gobierno federal mexicano la migración en tránsito ha sido una etiqueta de migración irregular, antes de 2008, ilegal”. Se buscaba evitar que potenciales terroristas se infiltraran entre los migrantes para llegar a los Estados Unidos por la frontera con México (Herrera-Lasso, Artola, 2011). Las principales políticas implementadas continuaron con el control de la Frontera Sur mexicana, a través del Plan Sur (2001-03), que reforzó la vigilancia y detención de la migración de tránsito que se amplió de las líneas fronterizas, hasta el Istmo de Tehuantepec y Veracruz. También se buscó regularizar a los trabajadores centroamericanos y mantenerlos entre el Istmo de Tehuantepec y la Península de Yucatán (Torre, Yee, 2018; Anguiano, Lucero, 2020). En 2003, se inició el Programa de Fortalecimiento de las Delegaciones Regionales de la Frontera Sur, que incrementó los mecanismos de control de la migración indocumentada y el tráfico de migrantes (Anguiano, Lucero, 2020). Reforzando el enfoque hacia la detención y expulsión de los migrantes en tránsito, las Estaciones Migratorias (centros de registro y detención) se incrementaron de 25 a 52 en el país -siguiendo las rutas de sur a norte más utilizadas por los migrantes ilegalizados (Torre, Yee, 2018).
En 2005, México estableció la Estrategia Integral de Control de su Frontera Sur e implementó el Sistema Integral de Operación Migratoria (SIOM). Con este sistema se digitalizan los ingresos documentados -con destino temporal o definitivo a los estados de Chiapas, Tabasco, Campeche y Quintana Roo-, las deportaciones, así como el control de los principales puntos de internamiento en las fronteras con Guatemala y Belice8. En el mismo año el INM se incorporó al Consejo Nacional de Seguridad Pública, que implicaba el intercambio de información a nivel doméstico y en el perímetro de seguridad norteamericano, con lo que se facilita la detección del movimiento y establecimiento de personas (Guevara Bermúdez, 2014)9. Finalmente, en 2008 se reformó la Ley General de Población para despenalizar la presencia de personas sin papeles en el país y se establecieron nuevas formas migratorias para regular a los trabajadores fronterizos temporales centroamericanos desde el Istmo de Tehuantepec a la Península de Yucatán (Torre, Yee, 2018; Anguiano, Lucero, 2020).
A pesar de ello, entre 2003 y 2013 se incrementó la migración de personas de origen centroamericano en tránsito por México -Guatemala en 40%; El Salvador, 28.4% y Honduras, 40.8%- (Paris, 2016)10. Apoyado en el aparato institucional creado en el periodo anterior, el gobierno de Vicente Fox (2000-2006) registró más de un millón de eventos de deportación entre 2001 y 2006, 95.1% de los cuales eran originarios de El Salvador (17.3%), Guatemala (45.4%) y Honduras (32.4%). Estos se redujeron a poco más de 474 mil eventos entre 2006 y 2012, durante el gobierno de Felipe Calderón, siendo el 95.6% de ellos oriundos de los mismos países.
Centroamérica aparece en este período como un interlocutor mexicano en la detención y expulsión de sus nacionales. Se firmó un memorándum de entendimiento con Guatemala (2002) para facilitar las deportaciones a este país. En ese mismo año se creó el Grupo de Alto Nivel sobre seguridad fronteriza entre México, Guatemala y Belice para realizar labores de inteligencia contra el terrorismo, crimen organizado y delitos relacionados con la migración y trata de personas. En 2004, se firmó un Memorando de Entendimiento para la Protección de Mujeres y Menores de Edad Víctimas de Trata y Tráfico de Personas en la Frontera México-Guatemala y, en 2005, con El Salvador. Para detener la migración, México promovió el Plan Puebla-Panamá (2001) para propiciar el desarrollo humano y la integración económica del sur de México con Centroamérica y Colombia.
En este período, la modificación unilateral de la política migratoria y de seguridad por parte de Estados Unidos reforzó el intercambio de información entre agencias de Estados Unidos y entre este país y México, Guatemala y Belice. Como se ha descrito, México se concentró en reforzar los mecanismos de control fronterizo y el registro de migrantes de manera interna y con los vecinos Guatemala y Belice. Además, durante el gobierno de Vicente Fox (2000-2006), deportó un número sin precedentes de migrantes en tránsito, por ello se firmaron acuerdos de repatriación con Guatemala y El Salvador. Los migrantes en la ley fueron definidos como asegurados -detenidos- en estaciones migratorias -cárceles-, presentados y devueltos, para hablar de la privación de la libertad y deportación de los mismos.
De la Crisis de los derechos humanos, hasta la caravana de niños no acompañados. La implementación del Paradigma de Seguridad Humana (2009-2014)
Este período comprende las distintas crisis de los derechos humanos registradas en México entre 2009-2011, hasta la caravana de niños no acompañados en la frontera de Estados Unidos entre 2013 y 2014. En este período, se consolidaron las instituciones de seguridad interna, se unificaron las bases de datos inter-agencias de gobierno federal, estatal y local permitiendo a la administración de Barack Obama (2008-2016) la implementación del ‘Law accountability policy’, la aplicación más estricta de las regulaciones migratorias a través del cruce de información sobre personas en situación ilegalizada, su detención y expulsión de Estados Unidos. Con la participación de autoridades municipales (condados) y estatales en la supervisión migratoria, lo que hizo a Obama el Deportador-en-jefe (Chrishti, Pierce, Bolter, 2017).
Ante el creciente número de mexicanos deportados desde Estados Unidos, México redujo la contención, detención y devolución de migrantes centroamericanos tratando de su territorio. Durante el gobierno de Felipe Calderón, los eventos de detención y deportación se redujeron a más de la mitad con respecto al gobierno de Fox. Estados Unidos, entonces, se vio forzado a negociar directamente con los gobiernos centroamericanos acuerdos de repatriación, acciones de contención migratoria y de gestión fronteriza primero con el gobierno de Guatemala (2008) y, a partir de 2009, con Honduras, Nicaragua y El Salvador. Además, replica los acuerdos de cooperación en materia de seguridad y desarrollo fronterizo con Belice y Guatemala, firmados con México años antes (Torre, Yee, 2018, p. 91). Con ello Obama sostuvo la deportación masiva de migrantes desde Estados Unidos, su obstaculización en el mercado laboral y cambió una forma de vida amistosa, por una de hostigamiento hacia los migrantes (Cruz, 2019).
A partir de 2010, México reforzó acciones de securitización que implicaron cambios formales e institucionales. Para reforzar las instituciones de seguridad, con apoyo de Estados Unidos, México implementó la segunda etapa de la Iniciativa Mérida (2011) para intensificar la lucha antinarcóticos, la seguridad fronteriza, el antiterrorismo, la seguridad pública, la construcción de instituciones de policía e inteligencia, así como el apoyo de otros programas (Torre, Yee, 2018; Herrera-Lasso, Artola, 2011). En 2011, también reformó la Ley de Refugio, Protección complementaria y Asilo político, para establecer procedimientos para otorgar estatus de asilo y refugio, para adecuarlo a la adhesión del protocolo de Ginebra hecho en el año 2000 (Coporo, Morales, 2020).
Las Organizaciones de la Sociedad Civil (OSCs) ganaron un lugar como interlocutores y promotores del paradigma de la seguridad humana en la gestión migratoria. Las OSCs definieron un planteamiento dirigido a lograr la seguridad personal de los migrantes, de protección de las distintas formas de violencia que motivan su migración y viven durante su tránsito a Estados Unidos. Para reforzar su seguridad, se les propuso reducir la dispersión territorial de personas o pequeños grupos, para organizar grupos identificables para visibilizarlos en su movimiento, utilizar trenes para cruzar el país, organizar y formalizar albergues donde puedan descansar y redefinir sus rutas, integrar bases de datos para establecer perfiles, motivos y experiencias de su movimiento, definir protocolos de seguridad y, a partir de 2013, abogar por la protección internacional a través del asilo o refugio en los países de tránsito y destino, para alcanzar protección legal al transitar por México y establecerse en Estados Unidos (Rojas, 2020; Gutiérrez, 2017; Gutiérrez, 2019; Coporo, Morales, 2020). También se reforzó la organización de caravanas migrantes (Paris, 2018; Glockner, 2019; Gandini, 2019).
El reconocimiento del paradigma de Seguridad Humana resultó de la crisis de derechos humanos de 2009. Esta se reforzó en febrero de 2011, cuando la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) documentó la continuidad y agravamiento de las violaciones a los derechos humanos de los migrantes centroamericanos documentadas y denunciadas en junio de 2009. En este informe especial al Senado se documentaba el secuestro de más de 11.000 migrantes entre abril y septiembre de 2010 (CNDH, 2011), mientras que en junio de 2009 se detallaron 9,758 casos de centroamericanos víctimas de delitos y violaciones a sus derechos en México (CNDH, 2009; Bustamante, 2011). Según Bustamante, ambos informes reconocen la participación recurrente de agentes policiales de los tres niveles de gobierno y de miembros del crimen organizado (Bustamante, 2011, págs. 17-18; REDODEM, 2017). A ello se sumó el asesinato de varios grupos de migrantes en San Fernando, Tamaulipas, en 2010, entre otros.
Estas crisis obligaron a la administración de Calderón a reconocer a las organizaciones que brindan santuario a los migrantes en su movimiento por México. Incluidos en la Ley de Migración y su reglamento (2011-2012), los albergues se han multiplicado hasta convertirse en una red casas santuario que brindan asistencia humana y legal a las personas en las rutas de tránsito11. Estas casas, que habían surgido en la década de los años 1990 en la frontera norte para albergar la creciente emigración mexicana, se convirtieron en espacios de recepción para los migrantes deportados a partir de 2008 y, finalmente, se extendieron en todo el país siguiendo las rutas de tránsito. Las más de 100 casas que existen hoy en día son dirigidas por organizaciones de la Iglesia católica (90%) y de la evangélica (10%) (Gutiérrez, 2016).
A partir de 2011, otra de las acciones para visibilizar la vulnerabilidad migrante fue organizar dos caravanas desde Centroamérica para caminar por el país hasta la frontera norte: el Viacrucis Migrante en Semana Santa y la caravana de Madres Buscando a sus Hijos Desaparecidos en México en el otoño (Paris, 2018; Gutiérrez, 2019). Las caravanas derivaron en una organización móvil colectiva para "reclamar el derecho a circular por el territorio mexicano sin temor a ser detenidos, asaltados o secuestrados (...) Estas caravanas llamaron la atención sobre la vulnerabilidad de los migrantes durante su viaje por México, reclamaron su derecho a un paso seguro y facilitaron a un grupo de unos 500-700 migrantes su viaje hacia la frontera norte" (Bazok, Candiz, 2020). Finalmente, desde 2013, las OSCs han promovido que las personas en tránsito soliciten de asilo y refugio para que cuenten con protección internacional (Gutiérrez, 2017).
En la Ley de Migración de 2011 conviven regulaciones que resultan de los paradigmas de seguridad humana y de seguridad nacional. Sobre esta última, Guevara Bermúdez (2014, p. 106-107) asegura que la Ley de Migración y su reglamento, “expresa con claridad la relación entre seguridad y migración (…) la limitación de los derechos humanos de los migrantes, previstos como la facultad de expulsar a no-nacionales (deportación) y la obligatoriedad de detener a las personas migrantes que no hayan acreditado su legal estancia en el país; el establecimiento de centros de privación de libertad de migrantes, denominadas estaciones migratorias, y la posibilidad de emplear la fuerza pública para limitar el derecho a la circulación (…) ,#091;medidas que,#093; analizadas de manera conjunta, nos permiten afirmar que se trata de medidas punitivas que conforman un régimen de excepción del Estado de derecho que criminaliza la migración”. Se establecieron también procedimientos y visas que legalizarían la estancia temporal y el tránsito de los migrantes por México, así como la certificación de los servidores públicos a cargo del INM, el movimiento de personas y la situación de los extranjeros en territorio nacional, la protección de los que están en tránsito, el procedimiento de retorno asistido (Torre, Yee, 2018) y se dictaron las normas para el funcionamiento de las estaciones migratorias y estancias del INM (Anguiano, Lucero, 2020). A ello se suma el reforzamiento del aparato administrativo de contención migratoria y continúa la militarización de la fuerza pública y de las detenciones de migrantes.
La primera crisis migratoria definida como humanitaria empezó con la caravana de niños no acompañados12. Entre octubre de 2013 y junio de 2014, más de 52 mil niños, hondureños, salvadoreños y guatemaltecos atravesaron el país de sur a norte para ser detenidos por autoridades migratorias estadounidenses en la frontera entre México y Estados Unidos (Bazok, Candiz, 2020). Esta movilización, que visualiza la separación familiar y la dificultad de reunificar familias, creó una crisis que obligó una respuesta inmediata por parte de Estados Unidos. La administración Obama implementó una fallida política para que los niños y jóvenes dejados atrás pudieran solicitar asilo desde sus países de origen y reunirse con su familia (Galli, 2021). Los niños migrantes que presionaron en la frontera fueron definidos como un problema humanitario que justificó la fuerte la presión que ejerció Obama sobre el gobierno mexicano para detener el flujo de personas, sobre todo menores de edad, que buscaban llegar a su país (Candiz, Bazok, 2021).
México retomó la lógica de contención, detención y deportación de migrantes en tránsito con destino a los Estados Unidos. De esta forma, en julio de 2014, el gobierno de Peña Nieto echó a andar el Programa Integral Frontera Sur, con el que, según Rojas (2020), se reforzaron medidas de control, vigilancia y supervisión migratoria mediante inspecciones móviles y retenes en las carreteras. Como resultado, las detenciones y deportaciones del gobierno de México se incrementaron anualmente a partir de entonces. Se retomaron medidas administrativas como la Tarjeta de Visitante Regional (TVR), que permitía la circulación fronteriza regulada, el aumento de controles fronterizos, argumentando la seguridad de los migrantes y la colaboración regional y multilateral para el manejo de fronteras y deportaciones. En el discurso, estas medidas de seguridad fronteriza y detención migratoria en la frontera siguen siendo la protección de los derechos humanos de las personas migrantes que ingresan y transitan por México (Anguiano, Lucero, 2020; Torre, Yee, 2018; Villafuerte Solís, García Aguilar, 2015).
Anguiano y Lucero (2020) y Torre y Yee (2018) enlistan además de los lineamientos para expedir visas, las siguientes: En el INM se creó la Coordinación para la Atención Integral de la Migración en la Frontera Sur para supervisar la gestión de los recientemente creados Centros de Atención Integral al Tránsito Fronterizo, para controlar el flujo migratorio hacia el norte y se firmó el Programa de Paso Seguro entre México y Guatemala para blindar la frontera común. Además, las medidas de detención y deportación, que hasta entonces se habían concentrado en los estados de la frontera sur, se extendieron a todo el territorio nacional. En cinco años, el 65% de las revisiones migratorias se realizaron en entidades del centro y occidente del país que no hacen frontera con Guatemala y Belice, mientras que las revisiones en la Región norte de México se duplicaron de 12.4 a 25.6% (Torre, Yee, 2018 p. 94).
El Programa Integral Frontera Sur (PIFS), de julio de 2014, se ha señalado como la expresión de la política de la contención migratoria. “Para ello, se usó el discurso de los derechos humanos, argumentando la protección a migrantes. Sin embargo, las acciones fueron contra el uso del tren como medio de transporte, por lo que el INM se enfocó en detectar, detener y deportar” (énfasis nuestro) (Rojas, 2020). Esto implicó el incremento de la vulnerabilidad migrante al propiciar que se dispersaran nuevamente en su movimiento hacia el norte, retomando el riesgo de violencia perpetrada por policías y el crimen organizado contra transmigrantes. Además, se pospuso indefinidamente “la ejecución del Programa Especial de Migración (2014-2018), en el que las organizaciones de la sociedad y la academia habían logrado incidir para que distintas dependencias de gobierno ejecutaran acciones de protección de derechos a personas inmigrantes y en movilidad, así como a solicitantes de protección internacional (Rojas, 2020, p. 28).
¿Paradigmas en Conflicto? Seguridad Nacional o Seguridad Humana (2014-2021)
En esta última etapa, las políticas de hostigamiento hacia los migrantes se reforzaron en un discurso populista-nativista del gobierno de Estados Unidos (Koulish, van der Woude, 2020). Este período se caracteriza por el endurecimiento de penas por violaciones a las leyes migratorias, se siguió la separación de familias, detención de niños, deportaciones, bloqueo en la frontera de migrantes y solicitantes de asilo, entre otros. Las OSCs reforzaron la visibilización de los migrantes al presionar el sistema de asilo y refugio al incrementarse exponencialmente las solicitudes con la asesoría legal ofrecida en las casas santuario, hasta llegar a la llamada crisis de los refugiados. Recursos como las caravanas se convirtieron en un mecanismo de visibilización y protección de la movilidad y fueron utilizadas por el gobierno Trump para señalarlas como una amenaza para que movimientos masivos de migrantes, permitidos por México, ‘invadiesen’ los Estados Unidos. En este período se accionaron distintas acciones y reacciones para confrontar y contrarrestar las estrategias de los actores informados por las perspectivas de seguridad nacional o de seguridad humana según sea el caso (Bazok, Candiz, 2020).
La política migratoria de Obama pretendió basarse en lo que eufemísticamente llamaba ‘estrategias de disuasión’ para detener la migración. En la práctica continuó las acciones penales, detenciones, deportaciones, redadas en centros de trabajo, revisión de documentos en la calle, hostigamiento y, finalmente, controles fronterizos de carácter represivo (Koulish, van der Woude, 2020; Stumpf, 2020), además de presionar a México para hacer lo propio. El creciente sentimiento antiinmigrante en Estados Unidos se expresa en al menos 1,700 leyes que han sido presentadas a nivel estatal y municipal, así como el crecimiento de prisiones privadas, para detener migrantes en espera de procesos de deportación (Chacón, 2021). A partir de 2017, el entonces candidato presidencial, Donald Trump, inició su campaña fomentando este ambiente antiinmigrante, mismo que continuó durante su presidencia entre 2018 y 2021. Muchas de sus acciones parecieran fomentar crisis para desvirtuar las acciones de seguridad humana implementadas.
La primera crisis empezó con las caravanas, que en 2019 se empalmó con la llamada crisis de los refugiados. Desde 201113, se han organizado desde Centroamérica dos caravanas por año para atravesar México: el Viacrucis migrante, en Semana Santa y la caravana de las madres en búsqueda de sus hijos desaparecidos, en octubre (Paris, 2018; Gutiérrez, 2019). Las dos caravanas se han realizado para visualizar la violencia ejercida en contra de los migrantes por las distintas policías, el crimen organizado y las políticas de criminalización (Glockner, 2019) y pronto derivaron en una organización colectiva para "reclamar el derecho a transitar por el territorio mexicano sin temor a ser detenidos, asaltados o secuestrados (...) y reclamaron su derecho a un paso seguro" (Bazok, Candiz, 2020). Las caravanas, que se organizaron para hacer visible el movimiento de los migrantes, cambiaron su perfil al pasar del movimiento de individuos al movimiento de familias (Moncada, 2020); se convirtieron en la forma más rápida y segura para los hombres, pero especialmente para mujeres y niños, de llegar a la frontera con EE. UU. (Gandini, 2019; Gutiérrez, 2019). Así, se convirtieron en una forma de presión a los gobiernos mexicano y estadounidense para que protegieran a los migrantes en tránsito, en lugar de criminalizarlos14.
Las caravanas se volvieron también un vehículo para la movilización colectiva de los solicitantes de asilo y se transformaron en una crisis de seguridad nacional manufacturada por Donald Trump. Vía Twitter, Trump dirigió su atención hacia el Viacrucis Migrante de la Semana Santa de 2018, que había reunido a unas 1.500 personas centroamericanas para llegar a la frontera norte mexicana (Bazok, Candiz, 2020). Al empezar a señalar a la caravana de la primavera de 2018 como "oleadas de migrantes" que atraviesan México para llegar a Estados Unidos, Trump hizo que obtuviera una importante atención mediática, que generó su propia dinámica de crisis en el otoño (Paris, 2018). La visualización de un viaje seguro y rápido a través de México estimuló la organización de la Caravana de octubre de 2018, que originada en Honduras, cruzó la frontera sur de México con aproximadamente 7.000 participantes (Gutiérrez, 2019). Trump tuiteó el 29 de octubre: 'Muchos pandilleros y algunas personas muy malas están mezclados en la Caravana que se dirige a nuestra Frontera Sur. (...) Esto es una invasión a nuestro país, ¡y nuestras Fuerzas Armadas los están esperando!" (Candiz, Bazok, 2021). A medida que los 7.000 miembros de la caravana llegaron a Tijuana, la mayoría con el objetivo de llegar a los EE. UU. para solicitar asilo, Trump comenzó a bloquear el acceso, reforzó el metering en la gestión de solicitudes, iniciado por Obama, para ralentizarlo aún más y militarizó la frontera con México (Gutiérrez, 2019; Candiz, Bazok, 2021). La mayoría de ellos se quedaron bloqueados en el lado mexicano.
El empalme de migrantes y solicitantes de asilo reforzaron la llamada crisis de refugiados. A partir de 2013, las OSCs han promovido que los migrantes solicitaran asilo o refugio como una forma de protección internacional durante su movimiento al norte. Las casas santuario para los migrantes crearon espacios legales para guiar a los migrantes en sus solicitudes de refugio. Tanto Estados Unidos (Galli, Fee, 2023) como México (Vila-Freyer, 2023) vieron saturadas sus agencias de atención a refugiados15. Organismos Internacionales como ACNUR y OIM, financiados por EE. UU., reforzaron la estrategia de retener a los solicitantes de asilo en México. Ante el bloqueo estadounidense, ACNUR y OIM se acercaron a las casas santuario para apoyar financieramente la recepción y permanencia de los solicitantes para que se queden en México. “De repente, sin tener ninguna presencia previa, ACNUR se extiende por todo el país y empieza a contactar a los distintos albergues de migrantes para ofrecerles capacitación y fortalecer sus estructuras” (Bazok, Candiz, 2020) a cambio de que las solicitudes de asilo se hicieran en México.
La administración de López Obrador, que entró en funciones en diciembre 2018, pasó de la legalización de la transmigración a la militarización y criminalización de esta. El INM otorgó documentos temporales de estancia para que los migrantes pudieran transitar por México de manera segura y ordenada. El 18 de enero de 2019, el nuevo gobierno recibió una nueva caravana y otorgó Tarjetas de Visitante por Razones Humanitarias (TVRH)16 a 2,000 personas (Gandini, 2019). La idea de garantizar un movimiento ordenado, seguro y regulado a través de México hacia Estados Unidos se convirtió en una estrategia de 10 días, ya que "el 28 de enero de 2019, México dejó de expedir visas humanitarias. Después de haber recibido 15.552 solicitudes y expedido 13.270 tarjetas entre el 18 y el 28 de enero de 2019" (Candiz, Bazok, 2021). Para evitar que los solicitantes de asilo lleguen a instalarse en su país, en enero de 2019, Trump puso en marcha los Protocolos de Protección Migratoria (MPP), conocidos como ‘Quédate en México’. A través de este programa, el gobierno estadounidense devolvió a México a los solicitantes de asilo en aquel país, mientras esperaban una respuesta17.
En ese año, 68 mil migrantes quedaron varados en la frontera norte mexicana sin ningún reconocimiento, ni protección internacional como refugiados o solicitantes de asilo18. En junio de 2019, Donald Trump amenazaba con imponer aranceles comerciales para obligar a México a bloquear la transmigración centroamericana desde la frontera sur mexicana19. La respuesta fue el incremento de la criminalización migrante a través del despliegue de la Guardia Nacional en la frontera sur de México, el bloqueo y aumento de detenciones y deportaciones. Las crecientes cifras de detenciones realizadas por México durante los meses siguientes mostraron la sumisión del gobierno mexicano al presidente estadounidense (Candiz, Bazok, 2021; Sandoval, 2019). Finalmente, el gobierno de López Obrador envió al ejército alrededor de 15 mil elementos, para bloquear el paso migrante a la frontera sur (Moncada, 2020). La estrategia de visibilización de los transmigrantes y la protección internacional de su movimiento, aparentemente se vio trastocada20.
La última crisis inició en marzo de 2020, cuando la pandemia del SARS-COVID 19 se expandía por el mundo. Las administraciones Trump y Biden expulsaron en automático migrantes que cruzaban su frontera, basados en el llamado Título 42. Bajo el argumento de que la población migrante podría representar un riesgo de salud pública, implementaron la expulsión expedita de personas que buscaban cruzar de manera irregular hacia los Estados Unidos. Esta norma, que se aplicó de manera mayoritaria a personas de origen mexicano y centroamericano, implicó la deportación inmediata de un millón de personas (Isacson, 2023; Sullivan, 2023). México, además, aceptó recibir migrantes deportados de países como Cuba, Haití, Nicaragua y Venezuela que se habían incluido a los grupos de nacionales que solicitan asilo en México y en Estados Unidos (Sullivan, 2023; Isacson, 2023). Esta política concluyó en mayo de 2023 con la emergencia.
En este último período se consolida la externalización de la frontera de Estados Unidos, la militarización del control migratorio mexicano y la criminalización de los migrantes. Evidencia también la confrontación con las estrategias de protección basadas en el paradigma de seguridad humana -las caravanas y la solicitud de refugio-, a través de la manufactura de crisis por el gobierno populista de Estados Unidos, siguiendo el modelo usado en Europa para atender las caravanas de afganos y sirios y su propia crisis de refugiados en estos mismos años (Vila-Freyer, Sirkeci, 2023). Muchas de las acciones de protección emprendidas por las organizaciones civiles han mostrado sus límites: México ilegalizó al migrante en las estadísticas y en términos políticos convirtió este flujo humano como un problema que contiene con la militarización del INM y de las policías.
Discusión y Conclusiones
La construcción del migrante en tránsito en la gestión migratoria mexicana ha seguido una tendencia hacia la criminalización establecido en Estados Unidos. México ha definido una estrategia en la que el migrante en tránsito es cada vez más visto como un problema de seguridad nacional y seguridad pública, por su vinculación formal o real con el tráfico de personas. Aunque se pueda reconocer que el migrante en tránsito se encuentra en el territorio en búsqueda de mejores condiciones de vida -económicas y de seguridad personal-, en la ley y sus reglamentos ha sido criminalizado. En la estadística, la forma como se operacionaliza el registro de los eventos de detención y deportación tiende a ilegalizar una falta administrativa, a lo que se suma la militarización de las agencias, policías y Guardia Nacional.
Los gobiernos de Estados Unidos, México y de países del Norte de Centroamérica firmaron “distintos acuerdos de colaboración que incluyen repatriaciones seguras, combate a distintos tráficos y los más recientes de tercer país seguro” (Rojas, 2020, p. 29) y aceptaron ser parte de los perímetros de seguridad y externalización de fronteras definidos para América del Norte. Ello implicó que México pasara de los cinturones de contención en distintos puntos, a convertirse en el muro que detiene y expulsa migrantes en tránsito. En la práctica, la política migratoria mexicana ha buscado disuadir, detener, contener y expulsar migrantes en tránsito desde que México empezó a construir su política en la materia. Aunado a ello, el INM fue extendiendo su presencia en el territorio más allá de la frontera sur, profesionalizando su estructura, compartiendo información con agencias de seguridad nacional domésticas y estadounidenses. Además, los centros de detención -denominados de aseguramiento-, la presentación -detención de migrantes- y devolución -deportación- de migrantes se expandió en 30 años de la frontera sur a la frontera norte. La militarización de policías y Guardia Nacional, profundizada durante el gobierno de López Obrador, se extendió a la gestión de la migración bajo la responsabilidad de Francisco Garduño un militar en retiro.
En estos 30 años también se ha consolidado una red de apoyo a los migrantes desde la perspectiva de seguridad humana. Sus organizaciones han buscado proteger el movimiento de personas, en espacios cada vez más criminalizados -por el Estado y por el crimen organizado- visibilizándolo y organizando grupos cada vez más grandes y utilizando las rutas de tren para apresurarlo. El movimiento de grupos fue creciendo hasta la formación de caravanas, que primero se formaron para denunciar las condiciones de vulnerabilidad del tránsito migrante, hasta convertirse en un movimiento social de protección para mujeres, hombres y niños en su tránsito al norte. El reconocimiento de espacios santuarios se reprodujeron por las rutas en todo el territorio para apoyar y proteger a los migrantes, el trabajo en red, así como la búsqueda de protección internacional a través de la solicitud de asilo y refugio.
Las caravanas y los solicitantes de asilo fueron utilizados por el gobierno de Trump para crear dinámicas de confrontación entre paradigmas de criminalización y protección. El gobierno estadounidense utilizó todos los recursos a su alcance para lograr que se dejen de movilizar grandes grupos de migrantes rumbo al norte. Sobre la estrategia de protección al solicitar asilo, a nivel internacional se habló de la llamada crisis de refugiados, que Trump la utilizó para bloquear el acceso de migrantes/solicitantes de asilo a su país. Al bloquear a los migrantes y solicitantes de asilo y refugio en México, con ayuda de ACNUR-OIM, el país ha empezado a construirse como país de destino. En los dos casos, se pretendió presentar a México como el muro de contención de migrantes, aunque la crisis en la frontera sur de Estados Unidos no se ha detenido por la llegada de migrantes y de solicitantes de asilo. Aunque México es parte del perímetro de seguridad norteamericano en lo que se refiere a migración, el país no ha conformado aún un discurso que criminalice a los migrantes. En la práctica sigue siendo un país expulsor de migrantes que ha construido su estrategia de gestión de la migración en tránsito y al migrante en tránsito mismo, siguiendo las líneas definidas por Estados Unidos, que cada vez lo criminaliza más.
En este sentido, pareciese que las estrategias de crimigración también tuvieron como resultado debilitar a las dinámicas establecidas por organizaciones de protección a los migrantes en movimiento. Todo ello, nos lleva a preguntarnos si ¿Se desmovilizó a las OSC o quitó sentido a estrategias basadas en seguridad humana? O ¿Se generaron condiciones para mostrar los límites de la protección internacional a las personas que buscan asilo y refugio? ¿Se detendrá con ello el movimiento humano en búsqueda de una mejor calidad de vida, de escapar de la violencia y establecerse en un espacio que les permitiera reiniciar su vida?
Trabajos citados
- ANDERSON, Bridget. New directions in migration studies: towards methodological de-nationalism. Comparative Migration Studies, v. 7, n. 36, 2019. DOI: https://doi.org/10.1186/s40878-019-0140-8.
- ANGUIANO, María Eugenia; LUCERO, Chantal. La construcción gradual de la política de contención migratoria en México. In: VILLAFUERTE, Daniel; ANGUIANO, María Eugenia (coords.). Movilidad humana en tránsito: retos de la Cuarta Transformación en política migratoria. Buenos Aires: Consejo Latinoamericano de Ciencias Sociales y Centro de Estudios Superiores de México y Centroamérica. Universidad de Ciencias y Artes de Chiapas, 2020, p. 123-158.
- ANGUIANO, María Eugenia; TREJO, Alma. Políticas de seguridad fronteriza y nuevas rutas de movilidad de migrantes mexicanos y guatemaltecos. LiminaR. Estudios Sociales y Humanísticos, v. 5, n. 2, p. 47-65, 2007.
- BAUDER, Harald. Why We Should Use the Term Illegalized Immigrant. RCIS Research Brief No. 2013/1, p. 1-8, 2013.
- BAZOK, Tanya; CANDIZ, Guillermo. Containing mobile citizenship: changing geopolitics and its impact on solidarity activism in Mexico. Citizenship Studies, 2020. DOI: https://doi.org/10.1080/13621025.2020.1755160.
- BAZOK, Tanya; BÉLANGER, Danièle; ROJAS, Martha; CANDIZ, Guillermo. Rethinking Transit Migration Precarity, Mobility and Self-Making in Mexico. London: Pelgrave Macmillan, 2015.
- BUSTAMANTE, Jorge. La (i)”responsabilidad de Estado” en México. DFensor Órgano Oficial de Difusión Mensual de la Comisión de los Derechos Humanos del Distrito Federal, v. IX, n. 6, p. 17-19, junio de 2011.
- CANDIZ, Guillermo; BAZOK, Tanya. Intensity and uncertainty: Performing border conflicts at the US-Mexico borderlands. Population Space Place, e2441, 2021. DOI: https://doi.org/10.1002/psp.2441.
- CHACÓN, Jennifer M. The Criminalization of Immigration. Oxford Research Encyclopedias Criminology and Criminal Justice, 2021. DOI: https://doi.org/10.1093/acrefore/9780190264079.013.333.
- CHRISHTI, Muzaffar; PIERCE, Sarah; BOLTER, Jessica. The Obama Record on Deportations: Deporter in Chief or Not? Migration Information Source, Migration Policy Institute, 2017.
-
CNDH. Informe Especial sobre el caso de Secuestro en Contra de Migrantes Comisión Nacional de los Derechos Humanos, 15 de Junio de 2009. Disponible en: https://www.cndh.org.mx/sites/default/files/doc/Informes/Especiales/2009_migra.pdf
» https://www.cndh.org.mx/sites/default/files/doc/Informes/Especiales/2009_migra.pdf -
______. Informe Especial sobre los Casos de Secuestro en contra de Migrantes Comisión Nacional de los Derechos Humanos, 22 de Febrero de 2011. Disponible en: https://www.cndh.org.mx/sites/default/files/doc/Informes/Especiales/2011_secmigrantes.pdf
» https://www.cndh.org.mx/sites/default/files/doc/Informes/Especiales/2011_secmigrantes.pdf - COPORO, Gonzalo; MORALES, Silvia. El derecho humano al asilo ante la securitización de la migración en México. LiminaR. Estudios Sociales y Humanísticos, v. XVIII, n. 2, p. 186-197, 2020. DOI: https://doi.org/10.29043/liminar.v18i2.780.
- CRUZ, Estefanía. El espectro de ciudades santuario en Estados Unidos: Los contrastes en la génesis y las prácticas de las políticas locales proinmigrantes. Estudios Fronterizos, v. 20, e029, 2019. DOI: https://doi.org/10.21670/ref.1908029.
- GALLI, Chiara. The Obama administration’s Central American Minors (CAM) Program (2015-2017): A safe and legal path to the United States? In: VILA FREYER, Ana; MEZA, Liliana (eds.). Young Migrants Crossing Multiple Borders to the North London: Transnational Press London, 2021, p. 149-168.
- GALLI, Chiara; FEE, Molly. Refugees Welcome? Historicizing U.S. Resettlement and Asylum Policy. In: VILA-FREYER, Ana; SIRKECI, Ibrahim (eds.). Global Atlas of Refugees and Asylum Seekers London: Transnational Press London, 2023, p. 29-44.
- GANDINI, Luciana. Las “oleadas” de las caravanas migrantes y las cambiantes respuestas gubernamentales. Retos para la política migratoria. In: GANDINI, Luciana; FERNANDEZ, Alethia; NARVÁEZ GUTIÉRREZ, Juan Carlos. Caravanas Migrantes: Las respuestas de México. México, DF: UNAM, 2019, p. 23-32.
- GLOCKNER FAGETTI, Valentina. Las caravanas migrantes como estrategia de movilidad y espacio de protección, autonomía y solidaridad para los adolescentes centroamericanos. Iberoforum. Revista de Ciencias Sociales de la Universidad Iberoamericana, v. XIV, n. 27, p. 145-174, 2019.
- GUEVARA BERMÚDEZ, José Antonio. Conexiones entre los Derechos Humanos de las Personas Migrantes y la Seguridad ¿Es Posible Afirmar Que el Derecho Mexicano Criminaliza la Migración Indocumentada? Revista Mexicana de Derecho Constitucional, v. 31, p. 81-117, 2014.
- GUTIÉRREZ, Eduardo. México: ¿espacio de tránsito, destino temporal o país de refugiados? In: GANDINI, Luciana; FERNANDEZ, Alethia; NARVÁEZ GUTIÉRREZ, Juan Carlos. Caravanas Migrantes: Las respuestas de México. México D.F.: UNAM, 2019, p. 43-50.
-
GUTIÉRREZ, Leticia. El Papa Francisco en las Migraciones. De la catástrofe humanitaria a la construcción de la esperanza. Movilidad Humana, 26 de septiembre de 2016. Disponible en: Disponible en: https://movilidadhumana.com/el-papa-francisco-en-las-migraciones-de-la-catastrofe-humanitaria-a-la-construccion-de-la-esperanza/ Recuperado el octubre de 2023.
» https://movilidadhumana.com/el-papa-francisco-en-las-migraciones-de-la-catastrofe-humanitaria-a-la-construccion-de-la-esperanza/ - GUTIÉRREZ, L. Descartados del Sistema. Ponencia Presentada en el Seminario de Análisis Las Nuevas Dinámicas de Tránsito de Personas Migrantes Centroamericanas Por México El caso de Guanajuato. Celaya: Universidad de Guanajuato. Campus Celaya Salvatierra, 1 y 2 de junio 2017.
- HERNÁNDEZ LÓPEZ, Rafael Alonso; PORRAZ GÓMEZ, Iván Francisco; MORANTE AGUIRRE, Mariana. Refronterización de la migración en tránsito por México. El caso de las migraciones centroamericanas por la Zona Metropolitana de Guadalajara. Estudios Fronterizos, v. 20, e032, 2019. DOI: https://doi.org/10.21670/ref.1911032.
- HERRERA-LASSO, Luis; ARTOLA, Juan. Migración y Seguridad: Dilemas e Interrogantes. In: ARMIJO CANTO, Natalia (ed.). Migración y Seguridad: Nuevo desafío en Mëxico. México D. F.: Colectivo de Análisis de Seguridad con Democracia, 2011.
- INOCENTE ESCAMILLA, Yuri Arón. Usos políticos del sufrimiento en el Vía Crucis del Migrante, Ixtepec, Oaxaca. Relaciones Estudios de Historia y Sociedad, v. XL, n. 157, p. 33-52, 2019. DOI: https://doi.org/10.24901/rehs.v40i57.339.
-
ISACSON, Adam. Commentary 10 Things to Know About the End of Title 42. Washington Office of Latin America, 9 de May de 2023. Disponible en: https://www.wola.org/analysis/end-title-42/
» https://www.wola.org/analysis/end-title-42/ - KOULISH, Robert; VAN DER WOUDE, Maartje. Introduction: The «problem» of migration. In: KOULISH, Robert; VAN DER WOUDE, Maartje (eds.). Crimmigrant Nations: Resurgent Nationalism and the Closing of Borders. Fordham University Press, 2020, p. 1-30.
- MENJÍVAR, Cecilia. Liminal Legality: Salvadoran and Guatemala Immigrants’ Lives in the United States. American Journal of Sociology, v. 111, n. 4, p. 999-1037, 2006. DOI: https://doi.org/10.1086/499509.
- MITTLESTAD, Michelle; SPEAKER, Burke; MEISSNER, Doris; CHRISTI, Muzaffar. Through the Prism of National Security: Major Immigration Policy and Program Changes in the Decade since 9/11. Immigration Policy Institute, 2011.
- MONCADA, Alicia. "Stay in the lion’s den”: Risks and human rights violations against persons subject to the Remain in Mexico Program / “En La Boca Del Lobo”: Contexto de riesgo y violaciones a los Derechos Humanos de personas sujetas al programa Quédate en México. Ciudad de México: Fundación para la Justicia y el Estado de Derecho en México, Asylum Access-México, IMUMI, Washington Office for Latin America (WOLA), 2020.
- NORTH, Douglass. Institutional Structure and Institutional Change New York: Cambridge University Press, 1990.
- PARIS POMBO, María Dolores. Trayectos peligrosos: inseguridad y movilidad humana en México. Papeles de Población, v. 90, p. 145-172, 2016. DOI: http://dx.doi.org /10.22185/24487147.2016.90.037.
- ______. Las caravanas de migrantes, su representación política y los derechos humanos de los migrantes. Boletín de Prensa / Observatorio de Legislación y Política Migratoria, 25 de octubre de 2018.
- REDODEM. Migrantes en México: Recorriendo un Camino de Violencia. Informe 2016. México, D.F.: Red de Documentación de las organizaciones Defensoras de Migrantes, 2017.
- ROJAS WIESNER, Martha. ¿“Que Veinte Años no es Nada”? (In)visibilización del movimiento social de migrantes por y desde Centroamérica. REMHU: Revista Interdisciplinar de Mobilidade Humana, v. 28, n. 60, p. 15-32, 2020. DOI: https://dx.doi.org/10.1590/1980-85852503880006002.
- ROJAS WIESNER, Martha; BAZOK, Tanya. “Legalidad ilegal” y precariedad: la perspectiva desde el sur de México. Sociologias, v. 22, n. 55, p. 74-103, 2020. DOI: http://doi.org/10.1590/15174522-101813.
- SANDOVAL HERNÁNDEZ, Efrén. Los migrantes centroamericanos: entre las amenazas de Trump y las promesas de AMLO. Cahiers des Amériques latines, v. 91, 2019. DOI: https://doi.org/10.4000/cal.9336.
- STUMPF, Juliet P. The Terrorism of Everyday Crime. In: KOULISH, Robert; VAN DER WOUDE, Maartje (eds.). Crimmigrant Nations: Resurgent Nationalism and the Closing of Borders. Fordham University Press, 2020, p. 89-115.
-
SULLIVAN, Eileen. El Título 42 terminará pronto. ¿Qué significa para EE. UU. y para las personas que migran?. The New York Times, 8 de Mayo de 2023. Disponible en: https://www.nytimes.com/live/2023/05/11/espanol/titulo-42-migracion
» https://www.nytimes.com/live/2023/05/11/espanol/titulo-42-migracion - TORRE CANTALAPIEDRA, Eduardo. Uso de Eufemismos en el discurso del Instituto Nacional de Migración sobre la Migración en Tránsito por México. Andamios, v. 16, n. 14, p. 385-412, 2019. DOI: https://dx.doi.org/10.29092/uacm.v16i41.730.
- ______. El estudio de las Caravanas Migrantes en México. Norteamérica, v. 17, n. 2, p. 67-89, 2022. DOI: https://doi.org/10.22201/cisan.24487228e.2022.2.525.
- ______. Campamento Migrante, Espera, Asistencia y Acción Tijuana: El Colegio de la Frontera Norte, 2023.
- TORRE CANTALAPIEDRA, Eduardo; MARISCAL NAVA, Dulce. Batallando con fronteras: estrategias migratorias en tránsito de participantes en caravanas de migrantes. Estudios Fronterizos, v. 21, e047, 2020. DOI: https://doi.org/10.21670/ref.2005047.
- TORRE CANTALAPIEDRA, Eduardo; YEE QUINTERO, José Carlos. México ¿una frontera vertical? Políticas de control del tránsito migratorio irregular y sus resultados, 2007-2016. LiminaR. Estudios Sociales y Humanísticos, v. XVI, n. 2, p. 87-104, 2018. DOI: https://doi.org/10.29043/liminar.v16i2.599.
- TORRE CANTALAPIEDRA, Eduardo; PARIS POMBO, María Dolores; GUTIÉRREZ LOPEZ, Eduardo. El sistema de refugio mexicano: entre proteger y contener. Frontera Norte, v. 33 (Art. 7), p. 1-26, 2021. DOI: https://doi.org/10.33679/rfn.v1i1.2103.
- VEREA, Mónica. Immigration Trends After 20 Years of NAFTA. Norteamérica, v. 9, n. 2, p. 109-143, 2014. DOI: https://doi.org/10.20999/nam.2014.b005.
- VILA-FREYER, Ana. Refugees and Asylum Seekers in Mexico, How Mexico (failed? To) become a US border wall. In: VILA FREYER, Ana; SIRKECI, Ibrahim (eds.). Global Atlas of Refugees and Asylum Seekers London: Transnational Press London, 2023.
- VILA-FREYER, Ana; ESTRADA LOZANO, Eloy. Would you please tell me, which way I ought to go? Central Americans crossing through or settling in Guanajuato. In: VILA-FREYER, Ana; MEZA GONZALEZ, Liliana (eds.). Young Migrants Crossing Multiple Border to the North London: Transnational London Press, 2021, p. 91-110.
- VILA-FREYER, Ana; SIRKECI, Ibrahim (eds.). Global Atlas on Refugees and Asylum Seekers London: Transnational Press London, 2023.
- VILLAFUERTE SOLÍS, Daniel; GARCÍA AGUILAR, María del Carmen. Crisis del sistema migratorio y seguridad en las fronteras norte y sur de México. REMHU: Revista Interdisciplinar da Mobilidade Humana, v. 23, n. 44, p. 83-98, 2015. DOI: https://dx.doi.org/10.1590/1980-85852503880004406.
- ZAMORA, Javir. Solito. Memorias (traducción al español). Colombia: Penguin Random House Editorial, 2022.
-
1
Esta autora notó, al actualizar las cifras de deportaciones de 2019 a 2023, que la Unidad de Política Migratoria de la Secretaría de Gobernación ha redefinido a los migrantes en las estadísticas por su situación migratoria irregular. El gobierno actualizó la base de datos oficial desde el año 2002 y cambió a los migrantes en la estadística. Por tomar un ejemplo, la tabla 3.2.1 pasó de registrar a los ‘extranjeros presentados y devueltos’, para referirse a los eventos de personas detenidas y deportadas, a ‘personas en situación irregular’. Véase: https://portales.segob.gob.mx/es/PoliticaMigratoria/Boletines_Estadisticos, consultado el 14 de agosto de 2023.
-
2
La idea original fue de Jeffrey Cohen.
-
3
Durante este tiempo, desde la OIM se influyó en la definición de la estrategia mexicana de gestión de la migración en tránsito, de la frontera sur y de la política migratoria que implementaba el INM.
-
4
En México, según los informes de REDODEM, las policías federales, locales y municipales no solo contribuyen a la detención de migrantes ilegalizados, también son las que los extorsionan y violan sus derechos humanos en su tránsito por México (REDODEM, 2017; CNDH, 2009, 2011).
-
5
Según Herrera-Lasso y Artola (2011), la seguridad humana se plantea “como un doble enfoque: la seguridad debe centrarse en las personas, no solamente cuando éstas se ven amenazadas por la violencia física, sino también por las limitaciones a su subsistencia en condiciones de dignidad. En ese sentido, la seguridad humana contempla como premisa central que la persona es el sujeto de la seguridad, por lo que la prioridad pasa de los derechos de los Estados (soberanía, no injerencia) a los derechos de las personas”.
-
6
Durante las negociaciones comerciales, Estados Unidos y Canadá rechazaron la negociación de un capítulo migratorio y el mismo año en que entró en vigor el TLCAN, el demócrata de William Clinton (1993-2001) empezó a militarizar la frontera, a bloquear los puertos fronterizos más utilizados en El Paso, San Diego, Laredo y Tucson, así como a construir el muro fronterizo para desmotivar a los migrantes a utilizarlos; el resultado fue que éstos empezaron a utilizar puntos de cruce más peligrosos, pero no han sido disuadidos (Verea, 2014, p. 122; Anguiano, Trejo, 2007).
-
7
No hay que olvidar que los 19 terroristas que atacaron Nueva York y Washington eran inmigrantes que ingresaron con visas válidas por la frontera canadiense con Estados Unidos.
-
8
En esta frontera existían 13 puntos de internamiento, atendidos por 30 agentes migratorios, además de 250 puntos móviles de ingreso (Anguiano, Lucero, 2020).
-
9
Según Guevara Bermúdez (2014, p. 94), es “en el Programa para la Seguridad Nacional 2009-2012 en el que se asocia la migración con la seguridad, cuando se definen las amenazas a la seguridad nacional e incluyen la ‘vulnerabilidad de las fronteras’, que se expresa por el deficiente control y vigilancia, lo cual permite los ‘flujos migratorios indocumentados’; el ‘tráfico ilícito de armas, drogas y personas’; la ‘violencia asociada al narcotráfico’ y la ‘impunidad con que se desarrollan las actividades ilícitas’. Además, en este programa administrativo es donde por primera vez encontramos una mezcla desordenada de conceptos asociados a la migración, relacionados con la seguridad nacional (…) y se identifican a las ‘dinámicas migratorias’, mismas que se entienden como ‘actividades de la delincuencia organizada transnacional, asociadas al tráfico ilícito de personas’”.
-
10
En 2013, el 55% de las personas detenidas por el Border Patrol en la Frontera Sur de Estados Unidos fueron de origen centroamericano, superando a las personas de origen mexicano (Paris, 2016).
-
11
Ver https://www.bbvaresearch.com/wpcontent/uploads/2020/02/Mapa_2020_Albergues_Migrantes_Portable.pdf.
-
12
La experiencia del tránsito migratorio de niños no acompañados puede leerse en la novela de Javier Zamora, Solito. Memorias (2022). Una novela que narra la experiencia del autor vivida cuando a los 9 años migró de El Salvador a Los Ángeles para reunirse con sus padres.
-
13
Las caravanas comenzaron como una protesta local ante las violaciones de los derechos humanos de los migrantes. El 10 de enero de 2007, la ciudad de Ixtepec fue testigo del último de los secuestros masivos de migrantes que llegaron a la ciudad en tren. Después de los incidentes, durante la Semana Santa de ese año, el Padre Alejandro Solalinde organiza el primer Vía Crucis de los migrantes con el propósito de denunciar su creciente secuestro (Inocente Escamilla, 2019).
-
14
De 2014 a 2021 se organizaron cerca de 15 caravanas en las que participaron principalmente migrantes procedentes de países de la región norte de Centroamérica con la intención de llegar a Estados Unidos (Torre, 2022).
-
15
México ha recibido más de 553 mil solicitudes entre 2013 y 2023 y resuelto menos del 25% de ellas (Vila-Freyer, 2023).
-
16
La Tarjeta de Visitante por Razones Humanitarias es un documento administrativo que regulariza la estancia de extranjeros en México por 12 meses.
-
17
Se instalaron campamentos con personas migrantes en Tijuana y Ciudad Juárez, sobre un análisis de la situación en la primera ciudad puede verse Eduardo Torre (2023), Campamento Migrante. Espera, Asistencia y Acción.
-
18
En el mismo año, se firmaron Protocolos de Protección Migrante (MPP) con Guatemala y El Salvador. El programa Quédate en México fue suspendido por el gobierno de Joe Biden (2021-2024) en agosto de 2021.
-
19
Para un análisis político fino de los distintos movimientos de los actores clave de este período -Gobierno de Estados Unidos, Gobierno de México y acciones de las OSCs que presionaban la protección de migrantes- puede verse (Candiz, Bazok, 2021).
-
20
De 2014 a 2021 se organizaron alrededor de 15 caravanas diferentes, principalmente por migrantes de los países del norte de Centroamérica con la intención de llegar a los EE. UU. (Torre, 2022). Desde 2021, se han intentado organizar caravanas con grupos de haitianos, cubanos y venezolanos bloqueados en Chiapas en espera de su trámite de asilo (Gandini, 2019).
-
Editores de sección
Roberto Marinucci, Barbara Marciano Marques
Fechas de Publicación
-
Publicación en esta colección
23 Set 2024 -
Fecha del número
2024
Histórico
-
Recibido
05 Mayo 2024 -
Acepto
06 Ago 2024