Resumen
Este artículo plantea las condiciones mínimas que debería contener el diseño institucional de la participación ciudadana, para que pueda ser considerado bueno, y que, como principio democrático constitucional, se pueda concretar. Todo ello, desde la Teoría de la elección pública, y dentro del contexto del Derecho Constitucional colombiano. Se concluye que dicho diseño, no solo debe tener coherencia interna y externa, y contener los aspectos característicos del principio democrático; sino que debe limitar los comportamientos para evitar que los tomadores de decisiones públicas favorezcan sus propios intereses en lugar de los generales.
Palabras clave:
democracias; diseño; participación social; principio jurídico; elección pública