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AUTOGOBIERNO INDÍGENA: ESTUDIO COMPARATIVO ENTRE BRASIL Y BOLIVIA

Resumen

El objetivo de este trabajo es investigar si la Constitución de 1988 garantiza a las comunidades indígenas la prerrogativa de autogobierno, según los cánones del nuevo constitucionalismo latinoamericano presentes en la Constitución de Bolivia. La investigación se llevó a cabo utilizando un método deductivo y comparativo, análisis documental y bibliográfico, estadística descriptiva para los análisis comparativos. Los resultados muestran que, al comparar los modelos constitucionales de Brasil y Bolivia, es posible observar que, en el primero, el paradigma occidental eurocentrista afirma la soberanía constitucional y un sistema de derecho mono-jurídico (hegemónico). Por su parte, el arquetipo boliviano se ha propuesto hacer realidad el autogobierno y la autodeterminación de los pueblos originarios campesinos. El paradigma brasileño promueve una política anti-indígena, en favor de un modelo económico capitalista, que exige formas alternativas de interpretar la Constitución y de identificar instrumentos que garanticen la autodeterminación y la autonomía de los pueblos originarios de Brasil.

Palabras clave:
autogobierno; constitucionalismos; pueblos indígenas

Resumo

O objetivo deste trabalho é investigar se a Constituição de 1988 garante a prerrogativa do autogoverno às comunidades indígenas, segundo os cânones do novo constitucionalismo latino-americano presentes na Constituição da Bolívia. A investigação foi conduzida por método dedutivo e comparativo, análise documental e bibliográfica, estatística descritiva para análises comparativas. Os resultados mostram que, na comparação entre os modelos constitucionais do Brasil e da Bolívia, é possível notar que, naquele, o paradigma ocidental eurocentrista afirma a soberania constitucional e um sistema mono jurídico (hegemônico) do Direito. Já o arquétipo boliviano se propõe a efetivar o autogoverno e a autodeterminação dos povos originários campesinos. O paradigma brasileiro promove uma política anti-indígena, em prol de um modelo econômico capitalista, a exigir formas alternativas de interpretar a Constituição e identificar instrumentos que garantam a autodeterminação e autonomia dos povos originários no Brasil.

Palavras-chave:
autogoverno; constitucionalismos; povos indígenas

Abstract

This article aims to investigate if the Brazilian Constitution of 1988 guarantees the prerogative of self-government to Indigenous communities, according to the canons of the new Latin American constitutionalism present in the Constitution of Bolivia. A deductive and comparative study is carried out with documental and bibliographical analysis, using descriptive statistics to perform comparative analyses. The results show that, when comparing the constitutional models of Brazil and Bolivia, it is possible to notice that in the Brazilian Constitution, the Western Eurocentric paradigm affirms constitutional sovereignty and a monistic (hegemonic) system of Law. By contrast, the Bolivian archetype proposes to implement the self-government and self-determination of the Indigenous communities. The Brazilian paradigm promotes an anti-Indigenous policy, in favor of a capitalist economic model, demanding alternative ways of interpreting the Constitution to identify instruments that ensure the self-determination and autonomy of the native peoples in Brazil.

Keywords:
constitutionalism; indigenous communities; self-government

Introducción

Los constitucionalismos son los diversos movimientos teórico-prácticos o práctico-teóricos que generan una constitución, es decir, el marco normativo que define la organización del Estado, el ejercicio y los límites del poder político, así como el establecimiento de los derechos y garantías fundamentales de las personas. Esos movimientos se producen en el contexto revolucionario europeo del siglo XVIII, desafiando el absolutismo político y limitando el poder, pero también están presentes en la efervescente Latinoamérica de finales del siglo XX y principios del XXI, en contextos insurgentes, como el caso boliviano.

De hecho, en algunos países del Sur, antaño integrados en el régimen colonial-explotador, se han producido movilizaciones populares en busca de cambios estructurales. Liderados por los pueblos originarios, esos movimientos cuestionaron el persistente y hegemónico modelo económico explotador, al tiempo que reivindicaron la preservación de las tierras, culturas y valores ancestrales de esos pueblos.

Sobre todo, a raíz de esas luchas, algunos países, en lugar de seguir el modelo constitucional europeo (democracia representativa, economía neoliberal y unidad jurídica), han adoptado nuevos parámetros axiológicos para la composición de su constitución, priorizando, entre otros factores, los ideales de la ascensión popular, la democracia comunitaria, el Estado plurinacional y la autonomía indígena. Por tal razón, tal movimiento ha sido denominado el nuevo constitucionalismo latinoamericano, porque se concibe desde los valores y realidades indígenas, desmarcándose de la concepción tradicional euro-estadounidense y valorando a los pueblos que ya habitaban el continente antes de la colonización.

Este artículo, por lo tanto, adopta un enfoque temático e histórico-geográfico para identificar los principios de ese constitucionalismo, especialmente los presentes en la Constitución boliviana de 2009 BOLÍVIA. [Constituição (2009)]. Constitución Política del Estado (CPE), de 7 Febrero 2009. La Paz, 2009. Disponível em: https://www.oas.org/dil/esp/Constitucion_Bolivia.pdf . Acesso em: 19 dez. 2022.
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, y articularlos con la Constitución brasileña de 1988 BRASIL. [Constituição (1988)]. Constituição da República Federativa do Brasil de 1988. Brasília, DF: Presidência da República, 1988. Disponível em: http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/constituicao/constituicao.htm . Acesso em: 31 ago. 2021.
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, con énfasis en el tratamiento dado a la población indígena en términos de reconocimiento de la autonomía en el campo político, es decir, el autogobierno para asuntos internos de la comunidad.

Por supuesto, la Constitución de 1988 BRASIL. [Constituição (1988)]. Constituição da República Federativa do Brasil de 1988. Brasília, DF: Presidência da República, 1988. Disponível em: http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/constituicao/constituicao.htm . Acesso em: 31 ago. 2021.
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reserva un capítulo específico con dos artículos (231 y 232) para la cuestión indígena, estipulando que esos pueblos deben ser reconocidos por su organización social, costumbres, lenguas, creencias y tradiciones, así como por sus derechos originarios sobre las tierras que ocupan tradicionalmente. Además, esas tierras no son de su propiedad, sino de la Unión, que se encarga de delimitarlas, protegerlas y velar por el respeto de todos sus bienes. No prevé expresamente una jurisdicción indígena autónoma, ni reserva escaños para dicha población en los parlamentos.

En el país vecino, los campesinos indígenas, categoría correspondiente al indígena brasileño, constituyen la mayoría de la población. Se reconoce el dominio ancestral que esas naciones y pueblos tienen sobre sus territorios y la Constitución les garantiza la libre determinación, consistente en el derecho a la autonomía y al autogobierno. Además, existe para ellos, una previsión constitucional de participación en los órganos e instituciones del Estado, hasta el punto de que en las elecciones debe respetarse la proporcionalidad de esa población en el conjunto del electorado.

Así, el objetivo principal de este trabajo es examinar si la Constitución brasileña de 1988 BRASIL. [Constituição (1988)]. Constituição da República Federativa do Brasil de 1988. Brasília, DF: Presidência da República, 1988. Disponível em: http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/constituicao/constituicao.htm . Acesso em: 31 ago. 2021.
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garantiza o no el autogobierno a las comunidades indígenas, según los cánones del nuevo constitucionalismo latinoamericano, especialmente el modelo diseñado en la Constitución boliviana de 2009 BOLÍVIA. [Constituição (2009)]. Constitución Política del Estado (CPE), de 7 Febrero 2009. La Paz, 2009. Disponível em: https://www.oas.org/dil/esp/Constitucion_Bolivia.pdf . Acesso em: 19 dez. 2022.
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. En la construcción de este artículo, se eligió la Constitución boliviana como parámetro de verificación debido a que constituye un hito en el llamado nuevo constitucionalismo latinoamericano, rompiendo con el estándar del Estado moderno europeo occidental al incorporar nuevas instituciones, como el pluralismo jurídico.

Así, los objetivos específicos consisten en investigar aspectos de la Constitución brasileña sobre el tema, la Constitución y el pluralismo, comprender el significado del nuevo constitucionalismo latinoamericano, analizar su materialización en la Constitución boliviana y los modelos constitucionales, hacer un cuadro comparativo entre Brasil y Bolivia en lo que se refiere al aspecto del autogobierno indígena.

Para alcanzar esos fines, la investigación se llevó a cabo utilizando métodos deductivos y comparativos, con análisis documental y bibliográfico, un enfoque exploratorio y cuantitativo-cualitativo, estadística descriptiva para los análisis comparativos, dando como resultado un texto estructurado en tres partes centrales, articuladas entre sí. En el primero, se analiza la contribución del nuevo constitucionalismo latinoamericano a la producción de constituciones y estados plurales. La segunda sección examina cómo se materializa esa propuesta en la Constitución boliviana. Finalmente, la tercera sección compara ambas en función del objeto de la investigación, revelando los resultados fundamentales de la investigación.

1 Constitución y pluralismo: la aportación del nuevo constitucionalismo latinoamericano

Según Canotilho ( 2003CANOTILHO, J. J. G. Direito Constitucional e Teoria da Constituição. 7. ed. Coimbra: Almedina, 2003. ), los constitucionalismos son movimientos que conducen a las constituciones en su sentido moderno, es decir, como instrumento para organizar el Estado, limitar el poder político y proporcionar derechos y garantías fundamentales. Para Canotilho ( 2003CANOTILHO, J. J. G. Direito Constitucional e Teoria da Constituição. 7. ed. Coimbra: Almedina, 2003. ), el constitucionalismo es la teoría (o ideología) que erige el principio del gobierno limitado, que resulta ser una técnica específica de limitación del poder con fines garantistas centrada en el contexto revolucionario europeo del siglo XVIII, cuando, en los planos político, filosófico y jurídico, se cuestionó el absolutismo.

Según Bonavides ( 2007BONAVIDES, P. Do estado liberal ao estado social. 8. ed. São Paulo: Malheiros, 2007. ), la formación del Estado moderno en Europa va acompañada de movimientos constitucionales. En los que se erige la ideología de la organización política y social del Estado hegemónico y jerárquico a través de la Constitución ( Magalhães; Rabelo; Teixeira, 2019 MAGALHÃES, J. L. Q.; RABELO, S. M.; TEIXEIRA, S. G. O buen vivir como projeto de mundo contra hegemônico. Revista Culturas Jurídicas, Niterói, v. 6, n. 15, p. 248-270, 31 mar. 2019. Disponível em: https://periodicos.uff.br/culturasjuridicas/article/view/45240/28859 . Acesso em: 4 jan. 2024.
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), promoviendo así las dimensiones estructurantes del poder y estableciendo sus límites jurídicos, con el objetivo de las garantías sociales ( Canotilho, 2002CANOTILHO, J. J. G. Direito Constitucional e Teoria da Constituição. 6. ed. Coimbra: Livraria Almedina, 2002. ).

Según el análisis de Lassalle ( 1998LASSALLE, F. A essência da Constituição. 4. ed. Rio de Janeiro: Líber Juris, 1998. ), los factores reales de poder condujeron a la formación de la Constitución, cuya esencia representa la estructuración de esos factores que rigen el Estado. El hecho es que, según Magalhães, Rabelo y Teixeira ( 2019 MAGALHÃES, J. L. Q.; RABELO, S. M.; TEIXEIRA, S. G. O buen vivir como projeto de mundo contra hegemônico. Revista Culturas Jurídicas, Niterói, v. 6, n. 15, p. 248-270, 31 mar. 2019. Disponível em: https://periodicos.uff.br/culturasjuridicas/article/view/45240/28859 . Acesso em: 4 jan. 2024.
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), el movimiento contractualista liberal europeo representó una ruptura en la estructura político-social feudal y estableció la norma hegemónica de la Constitución colonial europea moderna.

El constitucionalismo euroamericano fue, por tanto, un movimiento liberal burgués cuyo objetivo era garantizar la formación de un Estado unitario, con libertad comercial y propiedad privada, así como la protección contra el abuso de poder ( Bonavides, 2007BONAVIDES, P. Do estado liberal ao estado social. 8. ed. São Paulo: Malheiros, 2007. ; Silva, 2022 SILVA, H. A. Incorporando os valores e direitos fundamentais à Constituição: uma análise da efetividade na conservação da Amazônia legal no Brasil. Revista Jurídica da Ufersa, Mossoró, v. 5, n. 10, p. 213-228, 23 fev. 2022. Disponível em: http://dx.doi.org/10.21708/issn2526-9488.v5.n10.p213-228.2021 . Acesso em: 8 jan. 2024.
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).

El modelo constitucionalista liberal europeo afirma la soberanía constitucional y un sistema de derecho mono-jurídico (hegemónico), en lugar de un modelo coordinado y pluralista ( Magalhães, 2018 MAGALHÃES, J. L. Q. Direito à diversidade individual e coletiva e a superação da modernidade colonial. Virtuajus, Belo Horizonte, v. 3, n. 4, p. 37-59, jul. 2018. Disponível em: https://periodicos.pucminas.br/index.php/virtuajus/article/view/18153 . Acesso em: 7 jan. 2024.
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). Así, el Estado presenta un modelo omnipotente de concentración del poder político y gubernamental en el territorio, y no afirma una coordinación de órdenes ( Costa, 2017COSTA, A. A. Teoria Dialética do Direito: a filosofia jurídica de Roberto Lyra Filho. Brasília: UnB, 2017. ). Además, el Estado moderno se caracteriza por una especificidad jurídica que favorece las relaciones comerciales respaldadas por la libertad y la individualidad del sujeto de derecho, promovidas por la clase burguesa ( Mascaro, 2013MASCARO, A. L. Estado e forma política. São Paulo: Boitempo, 2013. ).

No obstante, el constitucionalismo no se limita a la Europa del siglo XIX. De hecho, puede manifestarse en cualquier época y lugar. Es lo que ocurrió en América Latina, especialmente en los países andinos a finales del siglo XX y principios del XXI. Según Bello ( 2018BELLO, E. A cidadania no constitucionalismo latino-americano. 2. ed. Rio de Janeiro: Lumen Juris, 2018. ), el constitucionalismo tiene aquí características innovadoras en comparación con el paradigma del hemisferio norte. Mientras que en la visión europea la centralidad de las constituciones radica en la dignidad de la persona humana, en el pensamiento antropocéntrico y racionalista de la Ilustración, en el arquetipo andino la centralidad se ubica en el referente epistemológico ancestral de la Pachamama , en el principio del Buen Vivir, en el biocentrismo y en la íntima relación entre lo humano y la naturaleza.

Bajo ese nuevo paradigma, las constituciones son el resultado de una intensa movilización popular, y sus textos recogen las agendas históricas de los movimientos sociales, así como el reconocimiento del pluralismo jurídico, los sujetos colectivos y la incorporación de los diversos grupos que conforman las sociedades ( Nóbrega, 2019 NÓBREGA, L. N. Estado e autonomias indígenas na nova constituição da Bolívia. Tensões Mundiais, Fortaleza, v. 14, n. 26, p. 157-181, 5 jan. 2019. Disponível em: https://revistas.uece.br/index.php/tensoesmundiais/article/view/261/768 . Acesso em: 4 jan. 2024.
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). En otras palabras, el constitucionalismo latinoamericano es el resultado de movilizaciones políticas y sociales, como explica Bello ( 2016 BELLO, E. Breve roteiro sobre estudos do constitucionalismo latino-americano: a importância da pesquisa empírica. Empório do Direito, 22 jul. 2016. Disponível em: https://emporiododireito.com.br/leitura/breve-roteiro-sobre-estudos-do-constitucionalismo-latino-americano-a-importancia-da-pesquisa-empirica . Acesso em: 10 jan. 2024.
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, adaptado):

[…] asambleas constituyentes, proyectos de refundación y concepción del Estado en términos de Estado Pluricultural y Plurinacional, organización institucional, catálogos de derechos fundamentales, referentes epistemológicos y axiológicos ( Pachamama y Bien Vivir ), jurisdicción especial indígena, autonomía de los pueblos tradicionales, protección de territorios indígenas y recursos naturales.

En el caso de Bolivia, se prevé un “Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario, libre, independiente, soberano, democrático, intercultural, descentralizado y con autonomias 1 1 En traducción libre: “Estado Social Unitário de Direito Comunitário Plurinacional, livre, independente, soberano, democrático, intercultural, descentralizado e com autonomia”. , fundado “[…] en la pluralidad y el pluralismo político, económico, jurídico, cultural y lingüístico, dentro del proceso integrador del país 2 2 En traducción libre: “Na pluralidade e no pluralismo político, econômico, jurídico, cultural e linguístico, no âmbito do processo de integração do país”. ( Bolivia, 2009 BOLÍVIA. [Constituição (2009)]. Constitución Política del Estado (CPE), de 7 Febrero 2009. La Paz, 2009. Disponível em: https://www.oas.org/dil/esp/Constitucion_Bolivia.pdf . Acesso em: 19 dez. 2022.
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).

Se da la circunstancia de que América Latina fue colonizada por un exitoso proyecto europeo, proceso a través del cual se produjo una intensa extracción de recursos naturales, ocupación territorial y uso de la tierra, así como mortandad masiva y esclavización de los pueblos originarios. Para legitimar su conquista, el modelo eurocéntrico y capitalista mercantil de colonización se basó en una falsa premisa evolucionista social de superioridad, basada en conceptos de raza, religión y civilización ( Quijano, 2005 QUIJANO, A. Colonialidade do poder, eurocentrismo e América Latina. In: QUIJANO, A. A colonialidade do saber: eurocentrismo e ciências sociais. Perspectivas latino-americanas. Buenos Aires: CLACSO, 2005. p. 117-142. Disponível em: https://biblioteca-repositorio.clacso.edu.ar/bitstream/CLACSO/14084/1/colonialidade.pdf . Acesso em: 8 jan. 2024.
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; Ribeiro, 2015RIBEIRO, D. O povo brasileiro: a formação e o sentido do Brasil. 3. ed. São Paulo: Global, 2015. ). Esa postura política y jurídica ha producido una invisibilización de los pueblos latinoamericanos, como la diversidad de pueblos indígenas, en la participación política y en la adquisición de derechos. Así, una vez impuesto el modelo europeo, el proceso de independencia y el establecimiento de las constituciones en América Latina fueron realizados por instituciones unitarias, que excluyeron a los pueblos originarios de la participación democrática y republicana ( Nóbrega, 2019 NÓBREGA, L. N. Estado e autonomias indígenas na nova constituição da Bolívia. Tensões Mundiais, Fortaleza, v. 14, n. 26, p. 157-181, 5 jan. 2019. Disponível em: https://revistas.uece.br/index.php/tensoesmundiais/article/view/261/768 . Acesso em: 4 jan. 2024.
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).

De ese modo, el movimiento de modernidad promovido por el europeo colonizador es audaz en su negación de la diversidad, valorando la superioridad y lo individual en detrimento de la igualdad y lo colectivo ( Quijano, 2005 QUIJANO, A. Colonialidade do poder, eurocentrismo e América Latina. In: QUIJANO, A. A colonialidade do saber: eurocentrismo e ciências sociais. Perspectivas latino-americanas. Buenos Aires: CLACSO, 2005. p. 117-142. Disponível em: https://biblioteca-repositorio.clacso.edu.ar/bitstream/CLACSO/14084/1/colonialidade.pdf . Acesso em: 8 jan. 2024.
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; Ribeiro, 2015RIBEIRO, D. O povo brasileiro: a formação e o sentido do Brasil. 3. ed. São Paulo: Global, 2015. ). En efecto, la narrativa dentro del sistema binario del dominador es la de la normalización de los valores, las normas, la religión y el comportamiento con el fin de permitir la difusión de un proyecto de colonización hegemónico y centralizador. En síntesis, es posible destacar algunos de los puntos centrales del proyecto del Estado colonizador moderno: (i) la figura de un grupo hegemónico en detrimento de los subalternizados y excluidos; (ii) la dicotomía moderna es uniformizadora, por lo que los que son diferentes son perseguidos, expulsados, encarcelados, esclavizados y asesinados; y (iii) la narrativa binaria de “nosotros” (superiores, modernos y civilizados) frente a “ellos” (indios, salvajes, bárbaros y paganos), que se basa en la lógica narcisista “soy superior porque no soy inferior, soy europeo (civilizado) porque no soy salvaje, indio, bárbaro” ( Magalhães, 2018 MAGALHÃES, J. L. Q. Direito à diversidade individual e coletiva e a superação da modernidade colonial. Virtuajus, Belo Horizonte, v. 3, n. 4, p. 37-59, jul. 2018. Disponível em: https://periodicos.pucminas.br/index.php/virtuajus/article/view/18153 . Acesso em: 7 jan. 2024.
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, p. 40-41, adaptado).

Comprender la lógica de la dicotomía moderna (hegemónica), representada en la narrativa opresiva de “nosotros” frente a “ellos”, es fundamental para superar la herencia colonial normalizada, que separa, oculta y excluye a los desiguales ( Magalhães, 2018 MAGALHÃES, J. L. Q. Direito à diversidade individual e coletiva e a superação da modernidade colonial. Virtuajus, Belo Horizonte, v. 3, n. 4, p. 37-59, jul. 2018. Disponível em: https://periodicos.pucminas.br/index.php/virtuajus/article/view/18153 . Acesso em: 7 jan. 2024.
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). Según Costa ( 2017COSTA, A. A. Teoria Dialética do Direito: a filosofia jurídica de Roberto Lyra Filho. Brasília: UnB, 2017. ), la legitimidad de esa lógica fue creada a través de las instituciones jurídicas, religiosas y científicas del Estado moderno. De hecho, los primeros movimientos constitucionales del siglo XIX en América Latina, liderados por la burguesía local, favorecieron el mantenimiento de un Estado derivado del modelo europeo de estructuración del poder. En tal sentido, el Estado es el reproductor de una política eurocéntrica que favorece las relaciones de capital establecidas por los colonizadores ( Gargarella, 2010GARGARELLA, R. Frontmatter. In: GARGARELLA, R. The Legal Foundations of Inequality: Constitutionalism in the Americas. Cambridge: Cambridge University Press, 2010. p. i-vi. ; Valença, 2018VALENÇA, D. A. De costas para o Império: o estado plurinacional da Bolívia e a luta pelo socialismo comunitário. Rio de Janeiro: Lumen Juris, 2018. ).

Desde esa perspectiva, el nuevo constitucionalismo latinoamericano puede entenderse como un movimiento jurídico, filosófico y social que busca romper con los valores del Estado moderno hegemónico, basado en la superioridad y jerarquización de la lógica binaria colonizadora ( Gargarella, 2010GARGARELLA, R. Frontmatter. In: GARGARELLA, R. The Legal Foundations of Inequality: Constitutionalism in the Americas. Cambridge: Cambridge University Press, 2010. p. i-vi. ; González, 2015 GONZÁLEZ, M. Indigenous Territorial Autonomy in Latin America: an overview. Latin American And Caribbean Ethnic Studies, Londres, v. 10, n. 1, p. 10-36, 2 jan. 2015. Informa UK Limited. Disponível em: http://dx.doi.org/10.1080/17442222.2015.1034438 . Acesso em: 7 jan. 2024.
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; Bello, 2018BELLO, E. A cidadania no constitucionalismo latino-americano. 2. ed. Rio de Janeiro: Lumen Juris, 2018. ; Magalhães, 2018 MAGALHÃES, J. L. Q. Direito à diversidade individual e coletiva e a superação da modernidade colonial. Virtuajus, Belo Horizonte, v. 3, n. 4, p. 37-59, jul. 2018. Disponível em: https://periodicos.pucminas.br/index.php/virtuajus/article/view/18153 . Acesso em: 7 jan. 2024.
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; Nóbrega, 2019 NÓBREGA, L. N. Estado e autonomias indígenas na nova constituição da Bolívia. Tensões Mundiais, Fortaleza, v. 14, n. 26, p. 157-181, 5 jan. 2019. Disponível em: https://revistas.uece.br/index.php/tensoesmundiais/article/view/261/768 . Acesso em: 4 jan. 2024.
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). Así, proclamar un Estado pluralista no es sólo reconocer la diversidad, sino afirmar que no existe una norma hegemónica y superior ( Magalhães; Rabelo; Teixeira, 2019 MAGALHÃES, J. L. Q.; RABELO, S. M.; TEIXEIRA, S. G. O buen vivir como projeto de mundo contra hegemônico. Revista Culturas Jurídicas, Niterói, v. 6, n. 15, p. 248-270, 31 mar. 2019. Disponível em: https://periodicos.uff.br/culturasjuridicas/article/view/45240/28859 . Acesso em: 4 jan. 2024.
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). En efecto, podemos pensar en eliminar las invisibilidades que el derecho occidental ha instalado, ya que, al tratar sólo simbólicamente a los diferentes pueblos como iguales, ese derecho perpetúa el legado colonial de explotación ( Lyra Filho, 1982LYRA FILHO, R. O que é Direito. 11. ed. São Paulo: Brasiliense, 1982. ). El constitucionalismo latinoamericano opera desde la perspectiva de un orden jurídico y político que presenta una coordinación de órdenes autónomos y no un orden jerárquicamente superior, como lo hace el modelo euro-estadounidense ( González, 2015 GONZÁLEZ, M. Indigenous Territorial Autonomy in Latin America: an overview. Latin American And Caribbean Ethnic Studies, Londres, v. 10, n. 1, p. 10-36, 2 jan. 2015. Informa UK Limited. Disponível em: http://dx.doi.org/10.1080/17442222.2015.1034438 . Acesso em: 7 jan. 2024.
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).

El nuevo constitucionalismo latinoamericano tiene su singularidad en la audaz movilización popular vinculada a movimientos sociales que buscan eliminar la marginación causada a los pueblos originarios por su herencia colonial. En esencia, el arquetipo andino apunta al bienestar social, con el reconocimiento axiológico ancestral de la Pachamama y los principios del Bien Vivir y la valorización de la relación humana local (latinoamericana) con la naturaleza ( Bello, 2018BELLO, E. A cidadania no constitucionalismo latino-americano. 2. ed. Rio de Janeiro: Lumen Juris, 2018. ).

Esos principios, defendidos actualmente por los pueblos andinos en los Estados plurinacionales de Bolivia y Ecuador, como la ética del Bien Vivir, se elevan al nivel de una filosofía basada en la lógica epistemológica del Sur, de resistencia a la concepción hegemónica moderna del desarrollo. Mientras que el pensamiento colonial del estado moderno, que atribuye el desarrollo económico acelerado a una perspectiva individualista y jerárquica de situar la naturaleza como un recurso a extraer, la lógica decolonial andina critica el modelo capitalista y reconoce que el ser humano es parte de la naturaleza y no está separado de ella. Así, una vez que el hombre degrada el medio ambiente, se produce la autodegradación humana ( Magalhães; Rabelo; Teixeira, 2019 MAGALHÃES, J. L. Q.; RABELO, S. M.; TEIXEIRA, S. G. O buen vivir como projeto de mundo contra hegemônico. Revista Culturas Jurídicas, Niterói, v. 6, n. 15, p. 248-270, 31 mar. 2019. Disponível em: https://periodicos.uff.br/culturasjuridicas/article/view/45240/28859 . Acesso em: 4 jan. 2024.
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).

La decolonialidad y la desconstrucción del pensamiento de superioridad colonial se materializan cuestionando los instrumentos que dan legalidad a dichas acciones en la sociedad, como el propio Derecho ( Lyra Filho, 1982LYRA FILHO, R. O que é Direito. 11. ed. São Paulo: Brasiliense, 1982. ). El nuevo constitucionalismo latinoamericano, al reconocer la diversidad y autonomía de los pueblos, declara que no existe una norma hegemónica que deba ser adoptada por el Estado, lo que se traduce en una perspectiva de asumir la autonomía de los pueblos y el pluralismo jurídico ( González, 2015 GONZÁLEZ, M. Indigenous Territorial Autonomy in Latin America: an overview. Latin American And Caribbean Ethnic Studies, Londres, v. 10, n. 1, p. 10-36, 2 jan. 2015. Informa UK Limited. Disponível em: http://dx.doi.org/10.1080/17442222.2015.1034438 . Acesso em: 7 jan. 2024.
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).

Se trata, pues, del modelo euro-estadounidense, basado en un estándar normativo que uniformiza el sujeto de derecho y reprime las verdaderas diferencias sociales, étnicas, culturales, raciales y de género. Así, impacta en la construcción de un modelo de Estado occidental, la perspectiva de una lengua, un territorio y un pueblo ( Nóbrega, 2019 NÓBREGA, L. N. Estado e autonomias indígenas na nova constituição da Bolívia. Tensões Mundiais, Fortaleza, v. 14, n. 26, p. 157-181, 5 jan. 2019. Disponível em: https://revistas.uece.br/index.php/tensoesmundiais/article/view/261/768 . Acesso em: 4 jan. 2024.
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). Desde otra perspectiva, se manifiesta el nuevo constitucionalismo latinoamericano, basado en el reconocimiento de los sujetos colectivos y la diversidad de grupos. En otras palabras, la inclusión de la diversidad de los pueblos en la maquinaria política del Estado ( Gargarella, 2010GARGARELLA, R. Frontmatter. In: GARGARELLA, R. The Legal Foundations of Inequality: Constitutionalism in the Americas. Cambridge: Cambridge University Press, 2010. p. i-vi. ). Aquí radica su mayor contribución.

2 Un camino por recorrer: la materialización del nuevo constitucionalismo latinoamericano en la Constitución de Bolivia

En el siglo XXI, las políticas neoliberales hegemónicas de los estados euro-estadounidenses han tenido efectos sociales perjudiciales para el bienestar de una parte significativa de los pueblos sudamericanos y, en respuesta, han surgido discursos y acciones progresistas en el continente. Cabe señalar que el término “progresista” se refiere a gobernantes en oposición al patrón hegemónico, identificados con la izquierda, que ascendieron en la política para contener los efectos nocivos que la globalización de la política neoliberal tuvo en sus países ( Santos, 2016SANTOS, F. L. B. Uma história da onda progressista sul-americana. São Paulo, 2016. ).

También, según Santos ( 2016SANTOS, F. L. B. Uma história da onda progressista sul-americana. São Paulo, 2016. ), es posible identificar dentro de esos gobiernos las figuras de Hugo Chávez en Venezuela (1998); Evo Morales en Bolivia (2005); Luiz Inácio Lula da Silva en Brasil (2002); Néstor Kirchner en Argentina (2003); Rafael Correa en Ecuador (2006); y Fernando Lugo en Paraguay (2008).

En Latinoamérica, el modelo neoliberal de desarrollo económico es insostenible para el equilibrio ecológico, con políticas extractivas para exportar recursos naturales y mantener la marginación de los pueblos originarios, lo que contribuye a una crisis civilizatoria ( Escrivão Filho, 2016ESCRIVÃO FILHO, A. S. J. Para um debate teórico-conceitual e político sobre os direitos humanos. Belo Horizonte: D’Plácido, 2016. ; Silva, 2022 SILVA, H. A. Incorporando os valores e direitos fundamentais à Constituição: uma análise da efetividade na conservação da Amazônia legal no Brasil. Revista Jurídica da Ufersa, Mossoró, v. 5, n. 10, p. 213-228, 23 fev. 2022. Disponível em: http://dx.doi.org/10.21708/issn2526-9488.v5.n10.p213-228.2021 . Acesso em: 8 jan. 2024.
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). En ese contexto, la falta de emancipación política indígena, así como la insatisfacción económica y social en la historia de Bolivia, es similar a la de otros países Latinoamericanos.

Con todo, cabe señalar que gran parte de los habitantes de Bolivia son descendientes de poblaciones aborígenes ( Cunha, 2012CUNHA, M. C. Índios no Brasil: história, direitos e cidadania. São Paulo: Claro Enigma, 2012. ) y conforman la clase económica popular subalternizada que conforma el Estado. En el siglo XIX, desde la independencia del país, la población indígena fue marginada y su cultura devaluada, lo que, según Valença ( 2018VALENÇA, D. A. De costas para o Império: o estado plurinacional da Bolívia e a luta pelo socialismo comunitário. Rio de Janeiro: Lumen Juris, 2018. ), provocó un constante descontento popular.

En el siglo XX, con el cambio de élites conservadoras a liberales, el Estado boliviano logró alcanzar cierta estabilidad que ha durado décadas. Según Valença ( 2018VALENÇA, D. A. De costas para o Império: o estado plurinacional da Bolívia e a luta pelo socialismo comunitário. Rio de Janeiro: Lumen Juris, 2018. ), el escenario solo cambió económica y socialmente tras el conflicto armado entre Bolivia y Paraguay. Esos son momentos constitutivos que revelan la falta de compromiso de las élites con el Estado, ya que están más preocupadas por servir a los intereses del mercado capitalista ( Zavatela, 2008ZAVATELA, M. R. Lo nacional-popular en Bolivia. La Paz: Plural, 2008. ).

Además, los partidos tradicionales se disolvieron y surgieron partidos ideológicos de oposición, como el Movimiento Nacionalista Revolucionario ( Valença, 2018VALENÇA, D. A. De costas para o Império: o estado plurinacional da Bolívia e a luta pelo socialismo comunitário. Rio de Janeiro: Lumen Juris, 2018. ). En 1952, Bolivia vivió lo que se conoció como la Revolución Nacional, responsable de la movilización de una amplia y fragmentada masa popular, que culminó con la toma del Estado y que aún hoy es un referente en su constitución. Tal levantamiento popular se disipó con el golpe militar de 1964, en el que se instauró una dictadura. Para Santos ( 2016SANTOS, F. L. B. Uma história da onda progressista sul-americana. São Paulo, 2016. ), el retorno de un gobierno democrático sólo ocurrió en 1982.

La crisis económica que asoló a los países Latinoamericanos generó un intenso descontento popular y desencadenó diversos movimientos que, a partir de 1980, condujeron a la disolución de los modelos dictatoriales. Los Estados empezaron a adoptar regímenes políticos democráticos, además de reconocer la pluralidad y combatir las desigualdades sociales. En ese sentido, según Nóbrega ( 2019 NÓBREGA, L. N. Estado e autonomias indígenas na nova constituição da Bolívia. Tensões Mundiais, Fortaleza, v. 14, n. 26, p. 157-181, 5 jan. 2019. Disponível em: https://revistas.uece.br/index.php/tensoesmundiais/article/view/261/768 . Acesso em: 4 jan. 2024.
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), se incluyen las constituciones de Brasil (1988), Colombia (1991), México (1992), Perú (1993), Bolivia (1994), Argentina (1994), Ecuador (1998) y Venezuela (1999).

En Bolivia, la herencia del proyecto nacionalista instaurado bajo el gobierno militar, plagado de problemas económicos, sociales y ambientales, dejó a la población cada vez más desposeída. La inflación, la depreciación de la moneda y el aumento de la deuda externa son problemas característicos de las administraciones centralizadas en Latinoamérica. Así, heredados por Siles Zuazo (1982-1985) y Paz Estenssoro (1985-1989), se establecieron gobiernos paralelos al uso de políticas neoliberales ( Valença, 2018VALENÇA, D. A. De costas para o Império: o estado plurinacional da Bolívia e a luta pelo socialismo comunitário. Rio de Janeiro: Lumen Juris, 2018. ).

La caída de la política neoliberal en Bolivia se produjo con la elección del dictador Hugo Banzer en 1997. Su gobierno estuvo marcado por la influencia política estadounidense en la lucha contra la coca, provocando una fuerte reacción de las clases subalternas y proyectando la figura de Evo Morales como líder popular en defensa de las prácticas ancestrales, la autodeterminación cultural y el nacionalismo ( Ayma, 2014AYMA, E. M. Mi vida: de Orinoca al Palacio Quemado. La Paz: Artes Graficas Sagitario, 2014. ). La llamada Guerra del Agua (2000) en Cochabamba fue uno de los momentos de mayor descontento popular. Después de que el gobierno boliviano se comprometiera a privatizar el sistema de aguas de Cochabamba en un acuerdo con el Banco Mundial para un préstamo de 600 millones, la revuelta popular adquirió una dimensión mayor. Además, pagar por el uso del agua rompe con la forma de vida de la comunidad andina con la naturaleza, perjudicando el concepto ancestral de Pachamama y Bien Vivir ( Santos, 2016SANTOS, F. L. B. Uma história da onda progressista sul-americana. São Paulo, 2016. ).

En ese contexto de movilización popular, Evo Morales y el Movimiento Al Socialismo (MAS), surgieron como resultado del creciente descontento popular en Bolivia. Como consecuencia, Evo Morales fue elegido presidente en 2005 con el 54% de los votos. Al asumir la presidencia, Morales inició la lucha política por una nueva Constitución, que se materializó en 2009. De ese modo, Bolivia proclamó un Estado Unitario de Derecho Plurinacional Comunitario, libre, independiente, soberano, intercultural, descentralizado y autónomo 3 3 “Art. 1. A Bolívia constitui-se como um Estado Social Unitário de Direito Comunitário Plurinacional, livre, independente, soberano, democrático, intercultural, descentralizado e com autonomia. A Bolívia assenta na pluralidade e nos pluralismos político, econômico, jurídico, cultural e linguístico, no âmbito do processo de integração do país” ( Bolivia, 2009 , tradução livre). .

Para Valença ( 2018VALENÇA, D. A. De costas para o Império: o estado plurinacional da Bolívia e a luta pelo socialismo comunitário. Rio de Janeiro: Lumen Juris, 2018. ), la realidad boliviana fue vista, en parte, como fruto de un legado colonialista, promovido por el capitalismo neoliberal, a través de la política hegemónica de jerarquización y superioridad ( Magalhães; Rabelo; Teixeira, 2019 MAGALHÃES, J. L. Q.; RABELO, S. M.; TEIXEIRA, S. G. O buen vivir como projeto de mundo contra hegemônico. Revista Culturas Jurídicas, Niterói, v. 6, n. 15, p. 248-270, 31 mar. 2019. Disponível em: https://periodicos.uff.br/culturasjuridicas/article/view/45240/28859 . Acesso em: 4 jan. 2024.
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). Ese arquetipo promovió la marginación y explotación de los pueblos originarios ( Nóbrega, 2019 NÓBREGA, L. N. Estado e autonomias indígenas na nova constituição da Bolívia. Tensões Mundiais, Fortaleza, v. 14, n. 26, p. 157-181, 5 jan. 2019. Disponível em: https://revistas.uece.br/index.php/tensoesmundiais/article/view/261/768 . Acesso em: 4 jan. 2024.
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). En ese sentido, la nueva Constitución boliviana pretende romper con el legado colonial de violencias 4 4 “Preâmbulo. […] Deixamos o Estado colonial, republicano e neoliberal no passado. Assumimos o desafio histórico de construir coletivamente o Estado Social Unitário de Direito Comunitário Plurinacional, que integre e articule os propósitos de caminhar em direção a uma Bolívia democrática, produtiva, portadora e inspiradora de paz, comprometida com o desenvolvimento integral e com a autodeterminação do povo. Nós, mulheres e homens, através da Assembleia Constituinte e com o poder originário do povo, expressamos o nosso compromisso com a unidade e integridade do país. Cumprindo o mandato do nosso povo, com a força da nossa Pachamama e graças a Deus, refundamos a Bolívia […]” ( Bolivia, 2009 , traducción libre). , por lo que el MAS no buscó igualar a Bolivia con Europa, sino implementar una singularidad latinoamericana, garantizando los derechos sociales frente al patrón hegemónico occidental, a través del reconocimiento y dignificación de los pueblos andinos, representados en la filosofía andina del bienestar, como el Bien Vivir y en relación a la Pachamama .

Según Magalhães, Rabelo y Teixeira ( 2019 MAGALHÃES, J. L. Q.; RABELO, S. M.; TEIXEIRA, S. G. O buen vivir como projeto de mundo contra hegemônico. Revista Culturas Jurídicas, Niterói, v. 6, n. 15, p. 248-270, 31 mar. 2019. Disponível em: https://periodicos.uff.br/culturasjuridicas/article/view/45240/28859 . Acesso em: 4 jan. 2024.
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), el nuevo constitucionalismo boliviano rompe con el patrón hegemónico unitario, jerárquico y monojurídico. La nueva Constitución se basa en la pluralidad etnocultural y el pluralismo jurídico, reconociendo la existencia de pueblos campesinos precoloniales y originarios 5 5 “Art. 2. Dada a existência pré-colonial das nações e dos povos indígenas camponeses indígenas e o seu domínio ancestral sobre os seus territórios, a sua autodeterminação é garantida no âmbito da unidade do Estado, que consiste no seu direito à autonomia, à autodeterminação. O governo, a sua cultura, o reconhecimento das suas instituições e a consolidação das suas entidades territoriais, nos termos desta Constituição e da lei” ( Bolivia, 2009 , traducción libre). . Esa inclusión de las diferencias culturales y lingüísticas representaba una fisura en la concepción unificadora de la cultura occidental hegemónica y civilizadora, implantada por el colonizador, según la cual debía haber una sola lengua, un solo pueblo ( Nóbrega, 2019 NÓBREGA, L. N. Estado e autonomias indígenas na nova constituição da Bolívia. Tensões Mundiais, Fortaleza, v. 14, n. 26, p. 157-181, 5 jan. 2019. Disponível em: https://revistas.uece.br/index.php/tensoesmundiais/article/view/261/768 . Acesso em: 4 jan. 2024.
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). Así, Bolivia ha llegado a reconocer el derecho a la autonomía y a la autodeterminación de los pueblos campesinos, así como los conceptos de autogobierno y de instituciones jurídicas propias.

La autonomía originaria indígena consiste en el autogobierno en el territorio local, con libertades políticas y jurídicas (arts. 289 a 296). Así, existe un sistema de coordinación de la autonomía política y jurídica, con la autonomía regional (arts. 280 a 292) 6 6 “Art. 281. O governo de cada autonomia regional será constituído por uma Assembleia Regional com poderes deliberativos, normativo-administrativo e de fiscalização, no âmbito das suas competências, e por um órgão executivo. […] Art. 289. A autonomia camponesa indígena consiste no autogoverno como exercício de autodeterminação das nações e dos povos camponeses indígenas, cuja população compartilha território, cultura, história, línguas e organizações ou instituições jurídicas, políticas, sociais e econômicas. […] Art. 292. Cada autonomia camponesa indígena elaborará seu Estatuto, segundo normas e procedimentos próprios, nos termos da Constituição e da Lei” ( Bolivia, 2009 , traducción libre). y autonomía campesina originaria. La autonomía regional se constituye a través de una asamblea con facultades deliberativas, normativo-administrativas y de fiscalización. Los miembros de esa asamblea son representantes elegidos por los municipios. Los pueblos originarios campesinos, por su parte, se encargarán de elaborar sus propios estatutos, reglamentos y procedimientos, siguiendo su respectiva ley constitucional.

La nueva forma de gobierno y estructura estatal rompe con el modelo jerárquico y mono jurídico, y la nueva Constitución reconoce la jurisdicción ordinaria y la jurisdicción originaria campesina de los pueblos indígenas en igual jerarquía (art. 179, I e II) 7 7 “Art. 179. I. A função judicial é única. A jurisdição ordinária é exercida pelo Supremo Tribunal de Justiça, pelos tribunais de justiça departamentais, pelos tribunais de condenação e pelos juízes; jurisdição agroambiental pelo Tribunal e juízes agroambientais; a jurisdição camponesa originária é exercida por autoridades próprias; haverá jurisdições especializadas reguladas por lei. II. A jurisdição ordinária e a jurisdição camponesa indígena gozarão da mesma hierarquia” ( Bolivia, 2009 , traducción libre). , siendo ejercida ésta por sus propias autoridades, garantizando así la autonomía jurídica (art. 190) 8 8 “Art. 190. I. As nações e os povos indígenas camponeses exercerão suas funções jurisdicionais e competitivas por meio de suas autoridades e aplicarão seus próprios princípios, valores culturais, normas e procedimentos” ( Bolivia, 2009 , traducción libre). .

Bolivia se organiza institucional y jurídicamente valorando las diversas sociedades que integran el Estado. Para ello, el poder judicial es elegido con criterios de pluralidad, con representación de los sistemas ordinario y originario campesino (art. 197) 9 9 “Art. 197. I – O Tribunal Constitucional Plurinacional será composto por Magistrados escolhidos com critérios de plurinacionalidade, com representação do sistema ordinário e do sistema camponês originário indígena” ( Bolivia, 2009 , traducción libre). . Con el fin de garantizar la autonomía y la pluralidad jurídica de los pueblos, y redefinir el concepto constitucional vigente. Por fin, es posible practicar lo que se conoce como autogobierno jurídico, que incluye las características de desplazar el poder de decisión de la administración local y crear estructuras políticas y jurídicas de autogobierno ( González, 2015 GONZÁLEZ, M. Indigenous Territorial Autonomy in Latin America: an overview. Latin American And Caribbean Ethnic Studies, Londres, v. 10, n. 1, p. 10-36, 2 jan. 2015. Informa UK Limited. Disponível em: http://dx.doi.org/10.1080/17442222.2015.1034438 . Acesso em: 7 jan. 2024.
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). Ese es, pues, el marco del constitucionalismo latinoamericano en Bolivia.

3 Modelos constitucionales: una comparación entre Brasil y Bolivia y el papel del autogobierno

Las constituciones de Brasil y Bolivia presentan, en sus respectivos preámbulos, un conjunto de principios considerados indispensables para una vida digna, como los derechos fundamentales de igualdad, solidaridad, libertad y equidad. En ese sentido, cabe señalar que el modelo euro-estadounidense es audaz en sus derechos fundamentales centrados en la dignidad de la persona humana. El modelo latinoamericano, en cambio, es audaz en sus epistemologías del Sur: Bien Vivir y Pachamama , ambas con similitudes en cuanto a garantizar el bienestar de las personas. Son las perspectivas axiológicas y las estrategias en pos de esa misión las que difieren enormemente.

Una de las maneras de analizar el bienestar social de forma concreta en cada modelo constitucional es midiendo parámetros que relacionan la salud, la educación y el nivel de vida de una nación (PIB), como el Índice de Desarrollo Humano (IDH) y el Índice de Desarrollo Humano Ajustado por la Desigualdad (IDHAD). En ese sentido, el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) dispone de informes y bases de datos sobre desarrollo humano.

Aunque el IDH es un método criticable porque, entre otras cosas, no es indicativo del progreso humano real ni de las desigualdades sociales. Además, el PIB no se corresponde con la distribución real de la riqueza de una sociedad. En tal sentido, desde 2010 se han integrado nuevos índices, como el IDHAD, método que, además de tomar en cuenta aspectos como salud, educación e ingresos entre la población del país, descuenta el valor promedio de cada dimensión social, según su nivel de desigualdad económica. Por lo tanto, el IDHDAD es un nivel medio de desarrollo humano sensible a la distribución de la desigualdad de la población. Así, la diferencia entre el IDH y el IDHD es la medida de la variación del desarrollo humano debida a la desigualdad.

Tabla 1. Comparación del IDHAD entre Brasil y Bolivia, basado en el nuevo Constitucionalismo de Bolivia de 2009

Año Brasil Bolivia
2010 0,529 0,413
2011 0,528 0,442
2012 0,535 0,444
2013 0,549 0,482
2014 0,557 0,492
2015 0,563 0,494
2016 0,572 0,515
2017 0,579 0,527
2018 0,575 0,542
2019 0,57 0,546
Fuente: adaptada de PNUD (2022 PROGRAMA DAS NAÇÕES UNIDAS PARA O DESENVOLVIMENTO – PNUD. Relatório de Desenvolvimento Humano 2021/2022: tempos incertos, vidas instáveis. A construir o nosso futuro num mundo em transformação. Nova York: PNUD, 2022. Disponível em: https://www.undp.org/sites/g/files/zskgke326/files/2023-05/hdr2021-22ptpdf.pdf . Acesso em: 10 jan. 2024.
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).

En 2019, los últimos datos proporcionados por el PNUD de la ONU, se puede observar que Brasil tiene un valor de IDHAD más alto con 0,570, mientras que Bolivia está en 0,546. Sin embargo, cuando se comparan estas cifras en base al nuevo Constitucionalismo Latinoamericano de 2010 a 2019, Brasil tiene una tasa de crecimiento del 8 por ciento, mientras que Bolivia tiene una tasa de crecimiento del 32 %.

El giro hacia tales valores fue también el resultado del proceso constituyente y del modelo constitucional adoptado por Bolivia en 2009 BOLÍVIA. [Constituição (2009)]. Constitución Política del Estado (CPE), de 7 Febrero 2009. La Paz, 2009. Disponível em: https://www.oas.org/dil/esp/Constitucion_Bolivia.pdf . Acesso em: 19 dez. 2022.
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. La nueva Constitución, en gran medida, consolidó una serie de acciones y comportamientos orientados a los intereses internos del pueblo boliviano.

Valença ( 2018VALENÇA, D. A. De costas para o Império: o estado plurinacional da Bolívia e a luta pelo socialismo comunitário. Rio de Janeiro: Lumen Juris, 2018. , p. 90) señala esa relación destacando el hecho de que, en ese contexto, “hubo una resignificación de la matriz económica boliviana”. Del modelo de explotación de las minas, el gas y los productos alimentarios para la exportación, se ha pasado al mercado interior, gracias al control gubernamental de los sectores estratégicos (minerales, comunicaciones, transportes y productos alimentarios), con el fin de dinamizar la economía comunitaria ( Valença, 2018VALENÇA, D. A. De costas para o Império: o estado plurinacional da Bolívia e a luta pelo socialismo comunitário. Rio de Janeiro: Lumen Juris, 2018. ). De acuerdo con García-Linera (2013 apud Valença, 2018VALENÇA, D. A. De costas para o Império: o estado plurinacional da Bolívia e a luta pelo socialismo comunitário. Rio de Janeiro: Lumen Juris, 2018. , p. 91), en el espacio de cinco años, los ingresos financieros pasaron de mil quinientos millones de dólares a más de nueve mil millones, lo que permitió aplicar políticas públicas en el ámbito social.

Junto al impulso económico, el nuevo modelo constitucional está impulsado por la pluralidad de los pueblos, manifestada en la autonomía y el autogobierno de los pueblos originarios, rompiendo con el modelo constitucional euro-estadounidense ( Valença, 2018VALENÇA, D. A. De costas para o Império: o estado plurinacional da Bolívia e a luta pelo socialismo comunitário. Rio de Janeiro: Lumen Juris, 2018. ). El autogobierno y la autodeterminación de los pueblos tradicionales son formas de preservar y ejercer los derechos de un Estado pluralista ( González, 2015 GONZÁLEZ, M. Indigenous Territorial Autonomy in Latin America: an overview. Latin American And Caribbean Ethnic Studies, Londres, v. 10, n. 1, p. 10-36, 2 jan. 2015. Informa UK Limited. Disponível em: http://dx.doi.org/10.1080/17442222.2015.1034438 . Acesso em: 7 jan. 2024.
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; Postero; Tockman, 2020 POSTERO, N.; TOCKMAN, J. Self-Governance in Bolivia’s First Indigenous Autonomy: charagua. Latin American Research Review, Cambridge, v. 55, n. 1, p. 1-15, 19 mar. 2020. Disponível em: http://dx.doi.org/10.25222/larr.213 . Acesso em: 8 jan. 2024.
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).

En ese sentido, Brasil ha adoptado un modelo constitucional occidental, fuertemente influido por normas internacionales, como la Convención n. 169 da OIT ( Organización Internacional del Trabajo, 2011 ORGANIZAÇÃO INTERNACIONAL DO TRABALHO – OIT. Convenção n. 169 sobre povos indígenas e tribais e Resolução referente à ação da OIT. Brasília: OIT, 2011. Disponível em: http://portal.iphan.gov.br/uploads/ckfinder/arquivos/Convencao_169_OIT.pdf . Acesso: 9 jan. 2024.
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), sobre pueblos indígenas y tribales, así como la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas ( Nações Unidas, 2008 NAÇÕES UNIDAS. Declaração das Nações Unidas sobre os Direitos dos Povos Indígenas. Rio de Janeiro: Nações Unidas, 2008. Disponível em: https://www.acnur.org/fileadmin/Documentos/portugues/BDL/Declaracao_das_Nacoes_Unidas_sobre_os_Direitos_dos_Povos_Indigenas.pdf . Acesso em: 8 jan. 2024.
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) 10 10 Art. 3 Los pueblos indígenas tienen derecho a la libre determinación. En virtud de ese derecho determinan libremente su condición política y persiguen libremente su desarrollo económico, social y cultural. Art. 4 Los pueblos indígenas, en ejercicio de su derecho a la libre determinación, tienen derecho a la autonomía o al autogobierno en las cuestiones relacionadas con sus asuntos internos y locales, así como a disponer de los medios para financiar sus funciones autónomas ( Nações Unidas, 2008 , p. 7). . Según el art. 26, corresponde al Estado, a través de esas disposiciones, reconocer a los pueblos indígenas, su libertad de expresión cultural y política y su derecho a la posesión de las tierras que ocupaban originariamente ( Nações Unidas, 2008 NAÇÕES UNIDAS. Declaração das Nações Unidas sobre os Direitos dos Povos Indígenas. Rio de Janeiro: Nações Unidas, 2008. Disponível em: https://www.acnur.org/fileadmin/Documentos/portugues/BDL/Declaracao_das_Nacoes_Unidas_sobre_os_Direitos_dos_Povos_Indigenas.pdf . Acesso em: 8 jan. 2024.
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).

No obstante, como bien señala la declaración de la ONU sobre la definición de libre determinación y autogobierno (arts. 3 y 4), ninguno de estos conceptos modifica la idea jerárquica, soberana y mono-jurídica del Estado (art. 46). Por tanto, es deber del Estado crear instituciones representativas de los pueblos indígenas que sean capaces de garantizarles sus derechos 11 11 La Medida Provisional n. 1.154, de 1º de janeiro de 2023, establece la organización básica de los órganos de la Presidencia de la República y de los Ministerios ( Brasil, 2023 ). Así, con vistas a la inclusión de los pueblos indígenas, el inciso XXIV del artículo 17 establece, de forma inédita, la creación del Ministerio de los Pueblos Indígenas, un hito fundamental, ya que los asuntos indígenas estaban representados por otros ministerios, como el de Agricultura, vinculando así órganos indígenas, como la Fundación Nacional de los Pueblos Indígenas (FUNAI) o el antiguo Servicio de Protección al Indio y de Localización de los Trabajadores Nacionales (SPILNT). .

Frente al modelo constitucional occidental tradicional, el constitucionalismo latinoamericano opera desde una perspectiva de ruptura del orden jurídico-político superior y soberano del Estado moderno ( Magalhães; Rabelo; Teixeira, 2019 MAGALHÃES, J. L. Q.; RABELO, S. M.; TEIXEIRA, S. G. O buen vivir como projeto de mundo contra hegemônico. Revista Culturas Jurídicas, Niterói, v. 6, n. 15, p. 248-270, 31 mar. 2019. Disponível em: https://periodicos.uff.br/culturasjuridicas/article/view/45240/28859 . Acesso em: 4 jan. 2024.
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). Así, el Estado debe basarse en un sistema de coordinación de órdenes autónomos ( González, 2015 GONZÁLEZ, M. Indigenous Territorial Autonomy in Latin America: an overview. Latin American And Caribbean Ethnic Studies, Londres, v. 10, n. 1, p. 10-36, 2 jan. 2015. Informa UK Limited. Disponível em: http://dx.doi.org/10.1080/17442222.2015.1034438 . Acesso em: 7 jan. 2024.
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). En Latinoamérica, el movimiento social no vinculó la autodeterminación de los pueblos originarios a la construcción de un nuevo Estado. Por el contrario, el punto de partida fue reivindicar el derecho a la autodeterminación dentro de los límites jurídicos y políticos de la nueva constitución.

Esa perspectiva es fundamental, pues implica la creación de una autonomía política y administrativa de los indígenas en el territorio. De hecho, esa autonomía solo será efectiva, según González ( 2015 GONZÁLEZ, M. Indigenous Territorial Autonomy in Latin America: an overview. Latin American And Caribbean Ethnic Studies, Londres, v. 10, n. 1, p. 10-36, 2 jan. 2015. Informa UK Limited. Disponível em: http://dx.doi.org/10.1080/17442222.2015.1034438 . Acesso em: 7 jan. 2024.
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), si el Estado es capaz de garantizar dos elementos fundamentales: el derecho individual – resumido en el ejercicio del poder jurisdiccional en el propio territorio – y el acceso a los derechos institucionales, para hacer realidad el autogobierno. Por fin, existe la combinación constitucional de los derechos y las instituciones indígenas con las políticas administrativas de competencia en el territorio.

Una comparación entre la Constitución de Brasil ( 1988 BRASIL. [Constituição (1988)]. Constituição da República Federativa do Brasil de 1988. Brasília, DF: Presidência da República, 1988. Disponível em: http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/constituicao/constituicao.htm . Acesso em: 31 ago. 2021.
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), basada en el modelo euro-estadounidense, y la Constitución de Bolivia ( 2009 BOLÍVIA. [Constituição (2009)]. Constitución Política del Estado (CPE), de 7 Febrero 2009. La Paz, 2009. Disponível em: https://www.oas.org/dil/esp/Constitucion_Bolivia.pdf . Acesso em: 19 dez. 2022.
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), basada en el modelo latinoamericano, revela algunas discrepancias. De hecho, Brasil cuenta con el principio de autodeterminación de los pueblos, pero está restringido al contexto de las relaciones con naciones extranjeras. En lo que respecta a las comunidades indígenas, a pesar de que la Constitución garantiza el reconocimiento de las comunidades, su cultura y sus derechos sobre las tierras que ocupaban originalmente (arts. 231 e 232), no garantiza de ninguna manera la autonomía en los institutos jurídicos y políticos ni la capacidad de autogobernarse. En la Constitución boliviana ( 1988 BRASIL. [Constituição (1988)]. Constituição da República Federativa do Brasil de 1988. Brasília, DF: Presidência da República, 1988. Disponível em: http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/constituicao/constituicao.htm . Acesso em: 31 ago. 2021.
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), la autonomía de los pueblos originarios campesinos se concreta en el ejercicio del autogobierno y en un sistema de coordinación de los órdenes autónomos con el Estado, a través de institutos jurídicos, políticos, sociales y económicos propios de los pueblos indígenas (arts. 289 a 296).

Desde esa perspectiva, cuando se piensa en la autonomía indígena en el control del territorio, incluyendo el uso de los recursos naturales y del espacio aéreo, entre otros rubros, es razonable suponer que para que ese derecho se logre, depende de la representación en la composición de los poderes del Estado o de las instituciones políticas ( González, 2015 GONZÁLEZ, M. Indigenous Territorial Autonomy in Latin America: an overview. Latin American And Caribbean Ethnic Studies, Londres, v. 10, n. 1, p. 10-36, 2 jan. 2015. Informa UK Limited. Disponível em: http://dx.doi.org/10.1080/17442222.2015.1034438 . Acesso em: 7 jan. 2024.
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). El derecho de un grupo étnico a la autodeterminación está garantizado por la jurisdicción territorial, reconocida por el propio Estado. En tal sentido, el criterio fundamental que caracteriza la capacidad de autodeterminación es una política territorial interna conducida por el propio grupo étnico con autonomía jurídica y reconocida por el Estado ( Postero; Tockman, 2020 POSTERO, N.; TOCKMAN, J. Self-Governance in Bolivia’s First Indigenous Autonomy: charagua. Latin American Research Review, Cambridge, v. 55, n. 1, p. 1-15, 19 mar. 2020. Disponível em: http://dx.doi.org/10.25222/larr.213 . Acesso em: 8 jan. 2024.
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). En ese ambiente, se puede practicar el llamado derecho de autogobierno, en el que se pueden resumir los siguientes atributos: la transferencia del poder de decisión a la administración local; y la creación de estructuras políticas y jurídicas de autogobierno y de un territorio delimitado con derechos garantizados para utilizar los recursos naturales ( González, 2015 GONZÁLEZ, M. Indigenous Territorial Autonomy in Latin America: an overview. Latin American And Caribbean Ethnic Studies, Londres, v. 10, n. 1, p. 10-36, 2 jan. 2015. Informa UK Limited. Disponível em: http://dx.doi.org/10.1080/17442222.2015.1034438 . Acesso em: 7 jan. 2024.
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).

Aunque la Constitución brasileña de 1988 reconoce a las comunidades, organizaciones y culturas indígenas, el gobierno no ha garantizado la conservación y el cumplimiento de los derechos de los pueblos indígenas. El aumento de los conflictos y las invasiones de tierras indígenas en Brasil ha vuelto a poner en tela de juicio la protección de los derechos constitucionales de esas comunidades.

En ese sentido, cabe mencionar el informe 2021 titulado Violencia contra los pueblos indígenas en Brasil , realizado por el Consejo Indigenista Misionero (CIMI), según el cual hubo 1.294 casos de violencia contra la propiedad de los pueblos indígenas. De estos, 871 están relacionados con omisiones y retrasos en la regularización de tierras, 118 casos de conflictos por derechos territoriales y 305 casos de invasiones de tierras indígenas, con explotación ilegal de recursos naturales y daños al patrimonio. La cifra es tres veces superior a la de 2018, y durante el periodo de 2019 a 2022 no se demarcó ninguna tierra indígena. En Brasil hay 1.393 tierras registradas, de las cuales 871 (63%) no han sido regularizadas ( Conselho Indigenista Missionário, 2022 CONSELHO INDIGENISTA MISSIONÁRIO – CIMI. Violência contra os povos indígenas no Brasil. Dados de 2021. Brasília: CIMI, 2022. Disponível em: https://cimi.org.br/wp-content/uploads/2022/08/relatorio-violencia-povos-indigenas-2021-cimi.pdf . Acesso em: 8 jan. 2024.
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).

La mayoría de los conflictos en tierras indígenas están asociados a la extracción ilegal de madera y recursos forestales, deforestación, invasiones de ganaderos, minería ilegal y extracción de minerales ( Conselho Indigenista Missionário, 2022 CONSELHO INDIGENISTA MISSIONÁRIO – CIMI. Violência contra os povos indígenas no Brasil. Dados de 2021. Brasília: CIMI, 2022. Disponível em: https://cimi.org.br/wp-content/uploads/2022/08/relatorio-violencia-povos-indigenas-2021-cimi.pdf . Acesso em: 8 jan. 2024.
https://cimi.org.br/wp-content/uploads/2...
; Silva, 2022 SILVA, H. A. Incorporando os valores e direitos fundamentais à Constituição: uma análise da efetividade na conservação da Amazônia legal no Brasil. Revista Jurídica da Ufersa, Mossoró, v. 5, n. 10, p. 213-228, 23 fev. 2022. Disponível em: http://dx.doi.org/10.21708/issn2526-9488.v5.n10.p213-228.2021 . Acesso em: 8 jan. 2024.
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), lo que lleva a un escenario de graves violaciones de las disposiciones constitucionales. En ese sentido, la realidad brasileña parece revelar una negación incluso de los estándares generalistas y abstractos del remoto constitucionalismo euro-estadounidense, por no hablar del auspicioso arquetipo andino. Y es así como se hace evidente la gran diferencia entre los modelos brasileño y boliviano.

Consideraciones finales

Al comparar los modelos constitucionales de Brasil y Bolivia, llama la atención la falta de autogobierno de las comunidades indígenas, dado su apego a las estructuras normativas del modelo euro-estadounidense. En el país andino, en cambio, se evidencian las instituciones inherentes al postulado del autogobierno indígena, en la línea del nuevo constitucionalismo latinoamericano.

En efecto, el patrón constitucional clásico afirma la soberanía del Estado unitario y un sistema de derecho mono-jurídico (hegemónico), mientras que Bolivia admite un modelo de Estado pluralista, con un sistema coordinado de órdenes jurídico-políticos, promoviendo una fisura en el paradigma conformado únicamente por valores occidentales. Ciertamente, la Constitución del país vecino impone al Estado la tarea de garantizar la efectividad de la autodeterminación de los pueblos originarios campesinos.

Además, si asociamos los modelos constitucionales de esos dos países a la cuestión del desarrollo, vemos que el IDHAD de Bolivia es cuatro veces superior al de Brasil. Se demuestra así que la inclusión de instrumentos para los principios de autodeterminación de los pueblos en la Constitución de Bolivia ha contribuido al desarrollo y bienestar de los pueblos originarios, especialmente porque representan una fracción significativa de la población del país.

Es cierto que la Constitución brasileña de 1988 reconoce los principios internacionales de protección de las comunidades indígenas y su cultura (arts. 231 a 232), influida por el Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales y la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas . Con todo, el texto constitucional brasileño no es incisivo cuando se trata de la autodeterminación de esos pueblos, ya que no la menciona de forma asertiva, retrasando así la realización de ese importante postulado civilizatorio. En ese sentido, no ha logrado avanzar.

La Constitución boliviana ( 2009 BOLÍVIA. [Constituição (2009)]. Constitución Política del Estado (CPE), de 7 Febrero 2009. La Paz, 2009. Disponível em: https://www.oas.org/dil/esp/Constitucion_Bolivia.pdf . Acesso em: 19 dez. 2022.
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) propone algo muy distinto cuando rompe con la visión de superioridad y hegemonía y permite un sistema coordinado de institutos jurídicos, políticos, sociales y económicos propios de los pueblos originarios campesinos, realizando así el autogobierno y la autodeterminación de estos pueblos (arts. 289 a 296). Así, se puede afirmar que se ha avanzado. Por lo tanto, corresponde a la sociedad organizada luchar por las instituciones infra-constitucionales para optimizar ese logro histórico de la nación andina.

Dicho eso, la investigación que sustentó la construcción de este trabajo permitió demostrar que el modelo adoptado por Brasil ha favorecido, en realidad, una política antiindígena. Los hechos así lo demuestran. En el campo económico, no se ha superado la matriz explotadora de la acumulación capitalista descontrolada. En el ámbito político, se ha descuidado la autonomía y la representación política de los pueblos originarios.

En ese sentido, tomando como referencia el período de 2019 a 2022, por ejemplo, las agendas de esas comunidades se separaron de los propios sujetos indígenas, pues fueron conducidas por el Ministerio de Agricultura y Ganadería, de marcada influencia en la agricultura de exportación, históricamente opuesto a la demarcación de tierras y favorable a la expansión del agronegocio. La esencia de esa directriz política queda patente en el hecho de que el 62% de las demarcaciones de tierras indígenas siguen pendientes y de que no se ha demarcado ningún territorio en el período antes mencionado.

En tal sentido, si no hay una modificación formal de la Constitución para incluir aquí el paradigma boliviano de autogobierno indígena, es necesario pensar en interpretaciones alternativas para identificar instrumentos que puedan, a partir del fenómeno de la mutación constitucional, garantizar mínimamente la autodeterminación y autonomía de los pueblos originarios en Brasil, so pena de conducir al exterminio físico y cultural de esos sujetos.

En ese sentido, la creación del Ministerio de Pueblos Indígenas en 2023 representa un guiño positivo para la sociedad brasileña, especialmente porque ahora le corresponde a ese órgano implementar políticas públicas dirigidas a los intereses de esos pueblos, víctimas de una histórica exclusión sociocultural que raya en el crimen de genocidio.

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  • 1
    En traducción libre: “Estado Social Unitário de Direito Comunitário Plurinacional, livre, independente, soberano, democrático, intercultural, descentralizado e com autonomia”.
  • 2
    En traducción libre: “Na pluralidade e no pluralismo político, econômico, jurídico, cultural e linguístico, no âmbito do processo de integração do país”.
  • 3
    “Art. 1. A Bolívia constitui-se como um Estado Social Unitário de Direito Comunitário Plurinacional, livre, independente, soberano, democrático, intercultural, descentralizado e com autonomia. A Bolívia assenta na pluralidade e nos pluralismos político, econômico, jurídico, cultural e linguístico, no âmbito do processo de integração do país” ( Bolivia, 2009 BOLÍVIA. [Constituição (2009)]. Constitución Política del Estado (CPE), de 7 Febrero 2009. La Paz, 2009. Disponível em: https://www.oas.org/dil/esp/Constitucion_Bolivia.pdf . Acesso em: 19 dez. 2022.
    https://www.oas.org/dil/esp/Constitucion...
    , tradução livre).
  • 4
    “Preâmbulo. […] Deixamos o Estado colonial, republicano e neoliberal no passado. Assumimos o desafio histórico de construir coletivamente o Estado Social Unitário de Direito Comunitário Plurinacional, que integre e articule os propósitos de caminhar em direção a uma Bolívia democrática, produtiva, portadora e inspiradora de paz, comprometida com o desenvolvimento integral e com a autodeterminação do povo. Nós, mulheres e homens, através da Assembleia Constituinte e com o poder originário do povo, expressamos o nosso compromisso com a unidade e integridade do país. Cumprindo o mandato do nosso povo, com a força da nossa Pachamama e graças a Deus, refundamos a Bolívia […]” ( Bolivia, 2009 BOLÍVIA. [Constituição (2009)]. Constitución Política del Estado (CPE), de 7 Febrero 2009. La Paz, 2009. Disponível em: https://www.oas.org/dil/esp/Constitucion_Bolivia.pdf . Acesso em: 19 dez. 2022.
    https://www.oas.org/dil/esp/Constitucion...
    , traducción libre).
  • 5
    “Art. 2. Dada a existência pré-colonial das nações e dos povos indígenas camponeses indígenas e o seu domínio ancestral sobre os seus territórios, a sua autodeterminação é garantida no âmbito da unidade do Estado, que consiste no seu direito à autonomia, à autodeterminação. O governo, a sua cultura, o reconhecimento das suas instituições e a consolidação das suas entidades territoriais, nos termos desta Constituição e da lei” ( Bolivia, 2009 BOLÍVIA. [Constituição (2009)]. Constitución Política del Estado (CPE), de 7 Febrero 2009. La Paz, 2009. Disponível em: https://www.oas.org/dil/esp/Constitucion_Bolivia.pdf . Acesso em: 19 dez. 2022.
    https://www.oas.org/dil/esp/Constitucion...
    , traducción libre).
  • 6
    “Art. 281. O governo de cada autonomia regional será constituído por uma Assembleia Regional com poderes deliberativos, normativo-administrativo e de fiscalização, no âmbito das suas competências, e por um órgão executivo. […] Art. 289. A autonomia camponesa indígena consiste no autogoverno como exercício de autodeterminação das nações e dos povos camponeses indígenas, cuja população compartilha território, cultura, história, línguas e organizações ou instituições jurídicas, políticas, sociais e econômicas. […] Art. 292. Cada autonomia camponesa indígena elaborará seu Estatuto, segundo normas e procedimentos próprios, nos termos da Constituição e da Lei” ( Bolivia, 2009 BOLÍVIA. [Constituição (2009)]. Constitución Política del Estado (CPE), de 7 Febrero 2009. La Paz, 2009. Disponível em: https://www.oas.org/dil/esp/Constitucion_Bolivia.pdf . Acesso em: 19 dez. 2022.
    https://www.oas.org/dil/esp/Constitucion...
    , traducción libre).
  • 7
    “Art. 179. I. A função judicial é única. A jurisdição ordinária é exercida pelo Supremo Tribunal de Justiça, pelos tribunais de justiça departamentais, pelos tribunais de condenação e pelos juízes; jurisdição agroambiental pelo Tribunal e juízes agroambientais; a jurisdição camponesa originária é exercida por autoridades próprias; haverá jurisdições especializadas reguladas por lei. II. A jurisdição ordinária e a jurisdição camponesa indígena gozarão da mesma hierarquia” ( Bolivia, 2009 BOLÍVIA. [Constituição (2009)]. Constitución Política del Estado (CPE), de 7 Febrero 2009. La Paz, 2009. Disponível em: https://www.oas.org/dil/esp/Constitucion_Bolivia.pdf . Acesso em: 19 dez. 2022.
    https://www.oas.org/dil/esp/Constitucion...
    , traducción libre).
  • 8
    “Art. 190. I. As nações e os povos indígenas camponeses exercerão suas funções jurisdicionais e competitivas por meio de suas autoridades e aplicarão seus próprios princípios, valores culturais, normas e procedimentos” ( Bolivia, 2009 BOLÍVIA. [Constituição (2009)]. Constitución Política del Estado (CPE), de 7 Febrero 2009. La Paz, 2009. Disponível em: https://www.oas.org/dil/esp/Constitucion_Bolivia.pdf . Acesso em: 19 dez. 2022.
    https://www.oas.org/dil/esp/Constitucion...
    , traducción libre).
  • 9
    “Art. 197. I – O Tribunal Constitucional Plurinacional será composto por Magistrados escolhidos com critérios de plurinacionalidade, com representação do sistema ordinário e do sistema camponês originário indígena” ( Bolivia, 2009 BOLÍVIA. [Constituição (2009)]. Constitución Política del Estado (CPE), de 7 Febrero 2009. La Paz, 2009. Disponível em: https://www.oas.org/dil/esp/Constitucion_Bolivia.pdf . Acesso em: 19 dez. 2022.
    https://www.oas.org/dil/esp/Constitucion...
    , traducción libre).
  • 10
    Art. 3 Los pueblos indígenas tienen derecho a la libre determinación. En virtud de ese derecho determinan libremente su condición política y persiguen libremente su desarrollo económico, social y cultural. Art. 4 Los pueblos indígenas, en ejercicio de su derecho a la libre determinación, tienen derecho a la autonomía o al autogobierno en las cuestiones relacionadas con sus asuntos internos y locales, así como a disponer de los medios para financiar sus funciones autónomas ( Nações Unidas, 2008 NAÇÕES UNIDAS. Declaração das Nações Unidas sobre os Direitos dos Povos Indígenas. Rio de Janeiro: Nações Unidas, 2008. Disponível em: https://www.acnur.org/fileadmin/Documentos/portugues/BDL/Declaracao_das_Nacoes_Unidas_sobre_os_Direitos_dos_Povos_Indigenas.pdf . Acesso em: 8 jan. 2024.
    https://www.acnur.org/fileadmin/Document...
    , p. 7).
  • 11
    La Medida Provisional n. 1.154, de 1º de janeiro de 2023, establece la organización básica de los órganos de la Presidencia de la República y de los Ministerios ( Brasil, 2023 BRASIL. Medida Provisória n. 1.154, de 1º de janeiro de 2023. Estabelece a organização básica dos órgãos da Presidência da República e dos Ministérios. Brasília, DF: Presidência da República, 2023. Disponível em: http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/\_ato2023-2026/2023/Mpv/mpv1154.htm . Acesso: 8 jan. 2024.
    http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/\_a...
    ). Así, con vistas a la inclusión de los pueblos indígenas, el inciso XXIV del artículo 17 establece, de forma inédita, la creación del Ministerio de los Pueblos Indígenas, un hito fundamental, ya que los asuntos indígenas estaban representados por otros ministerios, como el de Agricultura, vinculando así órganos indígenas, como la Fundación Nacional de los Pueblos Indígenas (FUNAI) o el antiguo Servicio de Protección al Indio y de Localización de los Trabajadores Nacionales (SPILNT).
  • Cómo citar este artículo (ABNT):
    BRITO, L. G.; SILVA, H. A. Autogobierno indígena: estudio comparativo entre Brasil y Bolivia. Veredas do Direito , Belo Horizonte, v. 21, e212520, 2024. Disponible en: http://www.domhelder.edu.br/revista/index.php/veredas/article/view/2520 . Acceso: día de mes. año.

Fechas de Publicación

  • Publicación en esta colección
    08 Abr 2024
  • Fecha del número
    2024

Histórico

  • Recibido
    14 Feb 2023
  • Acepto
    26 Ene 2024
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