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RELACIONES LABORALES Y VIABILIDAD DE LAS COOPERATIVAS DE RECICLADORES: ESTUDIO DE CASO DE COOPERAGIR EN MARECHAL CÂNDIDO RONDON/PR

Resumen

Por ley, las sociedades pueden ser empresariales o no empresariales; las cooperativas son sociedades no empresariales. En la búsqueda de mejores resultados, los productores se unen a través de cooperativas. Los recolectores de materiales reciclables son productores que suministran materia prima reutilizable. Esa actividad es típicamente precarizada, aunque ambientalmente relevante. Regidas por una ley especial, las cooperativas de producción y servicios, insertadas en el contexto de políticas y asociaciones públicas, son constituidas con fines de formalización e ingresos, sacando al recolector del trabajo precario. Para conocer la viabilidad de ese tipo de cooperativa y la relación de trabajo que implica, se investigó la Cooperagir del municipio de Marechal Cândido Rondon/PR. A partir de los datos recogidos y utilizando la matriz FOFA como herramienta de análisis, se detectaron los aspectos positivos y negativos, incluyendo la relación de trabajo. En particular, se analizaron los puntos fuertes, las oportunidades, los puntos débiles y las amenazas. La conclusión es que la cooperativa tiene potencial para evolucionar, pero existen amenazas que podrían hacer inviable ese proceso.

Palabras clave:
cooperativa; FOFA; basura; reciclaje

Resumo

Por lei, as sociedades podem ser empresariais ou não; as cooperativas são sociedades não empresariais. Na busca por melhores resultados, produtores se unem via cooperativa. Catadores de recicláveis são produtores que fornecem matéria-prima reaproveitável. Essa atividade é tipicamente precarizada, embora ambientalmente relevante. Regidas por lei especial, as cooperativas de produção e serviços, inseridas no contexto de políticas e parcerias públicas, são constituídas para fins de formalização e renda, tirando o catador do trabalho precário. Para averiguar a viabilidade desse tipo de cooperativa e a relação de trabalho envolvida, foi pesquisada a Cooperagir, no município de Marechal Cândido Rondon/PR. Dos dados levantados e usando a matriz FOFA como ferramenta de análise, detectaram-se os aspectos positivos e negativos, incluindo a relação de trabalho. Pontualmente, observaram-se as fortalezas, oportunidades, fraquezas e ameaças. Conclui-se que a cooperativa tem potencial para evoluir, entretanto, existem ameaças que podem inviabilizar esse processo.

Palavras-chave:
cooperativa; FOFA; lixo; reciclagem

Abstract

By law, partnerships can be a corporate or non-corporate enterprises; cooperatives are non-corporate partnerships. Searching for better results in production, producers unite via cooperatives. Recyclable collectors are producers because they provide reusable raw materials. This activity is typically precarious, although environmentally relevant. Governed by a special law, the production and service cooperatives, within in the context of public policies and partnerships, are constituted for the purposes of formalization and income, removing waste collectors from the precarious work conditions. To verify the viability of this type of cooperative and the working relationship involved, Cooperagir was researched. From the data collected and using the SWOT matrix as an analysis tool, the positive and negative aspects of it were detected, including the work relationship. The strengths, opportunities, weaknesses, and threats were analyzed. It is concluded that the cooperative has the potential to evolve, however, there are threats that may make it infeasible.

Keywords:
cooperative; garbage; recycling; SWOT

Introducción

Hay consenso sobre la necesidad de reciclar la basura en beneficio de la sostenibilidad ambiental, evitando la acumulación de residuos y preservando los recursos no renovables. También es un medio de obtener ingresos y materias primas. Sin embargo, si la extracción es más viable económicamente que el reciclaje, se producirá un impacto negativo en al medio ambiente. Desde el punto de vista de la sostenibilidad, lo ideal es hacer converger los esfuerzos en procesos de reciclado, en los que se valoren el fomento de la mano de obra y los factores de renta.

Este estudio tiene como problema de investigación la viabilidad de la cooperativa de recicladores, desde la perspectiva de la valorización del trabajo y de su sostenibilidad económica, con vistas a detectar las potencialidades y vulnerabilidades del modelo empresarial. A partir de referencias teóricas y jurídicas, se investigó la Cooperativa de Agentes Ambientales (Cooperagir) del municipio de Marechal Cândido Rondon/PR. Se realizaron entrevistas y se analizaron documentos clave de la cooperativa. A partir de esos datos primarios, se analizó, debatió y sopesó la matriz FOFA, que pone de relieve los puntos débiles, las amenazas, las oportunidades y los puntos fuertes de la cooperativa.

Se utilizó el método hipotético-deductivo, que se caracteriza por ser una investigación explicativa y exploratoria, con el fin de proporcionar una mayor familiaridad con el problema, con vistas a hacerlo más explícito o construir hipótesis. Implica: un estudio bibliográfico; entrevistas con personas que hayan tenido una experiencia práctica con el problema investigado; y análisis de ejemplos que estimulen la comprensión. Se trata de una investigación de campo, con el objetivo de experimentar y obtener información sobre el problema estudiado, comprender la relación entre causas y efectos, observar hechos y fenómenos que resulten relevantes para la investigación.

La investigación incluyó cuatro puntos: a) un análisis jurídico para determinar si sus estatutos y demás actos constitutivos se ajustan al ordenamiento jurídico, especialmente a la legislación sobre cooperativas; (b) entrevistas semiestructuradas con sus dirigentes para obtener un conocimiento intrínseco de la cooperativa; c) se envió un cuestionario con respuestas de opción múltiple a los cooperadores para conocer cómo ven la cooperativa, su percepción como cooperadores y trabajadores y la importancia que conceden al modelo asociativo; d) se aplicó la matriz FAFO, se analizaron y discutieron los datos y se extrajeron conclusiones.

1 Diferencias entre cooperativa y otras empresas

El Código Civil - Ley n. 10.406/2002 (Brasil, 2002BRASIL. Lei n. 10.406, de 10 de janeiro de 2002. Institui o Código Civil. Diário Oficial da União (DOU) : seção 1. Brasília, DF, p. 1-74, 11 jan. 2002. Disponível em: Disponível em: http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/leis/2002/l10406compilada.htm . Acesso em: 28 ago. 2022.
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) - autoriza a las personas a unirse para fines comunes: si el fin no es lucrativo, se trata de una asociación; en caso contrario, las sociedades son empresariales o no (arts. 53 y 981 del Código Civil - CC).

La sociedad empresarial es aquella que tiene por objeto la explotación habitual de una actividad económica organizada para la producción o circulación de bienes o servicios, siempre con ánimo de lucro. Explota, por tanto, profesionalmente la empresa, que es el resultado de la combinación de trabajo, capital y, por qué no, tecnología (Campinho, 2016CAMPINHO, S. Curso de Direito Empresarial: direito de empresa. 14. ed. São Paulo/SP: Saraiva, 2016., p. 51).

Son ejemplos de sociedades empresariales, las sociedades de responsabilidad limitada y las sociedades anónimas (arts. 982, 1052 y 1.088 del Código Civil). No es una empresa si falta el elemento empresarial, y la unión de socios puede ser una simple sociedad (actividades intelectuales, servicios, etc.) o una cooperativa. Cooperativas, por expresa disposición legal, no son sociedades, aunque tengan elementos de sociedad (apartado único del art. 882 del CC).

Constituida una sociedad, sus socios deben contribuir materialmente a la formación del capital social (art. 968, III del Código Civil). Eso es esencial para estructurar los elementos de la empresa, que, organizada por los gestores, producirá bienes y servicios, cuyos resultados positivos se convertirán en beneficios y, si son negativos, en quiebra. La obligación fundamental del socio en la sociedad empresarial es contribuir con el capital, pudiendo la gestión estar a cargo de personas ajenas al cuadro societario (art. 1.011 do CC).

Para entender la empresa emprendedora, se tomen en cuenta el siguiente ejemplo: los socios A y B aportan, respectivamente, – y ¼ del capital social. Designan a un gerente no socio que, con el capital que han constituido, compra locales y maquinaria, contrata empleados y empieza a producir en un determinado establecimiento1 1 Código Civil: “Art. 1.142. Se considera establecimiento todo conjunto de bienes organizados para el ejercicio de una actividad empresarial por un empresario o sociedad empresarial” (Brasil, 2002). . El resultado de la organización es la empresa, que genera los bienes o servicios pretendidos por los socios. Una empresa es “un elemento abstracto, resultado de la acción intencionada de su titular, el empresario, para promover el ejercicio de una actividad económica de forma organizada” (Campinho, 2016CAMPINHO, S. Curso de Direito Empresarial: direito de empresa. 14. ed. São Paulo/SP: Saraiva, 2016., p. 25). El lucro se distribuye entre los socios en proporción a su participación en el capital. Así, A recibe – y B ¼. Reciben dividendos, aunque nunca hayan trabajado para la empresa. En ese ejemplo, los socios han cumplido una única obligación: formar el capital social.

En una cooperativa, los ingresos proceden de forma sensiblemente distinta y requieren la participación productiva activa del socio (cooperadores), por lo que no tiene la consideración legal de sociedad mercantil. No es imprescindible que el cooperador contribuya a la formación del capital social, sino que coopere (produzca), hasta el punto de que la cooperativa puede carecer de capital (art. 1.094, I, del Código Civil), a diferencia de una sociedad empresarial.

El cooperado es siempre un productor, y el producto de su trabajo, hasta llegar al consumidor, en alguna etapa, ha contado con la colaboración de la cooperativa. Por ejemplo, si un productor rural desea vender pollo congelado directamente al consumidor, en caso de tener las condiciones, puede: cultivar los granos; producir con ellos el alimento; alimentar a los pollos; sacrificarlos; congelarlos; y entregar el producto sin intermediarios. Luego, como domina todo el proceso hasta llegar al consumidor, no tiene por qué asociarse con otros. Sin embargo, como eso no siempre es posible, para que su producción llegue al consumidor recurre a intermediarios (intermediarios), con repercusiones negativas o positivas en sus ingresos.

El productor vende su producción aún incompleta (granos o pollos vivos) al intermediario al precio X, que es de donde procede su beneficio o renta. El intermediario, al añadir valor mediante la industrialización, repercute en el consumidor los costes de adquisición, intermediación y la parte que constituye el beneficio. Así, si el productor entregó al precio X, el intermediario añadió los costes C y un beneficio L, el consumidor pagó el precio de X+C+L. El lucro L queda con el intermediario. Es en los elementos C y L donde actúa la cooperativa, revirtiendo el lucro al cooperado, y no al intermediario, ya que el intermediario es la cooperativa2 2 La aparición de las cooperativas en Inglaterra a finales del siglo XIX fue una forma organizada de hacer frente a la explotación del trabajo y una respuesta al capitalismo. En Brasil, llegó a finales del mismo siglo (Souza; Santos; Rocha, 2020). , que debe recibir, en rigor, solo el costo C. Cuando el productor está limitado al precio X, incapaz de añadir valor al producto, el coste C es asumido por la cooperación colectiva a través de la cooperativa, que ofrecerá el pollo al consumidor a un precio de X+C. Sin embargo, si hay un excedente pagado por el consumidor, se genera un excedente, por lo que el precio final es X+C+S. El excedente sustituye al lucro. Ella no se queda en la cooperativa y debe volver al productor, porque la empresa sólo está ahí para ayudar y añadir valor a la parte en la que el productor es incapaz de aumentar los resultados sin la cooperación. Por lo tanto, todo el resultado de la producción pertenece al productor, es decir, el lucro. Por eso, la Ley n. 5.764/713 3 “Define la Política Nacional de Cooperativas, establece el régimen jurídico de las sociedades cooperativas y dicta otras disposiciones” (Brasil, 1971). (Brasil, 1971BRASIL. Lei n. 5.764, de 16 de dezembro de 1971. Define a Política Nacional de Cooperativismo, institui o regime jurídico das sociedades cooperativas, e dá outras providências. Diário Oficial da União (DOU): seção 1. Brasília/DF, p. 10.354, 16 dez. 1971. Disponível em: Disponível em: http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/leis/l5764.htm . Acesso em: 28 set. 2022.
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), en el art. 4, VII, utiliza la expresión “excedentes”, y no lucro, porque la cooperativa es un instrumento de auxilio y mediación en la producción, por lo que sus ingresos se limitan a los costos de sus operaciones. Cabe señalar que la búsqueda del beneficio es un objetivo del cooperador, y su inclusión en la formación del precio cobrado por la cooperativa (excedentes) es legítima.

Cooperativa es una mezcla de asociación y empresa: asociativa porque es la unión de productores que buscan la ayuda mutua (cooperación) y se refleja en los ingresos de sus respectivas producciones individuales. Empresa porque la parte que actúa como intermediario y apoyo contiene elementos de una empresa4 4 Ley n. 5.764/71: “Art. 91: Las cooperativas se equiparán a las demás empresas en cuanto a sus trabajadores a efectos de la legislación laboral y de seguridad laboral” (Brasil, 1971). (capital, organización, gestión, empleados, etc.) El cooperador es, a la vez, socio y cliente de la cooperativa (Gonçalves Neto, 2014GONÇALVES NETO, A. A. Direito de Empresa: comentários aos artigos 966 a 1.195 do código civil. 5. ed. São Paulo: Revista dos Tribunais, 2014.).

Es por esa peculiaridad, caracterizada por dos etapas en la producción, pero vinculadas entre sí - una por el cooperador y otra complementada por la cooperativa -, que existe el llamado acto cooperativo, regulado por el art. 795 The authors declare no conflict of interest. 5 “Art. 79 Son actos cooperativos los realizados entre las cooperativas y sus asociados, entre las cooperativas y sus asociados, y por las cooperativas entre sí, cuando sean asociados, para la realización de sus objetivos sociales. Párrafo único. El acto cooperativo no implica operación de mercado o contrato de compra y venta de productos o bienes” (Brasil, 1971). de la Ley de Cooperativas (Ley n. 5.764/71; Brasil, 1971BRASIL. Lei n. 5.764, de 16 de dezembro de 1971. Define a Política Nacional de Cooperativismo, institui o regime jurídico das sociedades cooperativas, e dá outras providências. Diário Oficial da União (DOU): seção 1. Brasília/DF, p. 10.354, 16 dez. 1971. Disponível em: Disponível em: http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/leis/l5764.htm . Acesso em: 28 set. 2022.
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). En la base de la cooperativa hay la producción de sus socios, cuya relación se regula de forma diferente y peculiar a otras empresas. Destaca la forma de responsabilidad de los cooperados: Hay obligaciones que son exclusivas de la empresa cooperativa (persona jurídica) y otras que son propias de los socios. Entre las obligaciones propias de la cooperativa figuran las cargas laborales, los impuestos sobre su patrimonio, etc. En el estatuto social, los cooperados definen cómo responderán personalmente de las obligaciones de la empresa: si de forma limitada al capital desembolsado o de forma solidaria (art. 1.095, §§ 1 y 2 del CC). Como corolario lógico, si se adopta la forma sin capital social, la responsabilidad será siempre solidaria (art. 1.094, I, del Código Civil). Con todo, es obligatoria la constitución de un fondo de reserva a partir de los descuentos de los excedentes (art. 28 de la Ley 5.764/71).

No obstante, debido al acto cooperativo, existe una forma peculiar de responsabilidad para el socio cooperador, recogida en la segunda parte del §1 del art. 1.095 del CC: responderá de forma limitada en la proporción en que haya participado en las pérdidas de las operaciones sociales (actos cooperativos). Por lo tanto, si no participaron en la operación social, no deben nada. Ejemplo: si la cooperativa pide un préstamo para comprar semillas, el acreedor puede cobrar a la cooperativa y al agricultor cooperador; sin embargo, el agricultor cooperador no será responsable del importe total, sino que se limitará a la parte de semillas de la que se haya beneficiado; el resto de la responsabilidad recae en los demás cooperadores, y en proporción a cuánto se hayan beneficiado. De todas formas, en la práctica, las cooperativas adoptan la solución de pagar al prestamista con cargo a sus reservas y cobrarle de vuelta. En conclusión, según los estatutos, el cooperado puede ser responsable solidario frente a la cooperativa, o responsable limitado, de dos maneras: (1) por las deudas sociales de la entidad jurídica cooperativa y en la proporción en que participe en el capital social; (2) proporcionalmente en las operaciones sociales (actos cooperativos) en que haya participado.

Según el mismo principio de responsabilidad proporcional en las operaciones (encargo), sólo tendrá derecho al excedente (bonus) el cooperador que haya participado en el acto cooperativo y, en proporción al volumen implicado en las operaciones. Y aquí es donde el socio cooperador también se diferencia del socio empresarial: el último siempre percibirá los beneficios en proporción a su participación en el capital, incluso sin intervenir en los procesos productivos. Y, por otro lado, los cooperados que no han visto apoyada su producción por la cooperativa no reciben excedentes, aunque participen en el capital social, porque la cooperativa debe servirles y no generar ingresos a través del capital. Sin producción, no hay excedentes; igual que no tienen responsabilidades cuando no se implican en las operaciones sociales.

Dado que la cooperación surge de la necesidad de ayuda, el cooperador puede darse de baja en cualquier momento cuando la cooperativa ya no sea necesaria. Por ello, la ley prevé que la admisión y la baja en el cuadro de socios sea libre. Tampoco sus herederos le suceden como socios, pues no es la parte del capital social la que era productiva, sino el cooperado fallecido (Brasil, 1971BRASIL. Lei n. 5.764, de 16 de dezembro de 1971. Define a Política Nacional de Cooperativismo, institui o regime jurídico das sociedades cooperativas, e dá outras providências. Diário Oficial da União (DOU): seção 1. Brasília/DF, p. 10.354, 16 dez. 1971. Disponível em: Disponível em: http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/leis/l5764.htm . Acesso em: 28 set. 2022.
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). La consecuencia de ello es la posibilidad de variación del capital social, que cambia a medida que los cooperados se integran o salen (art. 1.094, I, del CC), hecho que se permite excepcionalmente en las sociedades empresariales (art. 1.082, del CC), ya que el capital es la esencia de su existencia.

Por fin, como la importancia social es la persona del socio cooperador, y no su participación en el capital, eso se refleja en la característica de la fuerza del voto en la asamblea, que es igual entre ellos, independientemente de la cantidad con la que participen en el capital, en los actos cooperativos o en el volumen de producción. En las sociedades empresariales, en cambio, el poder del voto es proporcional a la cuota de capital, ya que éste es el elemento esencial en la medición de la renta (lucro) y la responsabilidad del socio.

Por tanto, una sociedad cooperativa es una empresa formal sin carácter empresarial, sin ánimo de lucro, y su objetivo es apoyar a sus socios productores a mejorar sus beneficios a través de la producción.

2 Cooperativa de trabajo

El trabajo de recogida de objetos está estrechamente relacionado con el subempleo, las malas condiciones laborales y los escasos ingresos (Fuzzi; Leal, 2018FUZZI, F. R.; LEAL, A. C. Cooperativas e associações de catadores de materiais recicláveis organizadas em rede: Rede Cataoeste, São Paulo, Brasil. Revista Formação, [S. l.], v. 25, n. 45, p. 123-155, set. 2018. Disponível em: Disponível em: http://dx.doi.org/10.33081/formacao.v25i45.5495 . Acesso em: 28 ago. 2022.
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). Algunas empresas de reciclaje se mantienen gracias a los escasos pagos que reciben los recicladores. Si bien eso es interesante desde el punto de vista ambiental, no lo es tanto desde el punto de vista social, ya que es un factor de mantenimiento de la pobreza y de la degradante explotación laboral (Moreira; Barros; Miranda, 2022MOREIRA, S. G.; BARROS, M. D. M.; MIRANDA, A. P. A invisibilidade do catador de resíduos recicláveis e a indiferença no olhar do educador. Revista Dialogia, [S. l.], n. 41, p. 1-18, jun. 2022. Disponível em: Disponível em: http://dx.doi.org/10.5585/41.2022.19925 . Acesso em: 28 ago. 2022.
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). En ese contexto, la actuación de las cooperativas de trabajo, creadas sobre la base de la valorización del trabajo (Brasil, 2012BRASIL. Lei n. 12.690, de 19 de julho de 2012. Dispõe sobre a organização e o funcionamento das Cooperativas de Trabalho; institui o Programa Nacional de Fomento às Cooperativas de Trabalho (PRONACOOP) e; revoga […]. Diário Oficial da União (DOU) : seção 1. Brasília, DF, p. 2-7, 20 jul. 2012. Disponível em: Disponível em: http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/_ato2011-2014/2012/lei/l12690.htm . Acesso em: 28 ago. 2022.
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), adquiere cada vez más importancia.

La Ley n. 12.690/2012 (Brasil, 2012BRASIL. Lei n. 12.690, de 19 de julho de 2012. Dispõe sobre a organização e o funcionamento das Cooperativas de Trabalho; institui o Programa Nacional de Fomento às Cooperativas de Trabalho (PRONACOOP) e; revoga […]. Diário Oficial da União (DOU) : seção 1. Brasília, DF, p. 2-7, 20 jul. 2012. Disponível em: Disponível em: http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/_ato2011-2014/2012/lei/l12690.htm . Acesso em: 28 ago. 2022.
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) regula las sociedades cooperativas, cuya finalidad es la prestación de servicios (trabajo) y la producción, y trata de evitar el fraude a la legislación laboral en caso de que se constituyan de forma fraudulenta. Se denomina legalmente cooperativa de trabajo y tiene dos finalidades: (a) producción; y (b) prestación de servicios especializados. La característica principal es el trabajo realizado por el propio cooperado e intermediado por la cooperativa, a diferencia de una cooperativa de agropecuarios, por ejemplo, en la cual lo que ocurre es la entrega de productos para su posterior procesamiento y comercialización (intermediación).

La cooperativa de trabajo puede ofrecer ventajas a quienes trabajan con productos reciclables, tales como: (a) eliminar al intermediario y poder obtener un mejor precio de la industria del reciclaje (Fuzzi; Leal, 2018FUZZI, F. R.; LEAL, A. C. Cooperativas e associações de catadores de materiais recicláveis organizadas em rede: Rede Cataoeste, São Paulo, Brasil. Revista Formação, [S. l.], v. 25, n. 45, p. 123-155, set. 2018. Disponível em: Disponível em: http://dx.doi.org/10.33081/formacao.v25i45.5495 . Acesso em: 28 ago. 2022.
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); (b) mayor producción al participar de forma conjunta con el servicio público en la recogida selectiva de residuos; (c) ayuda con el equipamiento de la cooperativa. Por otro lado, desde el punto de vista medioambiental, las cooperativas contribuyen a la sostenibilidad al aunar los intereses de todos: sociedad y cooperadores.

De acuerdo con el art. 7 de la Ley n. 12.690 (Brasil, 2012BRASIL. Lei n. 12.690, de 19 de julho de 2012. Dispõe sobre a organização e o funcionamento das Cooperativas de Trabalho; institui o Programa Nacional de Fomento às Cooperativas de Trabalho (PRONACOOP) e; revoga […]. Diário Oficial da União (DOU) : seção 1. Brasília, DF, p. 2-7, 20 jul. 2012. Disponível em: Disponível em: http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/_ato2011-2014/2012/lei/l12690.htm . Acesso em: 28 ago. 2022.
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), a los cooperadores se les garantizan derechos similares a los de los empleados, tales como: descanso semanal remunerado; vacaciones anuales, entre otros. Eso demuestra la importancia y el valor dado al trabajo y a los bienes resultantes del proceso productivo cooperativo, factores que no ocurren, por ejemplo, con la compra por el intermediario directamente del reciclador, en que el valor del trabajo es depreciado por el pago irrisorio por los bienes recolectados (producción).

3 Cooperagir: análisis y discusión de las informaciones obtenidas

Los datos de la investigación proceden de los documentos de la cooperativa (estatutos, reglamento interno y balance del ejercicio 2021) y de entrevistas con el presidente y cooperados. El presidente de Cooperagir, Daniele Winter Arce, ocupa el cargo desde el 15 de junio de 2022, y anteriormente fue tesorero (22/02/2019), asistido por la auxiliar administrativa Rosilene da Costa. Inicialmente, el cuestionario de 37 preguntas fue enviado y respondido por escrito; luego fue complementado en varios momentos a distancia (internet y teléfono) en un intento de profundizar en las respuestas dadas. Comenzó el 16 de agosto de 2022 y finalizó el 2 de septiembre de 2022.

A los cooperados se les formularon 16 preguntas en un formulario en línea e impreso, todas con respuestas de opción múltiple, 15 con una sola opción y una con múltiples respuestas seleccionables. Catorce cooperadores respondieron directamente (online) y otros seis a través del formulario impreso, totalizando 20 entrevistados (66,66% del total). La encuesta se realizó entre el 23 de agosto de 2022 y el 2 de septiembre de 2022. Hubo dificultades para obtener respuestas, debido a la falta de familiaridad con los formularios escritos y el acceso en línea, la falta de tiempo debido a la intensa actividad cooperativa, entre otros.

Además de los contactos telefónicos y por correo electrónico, se realizaron tres visitas al establecimiento: una para el contacto inicial y la presentación de los objetivos de esta investigación; otra para presentar los formularios con las preguntas; y la última, para recoger las respuestas escritas de los cooperados.

3.1 Presentación de la Cooperagir

Cooperagir se creó en agosto de 2007, sucediendo a una asociación de recicladores. Funciona en una propiedad rural, cedida gratuitamente y por tiempo indeterminado por el municipio de Marechal Cândido Rondon. De acuerdo con sus estatutos (Cooperagir, 2022aCOOPERATIVA DOS AGENTES AMBIENTAIS. Estatuto Social da Cooperativa do Agentes Ambientais (Cooperagir): ata da segunda alteração estatutária, de 28 de janeiro de 2022. NIRE n. 41400018636. Data do registro: 21 fev. 2022. Curitiba: Junta Comercial do Paraná (JUCEPAR), 2022a.), se trata de una cooperativa mixta, que incluye actividades de producción y servicios relacionados con la recogida y selección de residuos (productos reciclables). En 2022, los estatutos fueron modificados para cumplir con la Ley n. 12.690/2012 (Brasil, 2012BRASIL. Lei n. 12.690, de 19 de julho de 2012. Dispõe sobre a organização e o funcionamento das Cooperativas de Trabalho; institui o Programa Nacional de Fomento às Cooperativas de Trabalho (PRONACOOP) e; revoga […]. Diário Oficial da União (DOU) : seção 1. Brasília, DF, p. 2-7, 20 jul. 2012. Disponível em: Disponível em: http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/_ato2011-2014/2012/lei/l12690.htm . Acesso em: 28 ago. 2022.
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).

La administración corre a cargo de tres órganos: La Asamblea General (órgano supremo y de apelación); el Consejo de Supervisión; y el Consejo de Administración. El consejo está formado por un presidente, un vicepresidente, un tesorero y un secretario. Destaca la toma de decisiones colegiada del consejo, en lugar de la monocrática del presidente, que tiene la función de votar en caso de empate entre los demás miembros, además de representar a la empresa. En el reglamento interno predominan las decisiones colegiadas (Cooperagir, 2022bCOOPERATIVA DOS AGENTES AMBIENTAIS. Regimento Interno da Cooperativa do Agentes Ambientais (Cooperagir), de 9 de fevereiro de 2022. NIRE n. 41400018636. Data do registro: 21 fev. 2022. Curitiba: Junta Comercial do Paraná, 2022b.).

En cuanto a los cooperados, en el cuadro de socios hay equilibrio de género, y el 65% se encuentra en el rango de edad de 21 a 40 años. Predomina la baja escolaridad: el 40% tiene educación primaria incompleta; el 15% ha completado hasta el 4 grado; otro 15% tiene educación secundaria incompleta; el 5% es analfabeto; y los demás están distribuidos entre los otros niveles educacionales. La falta de estudios primarios completos entre ese grupo de jóvenes es llamativa en un municipio donde el acceso a la educación, incluida la superior, está generalizado. Eso sugiere que hay otras causas para el bajo nivel de escolarización, que merecen ser investigadas más a fondo.

Seleccionan una media de 95 toneladas de residuos al mes, clasificados en más de 30 variantes, como: metales diversos (aluminio, cobre, plomo, etc.), polímeros (plásticos, PET y otros), vidrio (entero y fragmentado), celulosa (papel, cartón, tetrapak, etc.), electrónica (teléfonos móviles, placas de componentes, etc.), espuma de poliestireno, pilas, aceites, etc. Los residuos proceden de la recogida selectiva en el municipio de Marechal Cândido Rondon de dos fuentes: socios privados y un contrato con el ayuntamiento. No seleccionan materiales peligrosos (basura hospitalaria; envases de productos tóxicos, medicamentos y similares).

Las instalaciones constan de dos naves, donde se lleva a cabo la producción, y otro edificio para el sector administrativo y el comedor.

3.2 Análisis por la matriz FOFA

La matriz FOFA (Fortalezas, Oportunidades, Debilidades y Amenazas), del inglés SWOT (Strengths, Weaknesses, Opportunities y Threats) fue ideado por los profesores de la Harvard Business School Kenneth Andrews y Roland Cristensen. Se trata de una herramienta de análisis para diagnosticar las condiciones económicas de la actividad y orientar las acciones, con vistas a establecer correcciones y estrategias. Mediante una disposición gráfica, pone de relieve los elementos positivos constituidos por los puntos fuertes y las oportunidades, y los elementos negativos constituidos por los puntos débiles y las amenazas. Además, los elementos pueden ser de origen interno o externo (Silva et al., 2012SILVA, A. A. et al. A utilização da matriz SWOT como ferramenta estratégica: um estudo de caso em uma escola de idioma de São Paulo. In: VIII SIMPÓSIO DE EXCELÊNCIA EM GESTÃO E TECNOLOGIA (SEGET), 8. 2011, Resende. Anais eletrônicos […]. Rio de Janeiro: Centro Universitário UniDomBosco, 2011. p. 1-11. Disponível em: Disponível em: https://www.aedb.br/seget/arquivos/artigos11/26714255.pdf . Acesso em: 28 ago. 2022.
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). Las cuatro variables se organizan gráficamente en cuatro ejes que se cruzan (dos verticales y dos horizontales), lo que facilita la comprensión del diagnóstico. A partir de las fuentes primarias investigadas, la matriz FOFA de Cooperagir se presenta como se indica en la Tabla 1.

Tabla 1
Matriz FOFA de la Cooperagir

A partir de los distintos puntos expuestos en la matriz FOFA, se pasa a continuación al análisis contextualizado, con el fin de clarificar el problema de investigación.

3.3 Organización y gestión

Los estatutos de Cooperagir (2022aCOOPERATIVA DOS AGENTES AMBIENTAIS. Estatuto Social da Cooperativa do Agentes Ambientais (Cooperagir): ata da segunda alteração estatutária, de 28 de janeiro de 2022. NIRE n. 41400018636. Data do registro: 21 fev. 2022. Curitiba: Junta Comercial do Paraná (JUCEPAR), 2022a.) se ajustan a la legislación societaria y cooperativa. Hay algunas imprecisiones técnico-jurídicas y una omisión, al no indicar la unidad de tiempo en el punto III del art. 7, señalando la pérdida del derecho de voto cuando se está inactivo más de “dos”, sin especificar si son días, meses o años. El vicio no es comprometedor y es fácilmente subsanable. La relación entre los cooperados se complementa con el reglamento interno (Cooperagir, 2022bCOOPERATIVA DOS AGENTES AMBIENTAIS. Regimento Interno da Cooperativa do Agentes Ambientais (Cooperagir), de 9 de fevereiro de 2022. NIRE n. 41400018636. Data do registro: 21 fev. 2022. Curitiba: Junta Comercial do Paraná, 2022b.), previsto estatutariamente.

El consejo de administración cuenta con la ayuda de dos empleados que realizan actividades administrativas y burocráticas. También cuenta con asesoría contable especializada en cooperativas de esta naturaleza y recientemente ha contratado asesoría jurídica.

Al cuestionar a los socios sobre el desempeño del actual consejo de administración, el 50% dijo que era bueno, el 45% excelente, el 5% regular, sin malas evaluaciones, y el 95% dijo que se les pagaba regularmente por su trabajo como cooperadores, y el 5% que rara vez se presentaban problemas. Además, el 95% afirma que asiste a todas las reuniones a las que se le convoca. El resultado de estas dos últimas respuestas corrobora la valoración positiva de los directivos: la regularidad en los pagos es reflejo de una buena organización, y la asistencia demuestra que están informados y participan en las acciones de gestión.

Según el §3 del art. 16 del reglamento interno (Cooperagir, 2022bCOOPERATIVA DOS AGENTES AMBIENTAIS. Regimento Interno da Cooperativa do Agentes Ambientais (Cooperagir), de 9 de fevereiro de 2022. NIRE n. 41400018636. Data do registro: 21 fev. 2022. Curitiba: Junta Comercial do Paraná, 2022b.), en el ámbito de la producción, el consejo de administración tiene prioridad en las funciones de supervisión, medición y otras actividades de control relacionadas. Durante las visitas realizadas, destacó la interacción y cercanía del consejo de administración con el resto de cooperadores. Aunque ocupan puestos de responsabilidad, los directores siguen participando en la ejecución de los servicios y la producción, manteniendo un estrecho contacto con los demás cooperadores.

El reglamento interno detalla la ejecución de las actividades, los horarios y los días trabajados durante la semana6 6 Se trabaja de lunes a viernes, de 7.45 a 17.00 horas, con tres pausas: de 9.00 a 9.20 horas; de 11.45 a 13.00 horas y de 15.00 a 15.15 horas (Cooperagir, 2022b). , formación de los ingresos en función de la jornada laboral, derechos y obligaciones de los socios de la cooperativa, etc. Impone la disciplina interna necesaria para la estabilidad de la relación entre ellos. Ha de destacarse que enumera numerosos hechos hipotéticos vinculados a la producción, cuya solución, por regla general, pasa por el voto directo de los cooperadores, y no por el consejo rector, prevaleciendo las decisiones y actuaciones colegiadas en detrimento de las individuales.

Por tanto, desde el punto de vista organizativo y de gestión, no se han detectado amenazas ni debilidades, lo que se traduce en fortalezas. También se incluye como fortaleza el actual consejo rector, con amplia aprobación de los cooperadores, con potencial para implementar programas orientados a desarrollar las oportunidades percibidas y expresadas en la matriz.

3.4 Apoyo y dependencia del poder público

La relación de la cooperativa con el municipio de Marechal Cândido Rondon es un punto preocupante. Por un lado, es un punto fuerte, ya que siempre ha tenido la atención y el apoyo que necesita. Por otro lado, entre las amenazas se encuentran la elevada dependencia de la finca rústica en la que se ubica el establecimiento, y el hecho de que parte de los residuos recogidos proceden de un contrato público vinculado a programas de carácter ambiental, pagando mensualmente el ayuntamiento por los servicios prestados. Ese contrato expiró el 2 de mayo de 2023. Un cambio de gestor público podría poner en peligro esta relación, imponiendo cambios en las condiciones actualmente existentes, por no hablar de la utilización o interferencia de los intereses privados y políticos del gestor público. El simple hecho de no renovar el contrato o cobrar por el uso del inmueble pondría en peligro económicamente a la cooperativa y podría ser su fin, con repercusiones en los ingresos de los cooperadores. No se analizó el contrato actual, pero cualquier amenaza podría evitarse o mitigarse insertando cláusulas en ese sentido.

A esas amenazas también se pueden responder con oportunidades. Una está en el propio estatuto, que establece que el ámbito de actuación abarca los seis municipios del distrito de Marechal Cândido Rondon, y puede ampliar los contratos públicos con los demás municipios. La ubicación actual permite un fácil acceso por carretera a los municipios de Nova Santa Rosa, Quatro Pontes y Mercedes; sólo los municipios de Pato Bragado y Entre Rios do Oeste presentan mayor dificultad, debido a la distancia y al hecho de que parte del acceso pasa por la zona urbana de Marechal Cândido Rondon. Considerando el hecho de que el art. 75, j, de la Ley n. 14.133/2021 (Brasil, 2021BRASIL. Lei n. 14.133, de 1º de abril de 2021. Lei de Licitações e Contratos Administrativos. Diário Oficial da União (DOU) : seção 1. Brasília, DF, p. 1-26, 1 abr. 2021. Disponível em: Disponível em: https://www.planalto.gov.br/ccivil_03/_Ato2019-2022/2021/Lei/L14133.htm . Acesso em: 28 ago. 2022.
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) exime de licitación a las cooperativas de colectores, existe la oportunidad de ampliar los servicios y la producción con esos municipios bajo la forma de sociedades, mitigando la vulnerabilidad con la única sociedad pública existente. Los contratos públicos o privados deben ser a largo plazo, para garantizar cierta estabilidad, incluso en cuanto al uso de la propiedad.

En cuanto al establecimiento ubicado en propiedad municipal, también es una situación a considerar, ya que, si se extingue la propiedad, el traslado puede ser imposible, principalmente por el coste del alquiler. Lo ideal es disponer de una propiedad propia, cuya adquisición aún no es viable dados los resultados financieros y la falta de fondos estatutarios para ese fin.

3.5 El uso de la importancia social de la cooperativa en la concienciación

Una de las funciones de las cooperativas de producción y servicios (Brasil, 2012BRASIL. Lei n. 12.690, de 19 de julho de 2012. Dispõe sobre a organização e o funcionamento das Cooperativas de Trabalho; institui o Programa Nacional de Fomento às Cooperativas de Trabalho (PRONACOOP) e; revoga […]. Diário Oficial da União (DOU) : seção 1. Brasília, DF, p. 2-7, 20 jul. 2012. Disponível em: Disponível em: http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/_ato2011-2014/2012/lei/l12690.htm . Acesso em: 28 ago. 2022.
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) es formalizarlas, evitando así la precariedad. El estatuto prevé la obligatoriedad de que los cooperadores estén dados de alta como cotizantes individuales (autónomos) en la Seguridad Social, además de un salario mínimo mensual del salario mínimo o suelo de la categoría, más una participación en la producción, en función de las horas trabajadas; 50% de los cooperadores declararon que antes eran recolectores informales, y la mayoría de ellos (25%) optaron por hacerse cooperadores y dejar su anterior trabajo o actividad debido a la mejora de los ingresos; 40% prefiere hacerse cooperador si tiene unos ingresos similares a los de los asalariados. Según el balance, el cooperador que más recibió en 2021 tuvo unos ingresos brutos totales de 38.900,81 reales (sin descuentos legales), lo que se traduce en unos ingresos mensuales de 3.241,73 reales, cerca de tres veces el salario mínimo nacional. Los resultados positivos proporcionados por la cooperativa en términos de formalización y mejora de los ingresos son evidentes.

En cuanto a la población, se informó de que parte de los residuos recogidos no se aprovecha debido a una separación incorrecta, y los residuos se eliminan en el vertedero municipal. Eso repercute en los ingresos de la cooperativa, ya que sólo genera gastos de funcionamiento, que implican tiempo de recogida, transporte, tratamiento y eliminación, sin ningún retorno económico. En consecuencia, cuanto menor sea la tasa de eliminación, mayores serán los ingresos, ya que se obtiene más producto con menos gastos en el proceso de clasificación y eliminación. La correcta eliminación por parte de la población está estrechamente vinculada a los resultados financieros del cooperado.

El contrato con el municipio prevé dos actividades mensuales de sensibilización de la población. Sumando esta obligación contractual a los aspectos positivos del trabajo digno y los ingresos que proporciona la cooperativa, así como la sostenibilidad medioambiental y la contaminación por residuos, esos elementos pueden funcionar conjuntamente para inculcar en la conciencia colectiva que una eliminación correcta significa ayudar a los ingresos de los cooperadores. Ese sesgo puede aprovecharse en la publicidad, informando al público de que la separación correcta es de suma importancia para los resultados financieros de los cooperadores. Hacer hincapié en esos aspectos como medio de persuasión es una oportunidad beneficiosa para la cooperativa, los cooperadores y la población en general, en términos de conservación del medio ambiente.

3.6 Repercusión de los cooperados en las obligaciones societarias

El estatuto, en su art. 9 (Cooperagir, 2022aCOOPERATIVA DOS AGENTES AMBIENTAIS. Estatuto Social da Cooperativa do Agentes Ambientais (Cooperagir): ata da segunda alteração estatutária, de 28 de janeiro de 2022. NIRE n. 41400018636. Data do registro: 21 fev. 2022. Curitiba: Junta Comercial do Paraná (JUCEPAR), 2022a.), prevé la responsabilidad limitada de los cooperados según el §1 del art. 1.095, aunque utiliza inadecuadamente el término “responsabilidad subsidiaria”. El capital está dividido en acciones de R$1,00 cada una, y el cooperado debe desembolsar un mínimo de R$2.000,00, con una aportación inicial de R$100,00, y el resto en hasta diez cuotas a lo largo de un año. De acuerdo con la información de la junta, los miembros sólo pagan la contribución inicial de 100,00 reales, y no la cantidad mínima estipulada en los estatutos. Cuando la práctica difiere del mandato estatutario y es cuestionada, la información es que el mínimo es de R$100,00 y el máximo de R$2.000,00, razón por la cual la mayoría prefiere hacer la contribución mínima. Por eso, en la matriz, la formación precaria del capital social es vista como una debilidad, pero también puede ser vista como una amenaza.

El art. 41 del estatuto prevé la formación de dos fondos: el fondo de reserva y el fondo de asistencia. En el contexto de la responsabilidad de la empresa, es relevante la existencia del fondo de reserva, con la finalidad de reparar pérdidas, según el art. 28 de la Ley n. 5.764/71 (Brasil, 1971BRASIL. Lei n. 5.764, de 16 de dezembro de 1971. Define a Política Nacional de Cooperativismo, institui o regime jurídico das sociedades cooperativas, e dá outras providências. Diário Oficial da União (DOU): seção 1. Brasília/DF, p. 10.354, 16 dez. 1971. Disponível em: Disponível em: http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/leis/l5764.htm . Acesso em: 28 set. 2022.
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), evitando que las cuotas parte de los socios sean utilizadas para cubrir más allá de su responsabilidad limitad. Considerando que la responsabilidad del socio está limitada a su cuota, con obligaciones asumidas al unirse, su no integración podría implicar que algún acreedor exija que cubra la parte faltante del valor de la cuota, si ha estado afiliado por más de un año, o proporcionalmente si el tiempo es menor. Es otra debilidad que debe remediarse.

Según el balance social y las aclaraciones de la entrevista, la cooperativa tiene deudas vencidas. La culpa de ello la tiene la mala gestión anterior. Sin entrar en los pormenores de las deudas, lo cierto es que la cooperativa tiene dificultades para obtener excedentes, tan necesarios para formar fondos. La falta de fondos y la falta de pago de las cuotas-parte pueden crear un grave riesgo para la continuidad de la empresa, especialmente cuando se trata de obligaciones fiscales, que, por falta de certificados fiscales o judiciales negativos, pueden impedir la continuidad de los contratos con las autoridades públicas, de las que depende en gran medida, lo que supone una amenaza, como se indica en la matriz.

Uno de los puntos débiles es la elevada rotación de miembros, que también puede considerarse una amenaza. Entre los socios, el 40% lo son desde hace menos de un año, seguido de un 30% con menos de dos años; los que llevan entre ocho y nueve años son sólo el 15%, y hay uno con más de diez años, aunque la cooperativa tiene quince años de antigüedad. Llegó a tener 70 cooperados y ahora tiene 33. Esa reducción y rotación merece que se investiguen las razones. Se sospecha que están relacionadas con la anterior dirección, a la que se acusó de nefasta en las entrevistas. La mala gestión repercute en la permanencia de los cooperados, pues interfiere en sus ingresos, hasta el punto de que una muestra de ello es la existencia de demandas laborales en las que los cooperados han solicitado su reconocimiento como trabajadores por cuenta ajena.

La rotación puede explicarse en parte por la cuantía de los ingresos. Aunque el 70% afirma que las condiciones de trabajo son buenas, y el resto que son excelentes, el 45% afirma que la mejora de sus ingresos fue la razón por la que se unió a la cooperativa. Pero ese mismo factor también podría hacer que se marcharan. De la muestra, el 8% se iría si sus ingresos fueran mayores; el 5% para trabajar como asalariado formalmente registrado; el 30% se cambiaría a otra actividad en condiciones más cómodas; y, por último, otro 30% señaló la opción “otro” del cuestionario. La suma de los porcentajes supera el 100%, porque la pregunta tenía respuestas múltiples, con más de una opción a elegir. La mejora de los ingresos y de las condiciones de trabajo fueron los principales motivos de abandono. Llama la atención la respuesta “otros motivos”, que merece ser investigada para averiguar de qué universo de situaciones se trata, entre otras cosas porque prevalece el deseo de autonomía y de no ser contratado en caso de ingresos similares.

Si un socio se da de baja, se retiran las participaciones y se contrae el capital. La inconstancia de los activos impide, por ejemplo, obtener financiación. La debilidad provocada por la rotación se traduce básicamente en una inestabilidad que dificulta el desarrollo económico, imposibilitando la adopción de proyectos a largo plazo que permitan la consolidación de la cooperativa, como la financiación de equipos o la adquisición de inmuebles para el establecimiento.

Por fin, una salida importante de cooperadores podría significar que los que se queden no puedan cumplir sus contratos, con el posible colapso de las actividades.

3.7 La búsqueda de la mejora de los ingresos y la solidez de la cooperativa a través de los excedentes

El estatuto prevé, en el § 3º del art. 3º, que el objeto social está compuesto por seis actividades codificadas en el Cadastro Nacional de Actividades Económicas (CNAE), siendo cuatro de industria y dos de servicios, todas relacionadas con residuos. Aunque el objeto social esté centrado en los residuos, no hay impedimento para que otras actividades sean abarcadas (Ley n. 12.690/2012, art. 10), simplemente adaptando el estatuto, ampliando la forma mixta de la cooperativa (arts. 5 y 10, § 2, de la Ley n. 5.764/1971). Eso permite la diversificación de las fuentes de renta, reduciendo las vulnerabilidades frente a las restricciones por falta de diversidad.

Existe la posibilidad de aumentar las actividades, sobre todo teniendo en cuenta que en el pasado el número de socios era significativamente mayor. Por eso, la matriz FOFA incluye la ampliación de las actividades como una oportunidad, entre otras cosas porque la competencia no se identificó como una amenaza, lo que no es muy habitual en el mundo de los negocios. Hay una tenue competencia con los recicladores informales y con una asociación de recicladores con fines similares, que también tiene un contrato con el municipio, que ha delimitado las áreas en las que la asociación y la cooperativa pueden operar. En ese contexto, no se aprecia ninguna situación que impida aumentar la producción y la prestación de servicios, recordando que un contrato similar puede ampliarse a otros municipios de la comarca.

Como los residuos seleccionados sirven de materia prima para la industria, es decir, para su transformación, es con ellos con los que se puede añadir valor, lo que se traduce en los excedentes necesarios para constituir el fondo de reserva y que el socio cooperador pueda desembolsar sus aportaciones, mejorando la capacidad de pago de las obligaciones sociales y la solidez financiera de la cooperativa. Tomando el aluminio como ejemplo, entre los diversos productos resultantes de la selección, la fundición podría insertarse como una nueva actividad para añadir valor, produciendo lingotes y diversos utensilios, piezas de automóvil, etc.

La ampliación de la actividad es una oportunidad posible y requiere un estudio previo, ya que puede ser uno de los medios para promover excedentes, lo que redundará en solidez y menor vulnerabilidad de la cooperativa ante las dificultades financieras que puedan surgir.

3.8 El cooperado y la relación laboral

La Cooperagir sigue los dictados de la Ley n. 12.690/2012 (Brasil, 2012BRASIL. Lei n. 12.690, de 19 de julho de 2012. Dispõe sobre a organização e o funcionamento das Cooperativas de Trabalho; institui o Programa Nacional de Fomento às Cooperativas de Trabalho (PRONACOOP) e; revoga […]. Diário Oficial da União (DOU) : seção 1. Brasília, DF, p. 2-7, 20 jul. 2012. Disponível em: Disponível em: http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/_ato2011-2014/2012/lei/l12690.htm . Acesso em: 28 ago. 2022.
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), que combina la actividad autónoma con la garantía de algunos derechos similares a los laborales. El trabajo autónomo del cooperador, vinculado a la cooperativa, es una relación laboral y significativamente diferente de un contrato de trabajo. El trabajo por cuenta propia y el trabajo por cuenta ajena son, por tanto, dos tipos de relación laboral. En el contrato de trabajo, la característica fundamental y diferenciadora entre ambas formas de relación laboral es el elemento de subordinación, en el que el trabajador se somete a las órdenes del empresario (Russomano, 2001RUSSOMANO, M. V. Curso de Direito de Trabalho. 8. ed. Curitiba: Juruá, 2001.). La ausencia de empresario (superior jerárquico) implica la ausencia de subordinación. Además, el empresario es quien posee los medios de producción (establecimiento), y el trabajador se incorpora únicamente con su fuerza de trabajo, constituyendo uno de los elementos de la empresa.

El cooperado es socio (propietario) de la cooperativa y resulta anacrónico considerarlo un empleado. Como socio, no puede ser jerárquicamente superior a sí mismo, ni viceversa. Está en la cúspide del mando porque participa en la asamblea, que es el máximo órgano de decisión, y todos los cooperadores están subordinados a ella. La sumisión a los mandos decididos en asamblea es de naturaleza muy diferente a la decisión del empresario. Por tanto, no existe la subordinación jerárquica del cooperado, típica de las relaciones laborales, en las que el propietario de la producción (superior) dirige el trabajo del empleado (subordinado), hasta el punto de que el cooperado pierde el derecho de voto si establece un contrato laboral con la cooperativa (art. 31 de la Ley n. 5.764/71). Y es sobre el mismo principio de no poder combinar empleado y empleador en la misma persona que el Precedente n. 269 del TST (Brasil, 2003BRASIL. Tribunal Superior do Trabalho. Súmula 269. Resolução n. 121, de 28 de outubro de 2003. Diário da Justiça: seção 1, Brasília, DF, p. 450-458, 20 nov. 2003. Republicação 1. Disponível em: Disponível em: https://www3.tst.jus.br/jurisprudencia/Sumulas_com_indice/Sumulas_Ind_251_300.html . Acesso em: 28 maio 2024.
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) determina la suspensión del contrato de trabajo cuando el empleado es elegido director, pues deja de ser subordinado jerárquico y pasa a ser superior, no pudiendo coexistir las dos figuras.

El cooperado es remunerado por lo que produce, y el resultado procede de la ayuda de la cooperativa. En esa relación no hay venta de fuerza de trabajo, a diferencia de la relación laboral, que se transforma en plusvalía y es apropiada por el propietario de los medios de producción. Como el cooperador es uno de los propietarios de los medios de producción, lo que correspondería a plusvalía vuelve a él, eventualmente, como remuneración por su trabajo y excedentes.

Así, al subordinarse a los estatutos y reglamentos, fruto de la asamblea soberana, el cooperador se subordina también a los intereses de la mayoría, expresados en las decisiones tomadas colectivamente. Al tratarse de una sociedad, debe prevalecer la affectio societatis, por lo que se impone la sanción prevista en los estatutos y en la legislación cooperativa, ya que, de lo contrario, el socio acabará con la propia sociedad, máxime en ese tipo de cooperativas, en las que es imprescindible que el socio realice el trabajo, a diferencia de una cooperativa agraria, en la que, si el productor no entrega la producción, se puede cubrir la necesidad comprando a terceros (art. 85 da Ley n. 5.764/91). Siguiendo en el ámbito de la affectio societatis, el ingreso en Cooperagir requiere, según el reglamento, una evaluación colegiada de las aptitudes del candidato para convertirse en cooperado.

En pocas palabras, la diferencia entre ambas relaciones laborales es la siguiente: el cooperado está subordinado a las normas estatutarias y es uno de los propietarios de los medios de producción; el asalariado está subordinado al empresario, que manda (superior jerárquico) y posee en exclusiva los medios de producción. Diferenciarlos no es tarea sencilla, sobre todo para los no expertos. La dificultad se ve agravada por el hecho de que existen derechos como las vacaciones anuales retribuidas, el trabajo nocturno complementario y la compensación de los días de descanso, que son muy similares a los previstos en la legislación laboral, y pueden llevar a confusión, lo que se ve agravado por los bajos niveles de educación. Tanto es así que el 25% de los encuestados no se consideran socios y el 20% se consideran empleados; es un gran contingente de cooperadores (45%) el que aún no entiende el funcionamiento y los principios del cooperativismo.

La Cooperagir, según su presidente, tiene un pleito laboral en curso y ha tenido éxito en otros, cuyos expedientes no han sido analizados, pero el reconocimiento de la relación laboral no es el esperado y es fruto de alguna situación anómala (mala defensa; incomprensión de la legislación y de la relación cooperativa por parte del cooperador, de la judicatura y de los abogados, entre otros).

Considerando que sólo el 55% de ellos se ven a sí mismos como socios, y sumando esta constatación a la fuerte motivación para marcharse en busca de mejores ingresos, se deduce que, en general, el 45% ve a la cooperativa sólo como una simple fuente formal de ingresos, al igual que un empleador, sin interés por conocer las diferencias reales entre ambas formas de relación laboral o no entendiéndolas, lo que podría ser un posible reflejo de su bajo nivel educativo. Si no se ve a sí mismo como cooperado, es poco probable que se dé cuenta de que el crecimiento de la cooperativa también puede significar crecimiento económico para él, teniendo en cuenta que la legislación especial pretende proporcionarle los mismos beneficios que existen en el contrato laboral. Aunque la dirección señala que explica la naturaleza de la relación laboral a los nuevos cooperadores, los resultados de la encuesta muestran que las explicaciones dadas no están siendo eficaces. Esa ineficacia convierte al cooperador en un potencial demandante de mano de obra y en una gran amenaza, hasta el punto de que ya se han producido condenas de esa naturaleza. Es difícil fortalecer el espíritu y los principios del cooperativismo cuando el cooperador no se ve a sí mismo como tal y ve a la cooperativa como un jefe (superior jerárquico). Es necesario intervenir para invertir esta situación.

Consideraciones finales

Desde el punto de vista de la gestión, la rotación de los cooperados y una escolarización insuficiente pueden poner en peligro el desarrollo y la evolución de la cooperativa, sin olvidar la amenaza potencial que suponen los errores administrativos. El asesoramiento externo especializado es necesario porque puede aportar estabilidad, incluso teniendo en cuenta la rotación habitual de socios y directivos.

Áreas del conocimiento académico como el derecho, la contabilidad, la administración de empresas, la economía y otras afines deberían dirigir su atención a ese tipo de cooperativa como objeto de estudio, formando a personas capaces de asesorar sobre ella, así como arrojar luz sobre su naturaleza y las relaciones que la rodean, evitando confusiones como considerarla un empleado. Por otro lado, dado el bajo nivel educativo de los cooperadores, es necesario sensibilizarlos para mejorar su percepción del espíritu cooperador y solidario, porque de ellos dependen las mejoras. Sólo así se evitará la confusión con una relación laboral y las amenazas que conlleva.

La estrecha vinculación con el Poder Público, especialmente con los ayuntamientos, responsables de la gestión de la recogida de residuos urbanos, pone de manifiesto que la supervivencia del modelo cooperativo sin apoyo oficial es prácticamente imposible. Las políticas públicas dirigidas a ese segmento deben incluir mecanismos que garanticen su viabilidad (supervivencia) y unos ingresos dignos para los cooperados.

Las oportunidades que muestra la matriz FOFA indican que el modelo es económicamente viable, aunque con un importante grado de dependencia externa. Y una vez detectadas las amenazas y debilidades, sólo queda buscar estrategias para superarlas.

Referências

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  • SILVA, A. A. et al. A utilização da matriz SWOT como ferramenta estratégica: um estudo de caso em uma escola de idioma de São Paulo. In: VIII SIMPÓSIO DE EXCELÊNCIA EM GESTÃO E TECNOLOGIA (SEGET), 8. 2011, Resende. Anais eletrônicos […]. Rio de Janeiro: Centro Universitário UniDomBosco, 2011. p. 1-11. Disponível em: Disponível em: https://www.aedb.br/seget/arquivos/artigos11/26714255.pdf Acesso em: 28 ago. 2022.
    » https://www.aedb.br/seget/arquivos/artigos11/26714255.pdf
  • SOUZA, L. H.; SANTOS, L. M. L.; ROCHA, J. C. M. O caso da Cooperativa de Trabalho de Costureiras Unidas Venceremos. DRD - Desenvolvimento Regional em Debate, [S. l.], v. 10, p. 76-97, 26 fev. 2020. Disponível em: Disponível em: http://www.periodicos.unc.br/index.php/drd/article/view/2543 Acesso em: 28 ago. 2022.
    » http://www.periodicos.unc.br/index.php/drd/article/view/2543
  • 1
    Código Civil: “Art. 1.142. Se considera establecimiento todo conjunto de bienes organizados para el ejercicio de una actividad empresarial por un empresario o sociedad empresarial” (Brasil, 2002BRASIL. Lei n. 10.406, de 10 de janeiro de 2002. Institui o Código Civil. Diário Oficial da União (DOU) : seção 1. Brasília, DF, p. 1-74, 11 jan. 2002. Disponível em: Disponível em: http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/leis/2002/l10406compilada.htm . Acesso em: 28 ago. 2022.
    http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/lei...
    ).
  • 2
    La aparición de las cooperativas en Inglaterra a finales del siglo XIX fue una forma organizada de hacer frente a la explotación del trabajo y una respuesta al capitalismo. En Brasil, llegó a finales del mismo siglo (Souza; Santos; Rocha, 2020SOUZA, L. H.; SANTOS, L. M. L.; ROCHA, J. C. M. O caso da Cooperativa de Trabalho de Costureiras Unidas Venceremos. DRD - Desenvolvimento Regional em Debate, [S. l.], v. 10, p. 76-97, 26 fev. 2020. Disponível em: Disponível em: http://www.periodicos.unc.br/index.php/drd/article/view/2543 . Acesso em: 28 ago. 2022.
    http://www.periodicos.unc.br/index.php/d...
    ).
  • 3
    “Define la Política Nacional de Cooperativas, establece el régimen jurídico de las sociedades cooperativas y dicta otras disposiciones” (Brasil, 1971BRASIL. Lei n. 5.764, de 16 de dezembro de 1971. Define a Política Nacional de Cooperativismo, institui o regime jurídico das sociedades cooperativas, e dá outras providências. Diário Oficial da União (DOU): seção 1. Brasília/DF, p. 10.354, 16 dez. 1971. Disponível em: Disponível em: http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/leis/l5764.htm . Acesso em: 28 set. 2022.
    http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/lei...
    ).
  • 4
    Ley n. 5.764/71: “Art. 91: Las cooperativas se equiparán a las demás empresas en cuanto a sus trabajadores a efectos de la legislación laboral y de seguridad laboral” (Brasil, 1971BRASIL. Lei n. 5.764, de 16 de dezembro de 1971. Define a Política Nacional de Cooperativismo, institui o regime jurídico das sociedades cooperativas, e dá outras providências. Diário Oficial da União (DOU): seção 1. Brasília/DF, p. 10.354, 16 dez. 1971. Disponível em: Disponível em: http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/leis/l5764.htm . Acesso em: 28 set. 2022.
    http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/lei...
    ).
  • 5
    “Art. 79 Son actos cooperativos los realizados entre las cooperativas y sus asociados, entre las cooperativas y sus asociados, y por las cooperativas entre sí, cuando sean asociados, para la realización de sus objetivos sociales. Párrafo único. El acto cooperativo no implica operación de mercado o contrato de compra y venta de productos o bienes” (Brasil, 1971BRASIL. Lei n. 5.764, de 16 de dezembro de 1971. Define a Política Nacional de Cooperativismo, institui o regime jurídico das sociedades cooperativas, e dá outras providências. Diário Oficial da União (DOU): seção 1. Brasília/DF, p. 10.354, 16 dez. 1971. Disponível em: Disponível em: http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/leis/l5764.htm . Acesso em: 28 set. 2022.
    http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/lei...
    ).
  • 6
    Se trabaja de lunes a viernes, de 7.45 a 17.00 horas, con tres pausas: de 9.00 a 9.20 horas; de 11.45 a 13.00 horas y de 15.00 a 15.15 horas (Cooperagir, 2022bCOOPERATIVA DOS AGENTES AMBIENTAIS. Regimento Interno da Cooperativa do Agentes Ambientais (Cooperagir), de 9 de fevereiro de 2022. NIRE n. 41400018636. Data do registro: 21 fev. 2022. Curitiba: Junta Comercial do Paraná, 2022b.).

Fechas de Publicación

  • Publicación en esta colección
    05 Ago 2024
  • Fecha del número
    2024

Histórico

  • Recibido
    23 Jul 2023
  • Acepto
    12 Jun 2024
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